martes, 19 de octubre de 2010

Cajamar recurrirá la sentencia que declara abusivas las cláusulas de suelo de las hipotecas

ALMERÍA.- La entidad financiera Cajamar Caja Rural ha anunciado que recurrirá ante la Audiencia Provincial de Sevilla la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de la misma ciudad por la que declara abusivas las cláusulas de suelo de las hipotecas, por lo que obliga a esta caja de ahorros, junto con otras dos y un banco, a eliminarlas y a abstenerse de utilizarlas en los sucesivos contratos.

   Fuentes de la entidad han explicado que se elevará un recurso de apelación ante este fallo, de igual modo que lo harán otras de las entidades condenadas, de manera que la inclusión de estas cláusulas serán pertinente hasta que se resuelvan los recursos. No obstante, la demandante, la asociación de consumidores Ausbanc, adelantó en rueda de prensa que solicitarán al juez la ejecución provisional de la sentencia.
   "Declaro la nulidad, por abusivas, de las denominadas 'cláusulas de suelo' en los préstamos hipotecarios a interés variable con consumidores (...), dado el desfase apreciado de las mismas en relación a las cláusulas techo que las acompañan", dice la sentencia, en la que el juez Miguel Ángel Navarro explica que el abuso reside en el "evidente desfase" que existe entre los suelos y techos de los préstamos hipotecarios, que proporciona un beneficio al banco que carece de "reciprocidad en perjuicio del consumidor".
   Así, la sentencia concluye que mientras el suelo de interés fijado señalado en las cláusulas "es asumible" por el usuario, el techo supone "sencillamente imposible", por su desproporcionalidad. "El tope máximo es tan alto que estadísticamente nunca se va a dar", concluye el juez.
   No obstante, fuentes del sector financiero señalaron que existe un informe del Banco de España emitido a petición del Senado en el que manifiesta la "lícita" inclusión de cláusulas de suelo en los préstamos hipotecarios al entender que asume parte del precio por la concesión de operaciones, de manera que entiende que "no puede considerarse que haya imposición de una parte a otra" con la introducción de estas cláusulas.
   Las mismas fuentes han advertido además de que ante las quejas y reclamaciones en este sentido presentadas ante el Banco de España por parte de consumidores han sido resueltas por los servicios consultivos "siempre a favor de las entidades financieras".

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