viernes, 5 de noviembre de 2010

La Junta dijo al Ayuntamiento de Carboneras que El Algarrobico "debía" clasificarse como "suelo urbano consolidado"

ALMERÍA.- La Junta de Andalucía advirtió al Ayuntamiento de Carboneras de que el sector ST-1, donde se asienta el hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras, "debía" estar clasificado como "suelo urbano consolidado" en la normativa urbanística municipal aprobada a finales de 2009 y en la que se autorizaba, de manera implícita, la construcción de unas 250 viviendas en el interior del parque natural de Cabo de Gata-Níjar.

   La entrada en vigor del citado Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), que contó con la valoración favorable de la Comisión Interdepartamental de Valoración Territorial y Urbanística de la Junta, ha dado lugar a que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) prohibiese el pasado día 28 al alcalde, Cristóbal Fernández (PSOE), la ejecución de cualquier actuación urbanística en la zona al estar pendiente de resolución judicial cuál debe ser el nivel de protección del paraje.
   El informe preceptivo emitido por la Dirección General de Urbanismo de la Consejería andaluz de Vivienda y Ordenación del Territorio, al que tuvo acceso Europa Press, comunica al Consistorio que el documento para la adaptación parcial de las NNSS, por la que se aprobó el citado PGOU, "no cumple" con la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y desgrana siete deficiencias además de aportar otras tantas consideraciones a la planimetría que adjunta el documento.
   Entre estas últimas, apunta que el sector ST-1 'Algarrobico' aparece en lo enviado por el Ayuntamiento como suelo urbanizable ordenado, "debiendo estar clasificado --ahonda-- como suelo urbano consolidado al contar con los requisitos que marca la LOUA, según la memoria justificativa de la adaptación parcial".
   La normativa urbanística aprobada por el pleno del Ayuntamiento de Carboneras tras el informe favorable de la Junta de Andalucía provocó que el TSJA acordase requerir el pasado mes de mayo al regidor de Carboneras para que se abstuviese de actuaciones urbanísticas en el paraje de El Algarrobico so pena de incurrir en un presunto delito de desobediencia al tiempo que le advertía de que cualquier ejecución sería "nula".
   El Alto Tribunal andaluz declaró firme la prohibición en un auto dictado el pasado día 28 por el que desestimaba el recurso de suplica del Consistorio carbonero y, además, establecía que sobre la zona pesa cautelarmente en la actualidad el nivel de protección del que gozaba en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata de 1994, que lo calificaba de "espacio natural protegido, no urbanizable" frente a que Junta y Ayuntamiento sostienen que estaba clasificado como zona D2 o "no incompatible con el uso urbanístico".
   El TSJA mantiene suspendido de forma parcial el PORN que aprobó la Junta de Andalucía en 2008 desde poco después de su entrada en vigor al considerar, entre otras, que la nueva regulación podría "reactivar" el uso turístico del hotel construido por Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico.

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