SEVILLA.- La Junta de Andalucía ha cancelado de enero al 18 de mayo de 2026 un
total de 2.673 viviendas de uso turístico inscritas en el Registro de
Turismo de Andalucía gracias a una "estrategia integral de control,
regulación y ordenación del sector, basada en la cooperación
institucional, el refuerzo normativo y la modernización de los sistemas
de inspección y registro". En 2024, fueron 5.808 en todo el ejercicio; y
6.860 en 2025. Desde 2024 y hasta el 18 de mayo de este año, han sido
más de 15.300.
Son los datos que maneja la Consejería de
Turismo y Andalucía Exterior ofrecidos a Europa Press. Por provincias,
gracias al nuevo marco normativo que hay en Andalucía desde 2024, en
Almería, han sido canceladas 310 viviendas turísticas; en Cádiz, 467; en
Córdoba, 125; en Granada, 333; en Huelva, 230; en Jaén, 40; en Málaga,
931 y en Sevilla, 237.
En el caso de las capitales de provincia, en
Almería han sido 83; en Cádiz, quince; en Córdoba, 106; en Granada, 155;
en Huelva, ocho; en Jaén, once; en Málaga 114 y en Sevilla, 172.
Estas medidas se apoyan en la aprobación del Decreto 31/2024, que
clarifica la posibilidad de que los ayuntamientos establezcan límites
proporcionados al número de viviendas turísticas por edificio, zona o
periodo, en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea.
A ello se suma el Decreto ley 1/2025, de medidas urgentes
en materia de vivienda, impulsado de forma coordinada con la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, que refuerza la
capacidad de los municipios para adecuar esta actividad al modelo de
ciudad definido en su planeamiento urbanístico y preservar el entorno
urbano.
En otro orden de cosas, este jueves se ha conocido que
el Tribunal Supremo ha anulado el registro único de arrendamientos de
corta duración, regulado en el Real Decreto 1312/2024 de 23 de
diciembre, al considerar que el Estado carece de título competencial
para establecer una regulación exhaustiva de un registro nacional que
"se superpone a los registros autonómicos existentes con respecto a la
inscripción de inmuebles destinados a arrendamientos turísticos".
Así lo
ha resuelto el órgano judicial al estimar parcialmente el recurso
interpuesto por la Generalitat Valenciana, anulando únicamente aquellos
preceptos por los que se crea este registro. Andalucía también lo
recurrió hace ahora un año, alegando "una invasión de competencias
autonómicas y una falta de diálogo institucional".
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