lunes, 11 de noviembre de 2019

Los padres de Gabriel Cruz piden que se repita el juicio contra Ana Julia Quezada

ALMERÍA.- El abogado Francisco Torres, quien ejerció como acusación particular de los padres del niño Gabriel Cruz en la vista con jurado popular contra Ana Julia Quezada, condenada a prisión permanente revisable por el asesinato del menor, ha solicitado la nulidad del juicio y que éste sea repetido.

Así consta en un recurso de apelación contra el fallo presentado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en el que el letrado asegura que "la motivación que da el jurado no está argumentada" y no lo está porque, "nunca deliberadamente", fue "directamente inducida por las instrucciones" de la magistrada que presidió la vista. 
Así, ante esta falta de "argumentos" por la supuesta "inducción" de las instrucciones dadas por la magistrada Alejandra Dodero, considera que se ha vulnerado el artículo 486 bis de la ley de enjuiciamiento criminal (Lecrim) y la tutela judicial efectiva, solicitando por ello la nulidad y repetición del juicio.
El recurso también incide en que el fallo "contiene un clamoroso error al negar los informes médicos" presentados por los peritos médicos de Torres, quienes incidían en el supuesto ensañamiento de la condenada con el niño, algo que no fue tenido en cuenta en el veredicto del jurado. 
Asimismo, el abogado solicita al TSJA la impugnación del recurso de apelación presentado por el letrado de Ana Julia Quezada, Esteban Hernández Thiel, quien reclamaba por su parte la nulidad y repetición de la vista oral, aunque en este caso sin jurado popular y a cargo de un tribunal profesional.
Esteban Hernández Thiel se refiere a "defectos en la construcción del objeto del veredicto" que junto a la "desmedida presión mediática", "vulneran el derecho a un juicio justo" de su cliente. 
"Como puede comprobarse de la lectura del objeto del veredicto y con la videograbación de la última sesión del juicio oral -donde se dan las instrucciones al jurado antes de que se retiren a deliberar- éste se vería, necesariamente, abocado a dar por probada la existencia de la alevosía "sorpresiva" postulada por las acusaciones", incide en este sentido el letrado de la defensa.

Opinión de la magistrada Dodero

 La acusación particular ejercida por Patricia Ramírez y Ángel Cruz cree que "sobran razones" para repetir el juicio por el asesinato de su hijo de ocho años Gabriel Cruz ya que la magistrada-presidenta, Alejandra Dodero, "entró a dar opinión" cuando instruyó al jurado popular sobre la agravante de ensañamiento, y la prueba pericial que avalaba su existencia. 
Apunta, asimismo, que, como consecuencia de esto, los nueve integrantes del jurado popular "no motivaron suficientemente su veredicto" al descartar que Ana Julia Quezada se ensañase a la hora de dar muerte al menor. 
Así se recoge en el recurso supeditado de apelación presentado por el letrado Francisco Torres, quien explica que el análisis del recurso de la defensa de Ana Julia Quezada revela que "varios de los motivos" que se alegan "abocarían a la celebración de un nuevo juicio". 
Indica que por esta razón han decidido recurrir la sentencia si bien optaron "en un primer momento y muy a nuestro pesar" por no hacerlo aunque "estábamos convencidos de que contiene un clamoroso error al negar los informes médicos" que ellos aportaron para acreditar un supuesto ensañamiento. 
"Esto ha hecho que estemos en esta tesitura de recurrir supeditadamente la sentencia", afirma Torres, quien añade que lo habían descartado inicialmente en una decisión "comprensible" ya que "todos los pedimentos de esta acusación, incluyendo los dos delitos contra la integridad moral, habían sido confirmados por unanimidad por el jurado, salvo el ensañamiento" y no se quería dar "posibilidad alguna a aumentar el dolor de los padres". 
Pese a la apelación, la acusación particular impugna el recurso de la defensa de Quezada y pide a la sala que no atienda el pedimiento de repetir el juicio "no solo por razón de imagen de la justicia sino también por el respeto debido a la institución del jurado". 
Solicita, de este modo, que confirme en todos sus extremos la sentencia que la condenó a prisión permanente revisable como autora de un delito de asesinato con alevosía y a penas de ocho años y tres meses de cárcel como autora de dos delitos de lesiones psíquicas y otros dos contra la integridad moral de los padres del pequeño Gabriel. 
El recurso solicita la anulación del juicio y lo hace, en primer lugar, por el hecho de que el jurado negase la existencia de ensañamiento.
Argumenta la acusación particular que la pericial de parte que presentaron, que apuntaba a que las lesiones que presentaba el niño se produjeron antes de la asfixia, "tenía bastante más sentido común" que la pericial médico forense y critica "la falta de respeto" a los profesionales médicos por parte de la fiscal, cuya actuación con respecto a ellos tilda de "desaforada". 
Añade el letrado Francisco Torres que esta pericial se encargó al "comprobar" que en el informe de los forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) "no casaban bien los múltiples hematomas y hemorragias" de Gabriel "con que la causa de muerte fuera simplemente taponar la boca y orificios nasales para asfixiar" y llama la atención sobre la existencia de "un edema cerebral producido en vida".
"Todas las lesiones que tienen en la cabeza son en vida", insiste para volver a la tesis de que "tuvo una larga agonía", a la de que la intención de Ana Julia Quezada era "desmembrarlo" y hacer un desglose exhaustivo desglose de las lesiones que tenía el cuerpo sin vida del pequeño. ¿Cómo pueden integrarse todas estas lesiones, hematomas y hemorragias en el relato que dan los forenses de que la muerte simplemente fue por asfixia?", se pregunta para concluir que "no hace falta ser médico para evidenciar que hay un sufrimiento importante". 
Con respecto a la actuación de la Presidencia del tribunal, la acusación particular señala, en coincidencia con los argumentos de la defensa, que las instrucciones dadas a los miembros del jurado fueron "parciales" y que "consecuentemente se les sugirió que era lo más adecuado". "Entendemos que se sugirió o se indujo el veredicto", mantiene. 
Cuestiona, así, el ejemplo con el que la magistrada Alejandra Dodero quiso ilustrar a las siete mujeres y dos hombres de jurado popular sobre qué es ensañamiento "después de advertirles de que solo lo pedía la acusación y no el fiscal" ya que, según remarca, "subió tanto el listón que la sensación que le queda al profano en derecho es que si no te cosen a puñaladas, te cortan el dedo o la lengua y te lo enseñan, no hay ensañamiento". 
El letrado Francisco Torres apunta a que, a continuación, la presidenta "indicó cómo debían valorarse las dos periciales médicas" y cómo resolver el hecho de que fueran "contrapuestas". "La motivación que dan los jurados, dando más veracidad a los informes y declaraciones de los médicos forenses no es que nos parezcan más o menos convincentes; es que no hay argumento. No es que sea insuficiente o inapropiada; es que el difícil cualquier conjetura a la vista de las instrucciones de la presidenta", remarca. 
El recurso concluye afirmando que "hay ensañamiento porque el calado de las lesiones que sufrió Gabriel añaden un plus de sufrimiento, a todas luces, innecesario y en vida" y que la motivación que da el jurado para rechazarla "no está argumentada porque ha sido, aunque no deliberadamente, directamente inducida por las instrucciones de la magistrada-presidenta". 
"Por eso no pueden argumentar y se limitan a decir que optamos por la de los forenses, sin argumentos, por inducción en las instrucciones de la magistrada, lo que supone una vulneración de la tutela judicial efectiva", finaliza. 

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