CANTORIA.- La Fiscalía de Almería y el Ayuntamiento de Cantoria han solicitado penas de hasta seis años de prisión y diez años de inhabilitación para el ex alcalde del municipio Pedro Llamas por la compra, supuestamente irregular, del inmueble conocido como Palacio de Almanzora.
Por estos
hechos, será juzgado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial
de Almería como presunto autor de delitos de prevaricación
administrativa y malversación de caudales públicos.
Según el
auto de apertura de juicio oral dictado por la Sección Civil y de
Instrucción del Tribunal de Instancia de Huércal-Overa, se aprecian indicios suficientes contra el
ex regidor, lo que ha motivado la formulación de acusación tanto por
parte del Ministerio Fiscal como del Ayuntamiento, personado como
acusación particular a través del letrado Javier Salvador, del bufete
Aránguez Abogados.
En su escrito de calificación provisional,
la Fiscalía interesa una pena de cuatro años de prisión y ocho años de
inhabilitación especial por el delito de malversación, así como nueve
años de inhabilitación especial por el delito de prevaricación, además
del reintegro de las cantidades abonadas con cargo a fondos municipales.
Por su parte, el Ayuntamiento eleva la petición hasta seis años de
cárcel y diez años de inhabilitación, junto a la devolución de 40.400
euros más los intereses legales correspondientes.
Los hechos
se remontan a diciembre de 2009, cuando Llamas (PP) supuestamente
suscribió un contrato privado de compraventa con un particular para la
adquisición por parte del Ayuntamiento de una parte del Palacio de
Almanzora por un importe total de 360.000 euros, una operación que,
según las acusaciones, se llevó a cabo "sin cumplir con los trámites
legalmente previstos".
Las acusaciones sostienen que la
decisión fue adoptada sin expediente de contratación, sin informes
técnicos, jurídicos ni económicos preceptivos y sin dotación
presupuestaria habilitante.
En ese contexto, entre los años
2011 y 2012, el Consistorio llegó a abonar un total de 40.400 euros
mediante pagos fraccionados con cargo a fondos públicos.
En concreto,
los pagos se realizaron el 1 de marzo de 2011 por importe de 25.000
euros; el 14 de octubre de 2011 por 1.100 euros; el 15 de diciembre de
2011 por 3.300 euros; el 6 de febrero de 2012 por 2.200 euros; y el 16
de noviembre de 2012 por 8.800 euros.
Los informes
incorporados a la causa reflejan que tanto la Secretaría como la
Intervención municipal emitieron "constantes reparos" donde alertaban de
la ilegalidad de los pagos y de la improcedencia de asumir intereses
derivados del contrato privado, reparos que habrían sido rechazados
mediante resoluciones de la Alcaldía.
Según la acusación,
dichas resoluciones no fueron elevadas al Pleno municipal, pese a la
obligación legal de hacerlo, lo que habría impedido "deliberadamente" el
control por parte de los órganos colegiados del Ayuntamiento.
Para el Ministerio Fiscal, los hechos son constitutivos de un delito de
prevaricación administrativa y otro de malversación de caudales
públicos, mientras que la acusación particular subraya el perjuicio
económico causado a las arcas municipales.
En el juicio se
prevé la práctica de las pruebas propuestas por las partes, entre ellas
el interrogatorio del acusado, la declaración de testigos --incluidos el
ex secretario municipal, el vendedor del inmueble y agentes de la
Guardia Civil-- y la ratificación de los informes policiales y
documentales incorporados a la causa.

