martes, 17 de mayo de 2011

El Supremo da la razón a 'Onda Cero' frente al ideólogo del PAL / Pepe Fernández

Se acaba de conocer públicamente la Sentencia del Tribunal Supremo que pone fin a la alocada carrera judicial iniciada en el año 2006 por el entonces presidente (tránsfuga) de la Diputación de Almería, Jose Añez Sánchez, (PAL), contra Onda Cero y, en concreto, contra el programa regional “El Ruedo Andaluz” que desde hace siete años dirijo y presento semanalmente los lunes.

La extensa sentencia del más alto tribunal del Estado deja en evidencia a personas e instituciones, pero sobre todo es una Victoria en toda regla del Derecho a la Información y a la Libertad de Expresión de los periodistas. En este caso frente personajes que representan lo peor y más despreciable de la política.

En evidencia queda en primer lugar el propio José Añez, quien usando fondos de la Diputación bajo su mandato y también bajo la presidencia de su ex socio Juan Carlos Usero (PSOE), han financiado a un equipo de abogados externos a la corporación provincial hasta llegar al Supremo que, por cierto, les condena al pago de las costas judiciales ocasionadas en estos últimos seis años por este procedimiento contra el derecho a la Información de los ciudadanos.

En evidencia queda también la Juez, Sra Marruecos, que en primera Instancia, en Almería, atendió parcialmente las peticiones de Añez contra el medio y condenó a Onda Cero al pago de 12 mil euros por haber atentado ¡contra la intimidad del Sr. Añez!.

También queda en entredicho la Fiscalía de Almería que desde el primer momento se alineó con las tesis del denunciante Añez y contra el trabajo periodístico de Onda Cero y sus profesionales. (Al cabo del tiempo a los periodistas de Onda Cero no nos sorprendió leer las escuchas de la Operación Poniente y comprobar las excelentes amistades del clan de El Ejido con algún ilustre Fiscal).

En evidencia como embustero y manipulador ha quedado también el “súper imputado” de la O.P. y nuevamente candidato Juan Enciso, el mismo que tergiversando la primera sentencia de la Juez Marruecos se permitió acusarme públicamente de “estar condenado por escuchas telefónicas ilegales”.

Y en evidencia han quedado quienes, ahora, aplauden la sentencia del Supremo -que pasa a engrosar la “colección legislativa” en tanto que profundiza en el derecho a la información veraz-, y que en los trámites anteriores miraron para otro lado o simplemente aplaudieron la primera condena con grandes alardes tipográficos.

Al final, como en todo, el tiempo (y la Justicia) da y quita razones. No estaría mal que algunos políticos tan aficionados actualmente a la caza y captura del periodista, tomasen nota para el futuro. La Justicia es lenta, pero al final llega y deja a cada uno en su sitio. Sin ir más lejos, he aquí un ejemplo.

EL TRIBUNAL SUPREMO, ENTRE OTRAS COSAS, HA DICHO:
-”En consecuencia, la consideración de las circunstancias concurrentes, conduce a estimar que la libertad de información debe en el presente caso prevalecer sobre los derechos a la intimidad personal, pues el grado de afectación de este último es muy débil y el grado de afectación del primero es de gran intensidad”.

-”No ofrece duda que en el artículo radiofónico objeto de controversia, se ejercita con carácter preponderante el ejercicio de la libertad de información. La conversación reproducida intenta trasmitir a los oyentes que se ha faltado a la verdad en las reiteradas negaciones del Sr. Añez de haber llegado a un pacto con la dirección del PSOE y haber recibido los apoyos necesarios para llevar a cabo las tareas de gobierno”

-”La demanda ejercitada no se dirige contra la persona que efectuó la grabación y respecto a la cual sería exigible la valoración de los medios empleados para su obtención, sino contra el medio informativo que, sin intervención alguna en su grabación o reproducción, una vez que tiene conocimiento de la existencia de la noticia, procede a su publicación”.

-”La noticia pues afecta directamente al ordenado funcionamiento de una institución pública que por las circunstancias concurrentes implicaba que su funcionamiento pasara por obtener el apoyo de los diputados del grupo político que hasta ese momento ejercían la oposición, con el consecuente interés de la sociedad en controlar la observancia por sus mandatarios de los deberes que informan la vida política”.

-”En el presente supuesto la noticia que se comunicaba contenía un indudable interés público, como muestra la documental aportada por la parte demandada fundamentalmente constituida por los periódicos en los que en aquellas fechas era noticia de prensa de gran interés social y trascendencia pública el hecho comprobado de que en la Diputación Provincial de Almería, en la que gobernando con mayoría absoluta el Partido Popular, un grupo de diputados provinciales que pertenecían al mismo, se separó del indicado partido, mismo pasando romper con el mismo y a gobernar en minoría dicha institución provincial”.

