jueves, 31 de mayo de 2012

Ecologistas advierte de que se querellará contra el alcalde de Níjar si urbaniza Marinas de Aguamarga

ALMERÍA.- Ecologistas en Acción ha advertido este miércoles al alcalde de Níjar, Antonio Jesús Rodríguez (PP), de que interpondrá una querella criminal contra él si decide promover la modificación del planeamiento urbanístico del municipio para calificar como urbanizable el suelo sobre el que se proyecta la macrourbanización 'Marinas de Aguamarga' ya que, según han explicado, estaría incurriendo en un delito de desobediencia al no acatar la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que anuló dicha calificación.

   El letrado del colectivo conservacionista, José Ignacio Domínguez, ha subrayado que la resolución del Supremo, de diciembre de 2007, está "vigente" y prohíbe de forma expresa, por tanto, que el Ayuntamiento nijareño pueda modificar el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para dar vía libre a la construcción de 350 viviendas y un hotel con 300 habitaciones en este paraje del parque natural de Cabo de Gata-Níjar.
   Domínguez ha respondido en estos términos a las declaraciones del regidor recogidas por el diario 'La Voz de Almería' en las que sostiene que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía hecha pública el lunes y por la que se revoca la protección ambiental dada por la Junta a la zona "da la razón en parte" al Consistorio "que comenzó a tramitar la licencia de obras en 2007". Rodríguez señala, además, que está "seguro" de que "beneficiará al turismo y al municipio" y que la macrourbanización "es una actuación moderada".
   "Si el alcalde urbaniza Marinas de Aguamarga estaría desobedeciendo la sentencia del TS ya que la resolución del Alto Tribunal andaluz permite la modificación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural pero no el PGOU del municipio", ha indicado Domínguez, quien ha subrayado en esta línea que una resolución del TSJA "nunca puede anular una sentencia del Supremo".
   El Alto Tribunal andaluz ha anulado el nivel de protección ambiental dado por la Junta de Andalucía al paraje del parque natural de Cabo de Gata-Níjar en el que se proyectaba la macrourbanización 'Marinas de Aguamarga' al estimar de forma parcial el recurso de la promotora. Considera, así, que el cambio de calificación del sector conocido como SAU AA-5 de área urbanizable sin interés ambiental específico --D2-- a área natural de interés general y marcado carácter forestal fue "arbitraria" y carente de "razones".
   Señala que en el PORN en vigor desde su publicación en BOJA en febrero de 2008 "no consta las razones por las que ahora se prevé que el desarrollo urbanístico sí afecta a hábitats naturales ni tampoco las especies naturales que motivaron la inclusión de este espacio en la Red Natura 2000 ya que carecían de interés ambiental específico cuando fueron considerados suelo no urbanizable en la normativa de 1994 y en 2005, cuando fue redactado el proyecto de PORN actual"
   Cabe recordar que Tribunal Supremo (TS) anuló parcialmente en diciembre de 2007 una sentencia del TSJA que en 2003 validó la ejecución de la macro-urbanización 'Marinas de Aguamarga' frente a una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) desfavorable dictada por la Junta de Andalucía. El fallo dado a conocer este lunes subraya, sin embargo, que las Normas Subsidiarias (NNSS) del Ayuntamiento de Níjar recoge que se trata de terrenos declarados suelo urbanizable.
   De hecho, Ecologistas en Acción ha acusado a la Junta de Andalucía de "ocultar" al TSJA esta sentencia y ha subrayado que el fallo que deja la puerta abierta a la construcción del residencia "se basa en un hecho erróneo" por no tener en cuenta el pronunciamiento del TS.

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