En una nota, AEMA explicó que, con el objeto de estudiar si los derechos arrendaticios sobre la explotación de las canteras sirven como garantía del cumplimiento de obligaciones, el Ayuntamiento de Macael, como concesionario de derechos mineros de la sección C de la Ley de Minas, tiene concertada la explotación de los mentados derechos mediante contratos de arrendamiento, autorizados todos ellos e inscritos en el Registro Especial de la Autoridad Minera de la Junta de Andalucía.
Así, tras estudiar la legislación vigente, en la que se contempló la Ley de Minas y la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de la Posesión, se determinó que dado que el contrato tipo de arrendamiento tiene prevista la transmisión de los derechos del arrendatario, estos son susceptibles de constituir la inscripción registral por lo que, constituyen una "garantía real".
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