
ALMERÍA.- El caso 'Poniente', la trama de corrupción política y empresarial en El
Ejido o que desfalcó 58,8 millones de euros de las arcas
públicas entre los años 2002 y 2009, sigue en fase de notificación
aunque la Audiencia Provincial dictó la sentencia que condenó, entre
otros, al ex alcalde Juan Enciso, y al ex interventor municipal, hace más
de nueve meses.
Según han informado fuentes
judiciales, faltan aún por notificar dos de los condenados. En un caso,
se han presentado recursos de reposición contra el proceso de
notificación, mientras que en el otro caso se ha producido un "error
informático" al enviar el exhorto a los juzgados de Jerez de la Frontera
(Cádiz).
En abril de 2023, el tribunal de la Sección Tercera
rechazó "complementar" la sentencia de 31 de marzo del caso 'Poniente'
en respuesta a las aclaraciones que habían solicitado algunas de las
defensas de los 32 condenados respecto tanto a la valoración del delito
de malversación, como a la pretendida nulidad de informes periciales
emitidos por la Agencia Tributaria o a la rebaja de penas tan solo un
grado pese a la estimación de la concurrencia de atenuante muy
cualificada de dilaciones indebidas.
La sentencia, contra las
que se anunciaron recursos de casación al Tribunal Supremo (TS) que no
han podido ser tramitados debido a la no conclusión de la fase de
notificación, condenó al exalcalde de El Ejido Juan Enciso a cinco años y
tres meses de prisión y 13 de inhabilitación por malversación, y al
exinterventor municipal José Alemán a penas que suman siete años y seis
meses de cárcel ya que considera que también cometió cohecho.
El fallo, que se hizo público tras 626 días desde la conclusión del
macrojuicio, concluyó que Enciso incurrió en una malversación continuada
de caudales públicos de especial gravedad en concurso con un delito
falsedad continuada en documento mercantil aunque le absolvió de los
delitos de cohecho pasivo, prevaricación, delito societario y los
delitos contra la Hacienda Pública.
Señaló que Alemán y Enciso
están en el "origen" de trama corrupta por un "afán desmedido de dinero
y de goce de poder", aunque los magistrados le atribuyeron el papel más
relevante en la trama corrupta al ex interventor ya que estimaron
probado que percibió 'mordidas" de cerca de 7,5 millones de euros.
Según se recogía el fallo, que condena a 32 de las 47 personas que
llegaron a juicio, la empresa mixta Elsur, público-privada con
participación del Grupo Abengoa, sirvió, desde su constitución de
"parapeto" para "esquilmar" las arcas municipales "favoreciendo los
intereses de varios grupos empresariales ajenos al interés público
exigido legalmente".
Indicó que el modus operandi era la "subcontratación a precios
desorbitados" con una veintena de mercantiles, de modo que el canon
cobrado por la empresa mixta al Ayuntamiento ejidense fue "siempre
abusivo" respecto "a los servicios prestados "pasando de los 47,9 que se
presupuestaban inicialmente a más de 171 millones de euros".
La sentencia precisó para señalar la "magnitud" de la malversación de
caudales públicos que la empresa mixta entre 2002 y 2008 facturó al
consistorio 141.225.800 euros, sin incluir IVA, por lo que, según
remarcó, la cantidad "desviada a manos privadas", un total de
58.851.790,50 euros, "representa nada menos que el 41'67 por ciento" y
un "indudable daño al servicio público" en áreas "tan esenciales para la
ciudadanía.
Los magistrados consideraron probado que "todas
estas actividades ilícitas fueron consentidas" tanto por el ex alcalde
Juan Enciso y por el ex interventor municipal José Alemán, quienes
hicieron "caso omiso de sus obligaciones de fiscalización y control" de
los fondos públicos siendo además presidente y consejero delegado de
Elsur.
"A sabiendas, el interventor autorizaba el gasto, una
vez contabilizado, y el alcalde, por su parte, autorizaba con su firma
las resoluciones donde se ordenaban los pagos del canon anual
incrementado ficticiamente", explicaron al tiempo que subrayaron la
"indispensable connivencia" de ambos, sin quienes "no hubiera sido
posible" ejecutar el desfalco.
La sentencia recogía que Enciso
"era perfecto conocedor y consentidor de las actividades ilícitas" de
la empresa mixta y del "lucro ilícito" obtenido por el socio privado por
"ficticios servicios de apoyo a la gestión por los que facturaban
ingentes cantidades en concepto de 'fee' y 'extra-fee' y concluía que
hizo "caso omiso" junto a ex interventor de sus "obligaciones de control
y fiscalización de los fondos públicos del municipio".
En el
caso del alcalde, no obstante, el tribunal no estimó acreditado que los
ingresos cifrados en 671.000 euros obtenidos a través de una sociedad
constituida junto a su esposa, a quien absuelve, "encubriesen donaciones
o comisiones ilícitas" y apunta que no ha prueba "suficiente", tal y
como sostuvieron los peritos de la AEAT en sala, de obtuviese un
"enriquecimiento personal" mediante prácticas corruptas.
Descartó que se "prevaliera" de su cargo o de la presidencia del Consejo
de Administración de Elsur para "conseguir en favor de familiares o
allegados, puestos de trabajo en Elsur o en las empresas que contrataban
con la misma o con el ayuntamiento", que "ejerciera presiones para
lograr ventajas en beneficio de personas o mercantiles de su entorno" o
que ejecutara las obras en un cortijo-bodega de su propiedad "con
recursos propios de Elsur como trabajadores, maquinarias o materiales".
Distinta es la valoración de los practicado en juicio que hicieron
los magistrados del rol de José Alemán para "posibilitar la acción
delictiva" de la trama y de cómo se benefició de esta.
"No
solo hizo dejación de funciones, sino que permitió, a cambio de grandes
prebendas económicas, que los hechos enjuiciados tuvieran lugar",
subrayaron.
Detalló que constituyó, directamente o por medio
de familiares, empresas con las que "lucrarse ilícitamente y así obtener
fuertes ingresos" y que, posteriormente, "invirtió en crear un
importante patrimonio inmobiliario, adquirir vehículos de alta gama,
valores mobiliarios y gastos de lujo".
La sentencia indicó que
su "principal mecanismo" de obtención de ingresos era la empresa que
tildó de instrumental, Sistemas de Dirección SL, con la creó un "montaje
ficticio de facturación" con el que "simulaba el pago de servicios
prestados" por parte de la trama. La Audiencia Provincial condenó
también a su esposa por malversación de caudales públicos a una pena de
tres años y tres meses de prisión.
La sentencia concluyó,
asimismo, que Abengoa, junto a otro socio privado de Elsur --Aygesa--,
con 15,5 millones de euros defraudados, y las subcontratas de los
empresarios José Amate y Juan Antonio Galán, con 24,6 y 15,6 millones de
euros obtenidos ilícitamente, causó "perjuicio" económico al
Ayuntamiento facturando por servicios de apoyo a la gestión
"inexistentes y ficticios" al Elsur, que, a su vez, lo facturaba
directamente, dentro del canon anual, al consistorio.
Consideró que,
junto a tres de sus consejeros delegados en la empresa mixta, fue
cooperadora necesaria de la malversación de caudales públicos.
La irrupción de la pandemia prolongó el juicio de la macro causa durante
18 meses desde su inicio, con continuos cambios en el calendario. La
necesidad de mantener la distancia interpersonal llevó la vista oral al
Palacio de Congresos y Exposiciones de Aguadulce, en Roquetas de Mar,
con una inversión adicional de 44.000 euros.