SEVILLA.- Una sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Servicio Andaluz de Salud
(SAS) por no limitar el acceso a los cargos intermedios a personal con
plaza fija. En concreto, la sentencia ganada por la asesoría jurídica
del Sindicato de Enfermería (SATSE) de Sevilla, considera que la
condición de temporal impide el acceso a un puesto que permitiría una
vinculación indefinida sin superar un proceso selectivo con garantías
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA
en Sevilla, contra la que no cabe recurso y que condena en costas a la
Administración, rechaza así el recurso interpuesto por el SAS contra
otro fallo que ya anulaba la convocatoria de un cargo intermedio de Jefe
de Bloque de Enfermería del Hospital Virgen del Rocío mediante el
sistema de libre designación.
En sus fundamentos jurídicos, la sentencia del TSJA recuerda al
SAS que el Supremo ya expuso con rotundidad que "para acceder al puesto
de cargo intermedio es necesario ser personal funcionario o
estatutario". En este sentido, expone que los temporales "son nombrados
por razones de necesidad y urgencia", pero "no tienen relación
estatutaria o vinculación con la Administración al no haber superado el
proceso selectivo con garantías constitucionales".
Así, el TSJA considera que la condición de temporal "impide el
acceso a una plaza con carácter indefinido prorrogable", como es en este
caso el convocado de Jefe de Bloque de Enfermería, "que permitiría una
vinculación indefinida vulnerando los principios constitucionales".
Por último, concluye el texto del Alto Tribunal andaluz
reafirmando que la vinculación necesaria para acceder a un cargo
intermedio no es otra que "la que se produce por nombramiento legal tras
superar el correspondiente proceso selectivo en el que se garantiza
debidamente la observancia de los principios constitucionales de
igualdad, mérito y capacidad".
Tras conocer la sentencia, SATSE ha mostrado a traves de una nota
su satisfacción, ya que considera que "pone las herramientas para evitar
el enchufismo en los nombramientos de cargos intermedios en el SAS".
Según recuerda SATSE, la sentencia del TSJA "ahonda en
pronunciamientos anteriores" que condenaban al SAS por permitir el
acceso a un puesto intermedio a cualquier persona ajena a la
Administración Pública. "Ahora, no sólo tiene que ser personal
funcionario o estatutario sino que además tiene que ser fijo", recalca
el sindicato.
Para SATSE, "una vez más son los tribunales los que dejan en
evidencia que el modelo de Unidades de Gestión Clínica (UGC) que quieren
imponer a golpe de convocatorias de cargos en BOJA desde la Consejería y
la Gerencia del SAS es una puerta de atrás para acceder al sistema".
Un modelo, subraya este sindicato, "que cuenta además con el
rotundo rechazo de los profesionales y que, tal y como señalan los
fallos judiciales, favorece el enchufismo". Por este motivo, ha
reclamado al SAS "una vez más" que "cese en estas prácticas irregulares y
deje de despilfarrar el dinero de los ciudadanos en una batalla
judicial perdida".
No hay comentarios:
Publicar un comentario