SEVILLA.- La Consejería de Universidad, Investigación e Innovación ha anunciado
que ha comenzado a trabajar en la revisión de los criterios que regirán
la acreditación de las diferentes figuras laborales de profesor
universitario en la comunidad para adaptar el sistema de evaluación
autonómico a las exigencias marcadas por la Ley Orgánica Universitaria
(LOSU).
Andalucía es una de las primeras regiones que ha iniciado este
proceso de adecuación, que tendrán que seguir todos aquellos territorios
que cuenten con agencias autonómicas de evaluación y de la calidad
universitaria.
Los nuevos principios y reglas que se fijen en
Andalucía afectarán a los cuerpos de contratado doctor, que la LOSU
elimina pero que la legislación autonómica ha recuperado para "dar
estabilidad a su actividad"; de contratado doctor con vinculación
clínica -específico de la comunidad- y de profesor de universidad
privada.
En esta reforma no se abordará la figura de ayudante doctor, ya
que con la nueva regulación estatal ya no es necesaria la acreditación
previa de su desempeño, exigiéndose tan sólo para ejercer como tal contar con el título de doctor, según ha comunicado la propia Consejería
en una nota.
Las comunidades autónomas tan sólo tienen potestad para evaluar las
competencias de esa plantilla contratada en régimen laboral y no las
correspondientes al personal funcionario, que engloba al profesor
titular de universidad y al catedrático.
Esa doble función, en cambio,
sí la tiene la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación (Aneca),
dependiente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, que
ya ha comenzado la reforma del modelo de acreditación estatal aprobando
en abril la normativa relativa a los cuerpos docentes funcionarios.
Este paso obliga a las regiones a alinear sus propuestas con lo
estipulado por este órgano con el fin de evitar distorsiones y una falta
de adecuación en los criterios, teniendo en cuenta que el cuerpo de
contratado doctor antecede en la carrera académica a las figuras de
profesor titular y catedrático.
El secretario general de Universidades
de la Junta, Ramón Herrera, ha explicado que "la reforma andaluza no
planteará una revolución y estará en consonancia con los cambios en los
méritos que ya están en vigor desde abril", para añadir que "es
necesario que se produzca ese ajuste para que el Personal Docente e
Investigador (PDI) no vea complicada la tarea de acreditación".
La propuesta de renovación que ha comenzado a diseñar la Consejería de
Universidad deberá reflejar los principios generales que guiarán la
evaluación de habilidades y competencias y la Agencia para la Calidad
Científica y Universitaria de Andalucía (Accua) será la encargada de
aprobar la guía con las directrices más específicas.
Herrera ha
asegurado que este texto legal se someterá, antes de su aprobación, a un
proceso de diálogo y negociación con el sistema público universitario y
con los representantes sindicales del PDI, con el objetivo de que "el
documento final permita una adecuada transición al nuevo sistema y
recoja los intereses de todas las partes implicadas".
La acreditación de méritos es una condición indispensable para
desarrollar una carrera académica en las universidades y un requisito
previo para poder participar en los concursos de acceso a las diferentes
figuras existentes y promocionar.
El procedimiento vigente en el
sistema universitario andaluz se rige por una resolución que data de
2005 y, tanto en este documento como en el resto del marco legislativo
estatal, se tiene en cuenta un catálogo de requisitos y estándares
relacionados con cuatro ámbitos de actividad: docencia, investigación,
transferencia de conocimiento y gestión.
Atendiendo a ellos,
se puntúan la experiencia acumulada impartiendo clases, la dirección de
trabajos fin de grado y fin de máster, la dedicación profesional, las
publicaciones científicas realizadas por el candidato, la participación
en proyectos de investigación o las ponencias en congresos, entre otras
cualidades.
Con este sistema, que se suele aplicar también en el resto
de agencias autonómicas de evaluación del profesorado universitario, se
persigue "velar por la calidad y el prestigio de la docencia en el
sistema de educación superior".
En Andalucía, la Accua
mantiene abierto de forma continuada el proceso de evaluación del
profesorado contratado en régimen laboral y convoca periódicamente las
denominadas comisiones de evaluación que son las encargadas de resolver
las solicitudes. Estos órganos están compuestos por evaluadores
independientes externos a la comunidad y son los responsables de
analizar los méritos profesionales presentados por el PDI para su futura
contratación y promoción.
En 2023, la agencia andaluza
resolvió un total de 1.160 solicitudes procedentes de los diferentes
perfiles laborales. En la actualidad, en la comunidad el personal
docente e investigador está compuesto por 18.680 personas, de los que
9.162 son funcionarios y 8.820 son laborales.
En este último grupo se
distinguen las modalidades de ayudante doctor (1.219), profesor
contratado doctor (1.849), contratado doctor con vinculación clínica
(963) y profesor de universidad privada (158), además de otras
categorías que no requieren de acreditación, como son los asociados,
visitantes, colaboradores o sustitutos.
Una reforma parcial realizada a finales de 2023 de la Ley Andaluza de
Universidades (LAU) ha posibilitado recuperar para el sistema público
universitario la categoría laboral de profesorado contratado doctor en
el ámbito académico universitario, permitiendo "garantizar la
estabilidad y la seguridad jurídica" de los 1.892 docentes no
funcionarios acogidos a esta modalidad.
La LOSU fija una serie
de categorías de profesores, dejando fuera de la lista dicha modalidad y
creando un vacío que ha sido necesario solventar con esta actualización
del artículo 40 de la LAU para evitar que ese personal se quedara en
una situación de "inseguridad jurídica y no tuviera asegurada su
estabilidad", ha aclarado la Consejería.
El profesorado
contratado doctor es un perfil muy presente en los cuerpos docentes de
las universidades públicas, ya que es el último nivel en el que
desembocan quienes aspiran a lograr la condición de funcionario en la
carrera académica.
Para acceder a esa plaza, los docentes que ya gozaban
de esa condición no tendrán que volver a acreditarse ni tener que
reunir los méritos para certificarse en otra categoría recogida en la
LOSU. Se mantienen como requisitos indispensables para acceder a este
perfil contar con el título de doctor y cumplir con las exigencias
establecidas en la norma.