-”La prueba practicada en el acto del juicio muestra que el Sr. Añez se mostró totalmente reacio a manifestar el lugar y momento en el que mantuvo la conversación con la persona a la que comunicaba la conversación por él mantenida con quien Ie garantizaba el apoyo de su partido político, PSOE, durante su mandato en la Diputación de Almería, lo que suponía impedir a la juez , el conocimiento de si fue o no emitida en lugar público y en él grabada. Ello suponía la prueba diabólica de obligar al periodista que no ha grabado la conversación a probar que fue mantenida en lugar público o a citar su fuente cuando no proviene de él la misma, bastando con la comprobación de fiabilidad del informante”.

-” La prevalencia de la libertad de información, dado su objeto de puesta en conocimiento de hechos, exige que la información cumpla el requisito de la veracidad, a diferencia de lo que ocurre con la libertad de expresión, que protege la emisión de opiniones. Por veracidad debe entenderse e resultado de una diligencia razonable por parte del informador para contrastar la noticia de acuerdo con pautas profesionales ajustándose a la circunstancias del caso aún cuando la información, con el paso del tiempo pueda mas adelante ser desmentida o no resultar confirmada”.

Diario de campaña en el juzgado (11) / Rafael M. Martos

Hace cuatro años se presentaba a las elecciones el alcalde socialista de Carboneras Cristobal Fernández y con él su hermana, ambos recién indultaditos por Zapatero (presidente de Gobierno y secretario general del partido de estos dos políticos) tras ser condenados en sentencia firme por delito electoral. Y ganaron. Aún así él se ha vuelto a ganar otras dos condenas firmes relacionadas con el asunto anterior, y su hermana vuelve a estar imputada por el mismo presunto delito.
 
Pero el PP  tampoco se escapó, y el PSOE en este caso denunció a los alcaldes de Gádor y de Berja, y armó la gran escandalera cuando no los sacaron de las listas. Pero vaya, aunque lenta, la justicia ha sido suficientemente rápida como para que a menos de un año de las elecciones la Justicia quitara todos los cargos contra Eugenio Gonzálvez y Antonio Torres, que se presentan ahora sin imputaciones. 
 
También ha ido la Justicia relativamente rápida en el caso del alcalde Sorbas, el también portavoz del PP en la Diputación, José Fernández Amador, a quien en un primer momento el tribunal ya ha dado el visto bueno a las presuntas ilegalidades urbanísticas que denunció el PSOE.
 
Pero los tribunales no paran.
 
Empezó la campaña electoral enterándonos de que José Antonio Ramos, el número uno de Izquierda Unida en Pulpí estaba condenado en sentencia firme por denuncia falsa, e inhabilitado para ejercer la política. El PSOE, que estuvo ráudo en poner esto en conocimiento de la Junta Electoral, aplaudía mientras en el mitin de Carboneras.
Por su parte IU denucia que el PP lleva en Enix a un candidato condenado por violencia de género.
 
Pero la palma se la lleva El Ejido, donde los juzgados están teniendo trabajo extra en estos días de campaña electoral.
 
El candidato del PP, Paco Góngora, presentaba una querella criminal contra Ejido Televisión, un canal privado que mantiene una línea editorial próxima al Partido de Almería. A lo largo de más de una semana, este medio ha venido denunciando lo que considera presuntos delitos del ahora candidato cuando era concejal de Urbanismo con el alcalde Juan Enciso, cuando ambos eran del PP.
 
Recordemos en este punto que Enciso está en libertad bajo fianza de 300.000 euros, como gran parte de su familia directa (esposa, hija, yerno, cuñado...) por la Operación Poniente, y que acusa a Góngora de haberle "traicionado" cuando se quedó en el PP mientras por desavenencias con este partido él fundaba el Partido  de Almería con el que sigue gobernando El Ejido.
 
Pero volvamos al lío. Estábamos en que Góngora había denunciado a Ejido TV en el juzgado por las informaciones publicadas al entender que son injurias y calumnias, pero a la vez, este medio ha denunciado al secretario general del PP ejidense, Ángel Escobar, quien en una rueda de prensa calificó a este medio como "terrorista de la información".
 
Escobar a su vez tienen puesta denuncia contra el cuñado del alcalde Enciso, por haberle agredido presuntamente en mitad de la calle y haberle amenazado de muerte, y esto ante la pasividad complaciente del guardaespaldas del primer edil.
 
Y como cierre por ahora, nos encontramos que el PAL lleva al juzgado y a Hacienda las presuntas irregularidades cometidas por Góngora y de las que informó Ejido TV, y lo cuenta este lunes, con el objeto claro fastidiarle el mitin previsto para el martes (será titulares en la prensa de papel el martes) en El Ejido por Javier Arenas en apoyo de Góngora.
 
