miércoles, 26 de marzo de 2014

Movilizaciones contra el "cambio de rumbo" del TSJA en el Algarrobico

ALMERÍA.- Colectivos ecologistas han alertado de que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declara urbanizable el suelo sobre el que se levanta el hotel de Azata en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras, deja la puerta abierta al desarrollo del sector ST-2, adyacente a inmueble y donde la promotora proyecta un residencia de 250 viviendas con campo de golf.

   "La lucha no es solo para proteger el paraje de El Algarrobico sino que se extiende a toda la zona", ha indicado en rueda de prensa el coordinador de Greenpeace en Andalucía, Juande Fernández, quien ha trasladado la "preocupación" ante este hecho que, "después de la barbaridad que supone el hotel, permite seguir urbanizando la playa".
   El tribunal de la Sección Tercera del Alto Tribunal andaluz determina en la sentencia hecha pública el martes que los terrenos del sector ST-2, conocido como 'El Canillar', deben incluirse dentro del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata-Níjar en vigor desde 2008 como zona D ya que eran "urbanizables" en la normativa ambiental de 1994.
   Los conservacionistas han asegurado que este sector "siempre se ha considerado suelo de muy alta protección" y han recordado que en el PORN de 2008 que ahora revoca el TSJA figura integrado en las zonas B1 y B2 o "áreas naturales de intereses general" y "áreas naturales con usos tradicionales", respectivamente.
   Así lo esgrimió Greenpeace en la contestación al recurso de Azata, en el que indicó que en la normativa de 1994 se ubicaba, al igual que El Algarrobico, en "espacio protegido no urbanizable" y que a su entrada en vigor "carecía de plan parcial aprobado ni tan siquiera en su fase inicial".
   Por contra, Azata sostuvo que el ST-2 cuenta con un Plan Parcial "pendiente de aprobación definitiva" por haber impuesto la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo la necesidad de evaluación de impacto ambiental mediante una resolución "que fue declarada no ajustada a derecho por la sala de lo contenciosos del TSJA".
   El tribunal de la Sección Tercera concluye que resulta "incontrovertida" la clasificación de los terrenos como urbanizables en las Normas Subsidiarias (NNSS) de Carboneras y remarca que el expediente de la Junta sobre este sector "carece de justificación probatoria en orden a si el desarrollo urbanístico origina la afección de los valores propios del parque natural, así como a si las particularidades de tales suelos deben motivar sus integración entre el ámbito de las zonas B1 y B2".
   "Se trata de un trato diferenciado no justificado que debe conducir a la estimación del recurso de la propietaria de los suelos, incluyéndolos en el área D como corresponde en general a los suelos urbanizables con respecto de los cuales no se acredite que su desarrollo ofrece afección a los valores del parque", asegura la sentencia.
   Para Salvemos Mojácar, con estas premisas, la sentencia "se ajusta a las expectativas urbanísticas de la zona mucho más allá del Algarrobico, dando vía libre a futuros y monstruosos planes de desarrollo urbanístico previstos desde hace décadas en la zona".
   En la rueda de prensa, el portavoz de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar y Ecologistas en Acción, Enrique Ruiz, ha anunciado que los colectivos ecologistas van a emprender movilizaciones para que "vuelva el sentido común" y "finalmente se pueda recuperar medioambientalmente" el paraje y ha planteado la posibilidad de elevar queja a las instituciones europeas.
   "Vamos a organizar una reunión de urgencia abierta a la sociedad civil para planificar las movilizaciones de cara a echarnos a la calle en la primera quincena de abril y retrotaernos al año 2006 pese a que ya más de diez pronunciamientos judiciales en firme ya habían determinado el carácter no urbanizable de los suelos del Algarrobico".
   Por último, han coincidido en mostrar sorpresa por el "cambio de rumbo" dado por el Alto Tribunal en torno al conflicto del hotel de Azata del Sol en El Algarrobico y han trasladado que esperan que sea "un pequeño tropezón judicial y no el primer paso para, no solo facilitar la apertura del hotel, sino para permitir que la promotora tenga derecho a indemnización".
   "No entendemos este cambio de rumbo a la espera de la sentencia del mismo tribunal que debe decidir sobre la legalidad o no de la licencia de obras concedida al hotel, por lo que sospechamos de intereses ocultos contra los que vamos a luchar", ha concluido Juande Fernández.

Anuncian querella criminal contra magistrados del tribunal que declara urbanizable el Algarrobico

ALMERÍA.- Salvemos Mojácar ha anunciado la interposición de una querella criminal por presunta prevaricación contra los tres magistrados de la Sección Tercera de la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que han dictaminado que el suelo del paraje de El Algarrobico sobre el que se construyó el hotel de Azata del Sol es "urbanizable".

   Fuentes jurídicas del colectivo han explicado que la decisión responde a la posible existencia de ilícito penal en la adopción de la resolución, que entra en contradicción con el fallo dictado en 2012 por la Sección Primera del Alto Tribunal andaluz, que dictaminó en respuesta a un recurso de Greenpeace en el que no fue parte la promotora Azata que la zona era "espacio protegido no urbanizable".
   En concreto, esta resolución anulaba parcialmente el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata-Níjar en vigor desde 2008 al considerar que dejaba la puerta abierta a reactivar el establecimiento con "uso turístico" y ordenaba retrotraer el nivel de protección al que gozaba en la normativa de 1994.
   La sentencia hecha pública este martes por la Sección Tercera del TSJA concluye, sin embargo, que el sector ST-1 sobre el que se levanta el hotel era urbanizable en el PORN de 2004 al estar incluida en las zonas D2 o "suelos urbanizables cuyo desarrollo no resulta a priori contrario a los valores del espacio protegido".
   La disparidad de criterio, que reconoce el tribunal, reside en la interpretación que ambos hacen de los planos del parque natural de Cabo de Gata recogidos en el PORN de 1994. Así, la sentencia de 2012 sostenía que la modificación de la planimetría que la Junta de Andalucía hizo en 1997 y por la que convertía el paraje en urbanizable "no tiene validez alguna" porque, según subraya, "no puede cambiarse el nivel de protección de un área con una mera condición de errores", que, además, "no reunía los requisitos mínimos".
   Hablaba, asimismo, de "triquiñuela para hacer jugar a la inversa la jerarquización de los planeamientos urbanísticos, adaptando el PORN a las Normas Subsidiarias del municipio carbonero, lo que está vedado" y de que el Gobierno andaluz "pretendía dar solución a la existencia del hotel" con el PORN aprobado en 2008.
   La sentencia hecha pública este martes descarta eue la Junta de Andalucía hubiera realizado "ninguna manipulación fraudulenta" en los planos del anterior PORN de 1994, lo que le lleva a mantener que la alteración realizada en los mismos para reflejar la zonificación de los terrenos como D2 "respondió a la necesidad de salvar el error que presentaba la cartografía inicialmente publicada, que los situaba en zonificación C1".
   Las mismas fuentes han hecho referencia al cambio de sección y de ponente que se realizó tres días antes de la votación y fallo en este procedimiento, celebrada el 27 de febrero, que, a su juicio, "no se motivó", a lo que hay que sumar que "se notificó a los colectivos ecologistas después de que hubiese tenido lugar la deliberación".
   Contra la decisión de cambiar la sección y ponente, lo que vulneraría las normas de reparto ya que el proceso se turnó con anterioridad a enero de 2011 a la Sección Primera, se presentó recurso tanto por parte de Azata como por parte de Greenpeace aunque "no ha sido contestado a los ecologistas".
   En ese recurso, además, se alegaba indefensión ya que el citado cambio "incumple las normas de reparto por las que rige la sala de lo contencioso, por lo que se está vulnerando --añaden-- el artículo 24 de la Constitución por habernos privado de nuestro derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por ley".

La Junta estudia interponer recurso de casación contra la sentencia del TSJA sobre el hotel de El Algarrobico

ALMERÍA.- La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta estudia la interposición de recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la que ha dictaminado que el suelo sobre el que se asienta el hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras, es urbanizable.

   Medio Ambiente, en un comunicado, aclara que respeta la decisión del Alto Tribunal a este respecto, pero "no la comparte", de ahí el análisis que se está realizando por los servicios jurídicos de la Junta de Andalucía con el objetivo puesto en las posibilidades de recurrir la decisión.
   En este sentido, desde esta Consejería no se entiende "la desprotección que esta resolución judicial va a provocar en el paraje del Algarrobico", una protección que ya se blindó en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural de Cabo de Gata del 2008 y que incluso fue elevada, porque la misma Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA así lo dispuso en la sentencia de 11 de junio de 2012. En esta sentencia se resolvía el recurso de la organización ecologista Greenpeace contra la aprobación del PORN correspondiente a 2008.
   Fruto de esta última sentencia de 2012 se dictó una resolución para cumplir con la misma, otorgando protección C1 conforme al PORN de 1994, "zonificando el espacio en cuestión como área natural de interés general" donde no son compatibles los usos hoteleros. De acuerdo con esta decisión, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, no entiende "que ahora, contradictoriamente, la misma sala nos obligue a desproteger dicha área donde se ubica el hotel, configurándola como mera zona urbanizable".
   Con esta argumentación, la Junta entiende que la última sentencia del TSJA dada a conocer hoy "lesiona el principio de seguridad jurídica y la tutela judicial efectiva", dos aspectos recogidos en la Constitución española.