Objetivamente este paso del PAL resulta un error, ya que están dando una imagen -apoyada también por las declaraciones de Enciso en una entrevista diciendo que le da "asco" el PP en el que militó tanto años- de revolverse en un gesto de desesperación. Con este gesto sólo contribuyen a activar el voto de los populares y su entorno, pero allá ellos.
Patético.

El Fogasa gasta 5,6 millones de euros en cuatro meses en Almería

ALMERÍA.- El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), encargado de pagar los salarios e indemnizaciones a los trabajadores cuyas empresas están en quiebra o concurso de acreedores o sencillamente han desaparecido, ha gastado en sólo cuatro meses en Almería, de enero a abril, 5,6 millones de euros.

En Andalucía ha abonado en prestaciones por valor de 50,4 millones de euros en ese mismo periodo de tiempo, lo que supone un incremento del 25 por ciento respecto a los pagos realizados en el mismo periodo de 2010.

El número de empresas insolventes ha sido de 2.345, lo que afectó a efectos del FOGASA a 6.393 trabajadores en Andalucía.

Las prestaciones por regulación, afectaron a 2.749 personas entre enero y abril de 2011.

Málaga fue la provincia que más prestaciones recibió del Fogasa, con 12,6 millones de euros; seguida de Sevilla, con 8,7 millones de euros; Granada, con 7,2 millones de euros; Córdoba, con 6,7 millones de euros; Cádiz, con 4,8 millones de euros; Almería, con 5,6 millones; Jaén, con 3,3 millones de euros; y Huelva, con 1,15 millones de euros.

Piden cárcel para el exalcalde socialista de Lubrín por la presunta falsificación de una licencia

ALMERÍA.- Este miércoles está previsto que se inicie el jucio oral contra el exalcalde socialista de Lubrín Juan López Camacho, acusado de la presunta falsificación de una licencia de primera ocupación ya que la edificación estaba en un terreno no urbanizable en la pedanía del Pilar.

López Camacho era en 2008 concejal de Deportes y diputado provincial, y dejó los cargos alegando motivos personales se enfrenta a un año y a tres años de cárcel como presunto autor de delitos de prevaricación y falsedad en documento público, por los que el Ministerio Público solicita además el abono de una multa de ocho meses a razón de 12 euros al día y siete y tres años de inhabilitación para cargo público.

Los hechos ocurrieron en 2005, cuando él era alcalde de Lubrín. Según el informe de la Fiscalía, I.M.R.R. promovió una obra de la que M.B.C.L., fue directora técnica de una obra, para la que a sabiendas de que no podía ser autorizada en ese lugar, solicitaron licencia para construir un almacén agrícola. Luego modificaron el proyecto presuntamente, y se pusieron a edificar una vivienda unifamiliar de 150 metros cuadrados, siendo el suelo no urbanizable y de especial protección por estar en el Plan Especial del Medio Físico.

Por ese motivo tanto una como otra estarán también en el banquillo, y la acusación pide una condena de seis meses de prisión por un presunto delito contra la ordenación del territorio y dos años de inhabilitación para empleo u oficio relacionado con la construcción. Además el fiscal solicita que se hagan cargo de los 11.819,41 euros en que tasa la demolición, que se declare nula la licencia. Para ellas solicita, asimismo, multa de 14 meses a razón de 12 euros al día.

Según el relato de los hecho, López Camacho habría concedido aquella licencia el 26 de enero de 2005, y eso que tenía los informes en contra del secretario municipal y de la propia Diputación.

A pesar de ello, el 14 de diciembre de 2005 certificó presuntamente que I.M.R.R. Tenía licencia de primera ocupación, lo cual le permitiría contratar servicios tales como agua, luz y demás. Según el fsical, el acusado era consciente de que la vivienda “no sólo que carecía de licencia de primera ocupación sino también que la licencia de obras concedida era para un almacén".

Concretamente 345.436 internautas hay en Almería

ALMERÍA.- El 65,91 por ciento de la población almeriense ha utilizado Internet alguna vez, superando en un 1 por ciento la media andaluza, lo que supone que la provincia tiene 345.436 internautas. A nivel andaluz, hay 4 millones de internautas de los que los almerienses representan casi el 9 por ciento, según el último estudio realizado por la Junta de Andalucía.

Los usuarios de Internet acceden fundamentalmente desde sus viviendas y en sus centros de trabajo y entre los motivos por las que se conectan destaca en primer lugar la búsqueda de información de servicios, seguida del uso del correo electrónico, la organización de viajes y alojamientos y el uso de mensajería chat. En cuanto al uso de DNI electrónico y otros certificados digitales, el 39,12 por ciento de la población dispone de alguno de ellos.