El alcalde de Carboneras, "satisfecho" porque la sentencia del TSJA "coincide con los intereses municipales"

CARBONERAS.- El alcalde de Carboneras, el independiente Salvador Hernández (Gicar), ha trasladado su "satisfacción" ante el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que sostiene que el suelo sobre el que se asienta el hotel en el Algarrobico es urbanizable, lo que, según ha remarcado, "coincide con lo que siempre hemos defendido y con los intereses municipales".

   Hernández ha indicado que, tras esta sentencia, el Consistorio carbonero, gobernado en coalición con el PP, continúa "apostando" por el proyecto de Azata del Sol y hecho un nuevo llamamiento para que la Junta andaluza, el Ministerio de Alimentación, Pesca y Medio Ambiente (Magrama) y Ayuntamiento "nos sentemos para intentar encontrar una solución al conflicto".
   "Para nosotros la solución pasa por la apertura al público del hotel", ha señalado el regidor, quien ha lamentado que se hayan "perdido ocho años" para los vecinos de Carboneras. "Esta claro que por la vía judicial no hemos sacado nada positivo, por lo que habrá que cambiar de camino", ha señalado.
   Cabe recordar que la normativa urbanística municipal, cuya última modificación se aprobó en pleno en 2009, recoge el sector ST-1 sobre el que se levanta el establecimiento de una veintena de plantas y 411 habitaciones como suelo urbanizable, un extremo que, según ha remarcado Hernández, "no se ha cambiado a instancias de la Junta andaluza".
  El TSJA acordó en agosto de 2010 prohibir al exalcalde de Carboneras, el socialista Cristóbal Fernández, que acometiese actuaciones urbanísticas en el paraje de El Algarrobico, tanto en el sector ST-1 como en el sector ST-2, y le advirtió de que, de no acatar la medida, estaría incurriendo en un delito de desobediencia después de que la corporación local aprobase en 2009 la adaptación de sus Normas Subsidiarias (NNSS) a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) en la que mantenía la calificación de urbanizable para el sector.
   Lo hacía como medida cautelar en el marco de contencioso-administrativo por el que en 2012 dictaminó que el suelo del paraje era "no urbanizable de especial protección" al estimar el recurso de Greenpeace contra el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de 2008. 
En este proceso no estaba personada la promotora del hotel, que interpuso otro recurso sobre esa misma normativa ambiental autonómica que ha dado lugar a la resolución hecha pública este martes por el que el Alto Tribunal andaluza determina que ese suelo era y debe ser urbanizable.

La promotora del hotel valora la sentencia, que "reconoce la realidad" del Algarrobico como suelo urbanizable

ALMERÍA.- La promotora del hotel en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras, ha valorado el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que "reconoce la realidad con hechos" sobre la condición de urbanizable del suelo sobre el que se asienta desde 1988, "antes de la entrada en vigor" de la ampliación de parque natural de Cabo de Gata-Níjar en 1994 y "antes de que comprásemos los terrenos" en 1999.

   El presidente de Azata, José Rodríguez, ha indicado que la sentencia de la Sección Tercera hecha pública este martes reconoce también que "compramos con confianza legítima" ya que tanto Ayuntamiento, como Junta y Ministerio de Medio Ambiente "nos dijeron que el suelo era urbanizable" y que la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre en esa franja costera "era de 20 metros".
   "Viene a reconocer que esa situación era como se nos informó y que el suelo era urbanizable desde que el 1988 se aprobó de forma definitiva por el Ayuntamiento el Plan Parcial del sector ST-1, seis años antes de la creación del parque natural", ha remarcado.
   Para Rodríguez, el fallo del TSJA, contra el que no cabe recurso, da en la "clave base" del conflicto judicial en torno al hotel de 22 plantas y de 411 habitaciones al recoger que el carácter urbanizable del paraje "no se llevó correctamente" al PORN de 1994, que, en su texto, recogía que "todos los suelos urbanizables en las normativas municipales lo iban a seguir siendo a la entrada en vigor de la ampliación del espacio protegido".
   "Subraya que el texto prevalece sobre la planimetría y asegura que aunque la Junta intentase subsanar el error en los planos de manera incorrecta, eso no quita que no fuera suelo urbanizable y que deba tener condición de D2 en el PORN del 94 y condición de zona D en el PORN de 2008", ha trasladado.
   El presidente de la promotora, cuyo recurso es estimado en esta sentencia por el tribunal al considerar que la normativa ambiental aprobada hace cuatro años por la Junta supuso una "restricción de sus derechos como propietaria" de los suelos, ha remarcado que es la primera vez que en vía judicial se "reconoce" este extremo y ha recordado que si lo han hecho las administraciones implicadas en la tramitación urbanística para la construcción del inmueble.
   A raíz de esto, Rodríguez ha trasladado su deseo de que se dé paso a una "protección medioambiental armonizada con las necesidades de medios de vida" y que, según ha añadido, "eviten conflictos que dan lugar a inseguridad jurídica y a la vulneración de la confianza legítima". 
"No hay una norma clara y eso es lo que pedimos", ha concluido.

Ecologistas recurrirá al TS el "impresentable" fallo que declara urbanizable el suelo del hotel del Algarrobico

ALMERÍA.- La asociación Ecologistas en Acción ha confirmado que presentará un recurso ante el Tribunal Supremo (TS) contra la, a efectos jurídicos, "impresentable" sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que dictamina que el suelo sobre el que se asienta el hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras, es urbanizable, y que así estaba calificado en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata de 1994.

   El abogado de Ecologistas en Acción, José Ignacio Domínguez, ha declarado que en la tramitación judicial "se veían maniobras raras desde hacía tiempo", en alusión al dictamen del fallo pese al recurso contra la providencia que amparaba el cambio de sección y de ponente que han visto el caso en el seno del TSJA, y del cual "nos hemos enterado a toro pasado".
   Dicha modificación, según Domínguez, supondría una violación del derecho fundamental a ser juzgados por un juez ordinario predeterminado, algo que ha considerado un "atropello" desde el punto de vista formal, dada la "indefensión total y absoluta" en que quedaban los recurrentes.
   Por otra parte, el letrado ha calificado de "impresionante" que la sentencia se haya dictado "tan rápido, antes de resolver nuestro recurso anterior". 
"Ha habido cosas rarísimas", ha abundado.
   Domínguez ha recordado que ya existe una sentencia del Supremo y cuatro del TSJA que declaran espacio protegido el suelo donde se asienta el complejo, por lo que el último fallo es "contradictorio" con los anteriores, si bien, ha lamentado, éste "prepara el terreno al fallo de la licencia, que si se basan en éste tendrían que legalizar".
   Por otro lado, la portavoz de Ecologistas en Acción en Andalucía, Dolores Yllescas, ha subrayado que "hemos dicho muchas veces que el Algarrobico nunca lo veríamos demolido, porque en este país no se tira nada, y parece que estos miedos se van confirmando".
   La sentencia revoca el nivel de protección que se le dio en la nueva norma aprobada en 2008 y subraya que le corresponde el nivel de zonificación D2 o "suelos urbanizables cuyo desarrollo no resulta a priori contrario a los valores del espacio protegido".
   La resolución de la Sección Tercera, que estima el recurso interpuesto por la promotora del hotel Azata del Sol, entra en contradicción con el fallo dictado por el Alto Tribunal en torno a la misma cuestión, en este caso en respuesta al recurso de Ecologistas en Acción, que dictaminó en firme en octubre de 2012 que el suelo es no urbanizable de especial protección.
   Así, el sector ST-1 consta como no urbanizable desde que el 23 de marzo la Junta lo publicó en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) para, así, dar cumplimiento a otra providencia del Alto Tribunal andaluz que le instaba por segunda vez a ejecutar las resoluciones judiciales dictadas.

El TSJA declara ahora "urbanizable" el suelo del hotel del Algarrobico

ALMERÍA.- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictaminado que el suelo sobre el que se asienta el hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras, es urbanizable, y que así estaba calificado en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata de 1994.

   La sentencia revoca el nivel de protección que se le dio en la nueva norma aprobada en 2008 y subraya que le corresponde el nivel de zonificación D2 o "suelos urbanizables cuyo desarrollo no resulta a priori contrario a los valores del espacio protegido".
   La resolución de la Sección Tercera, que estima el recurso interpuesto por la promotora del hotel Azata del Sol, entra en contradicción con el fallo dictado por el Alto Tribunal en torno a la misma cuestión, en este caso en respuesta al recurso de Ecologistas en Acción, que dictaminó en firme en octubre de 2012 que el suelo es no urbanizable de especial protección.
   Así, el sector ST-1 consta como no urbanizable desde que el 23 de marzo la Junta lo publicó en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) para, así, dar cumplimiento a otra providencia del Alto Tribunal andaluz que le instaba por segunda vez a ejecutar las resoluciones judiciales dictadas.