ALMERÍA.- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
ha dado la razón a tres comerciantes de Almería capital y les ha reconocido
su derecho a ser indemnizados por el Ayuntamiento y la UTE
Gestvivienda-Construaran debido a los daños y perjuicios que les
ocasionó la demora en obra para la construcción del aparcamiento
subterráneo de la calle Obispo Orberá entre los años 2002 y 2004.
La sentencia del Alto Tribunal estima los recursos de apelación
interpuestos por dos de los perjudicados contra el fallo del Juzgado de
lo Contencioso-administrativo nº 1 de Almería, que reconoció
únicamente el derecho a indemnización a uno de ellos. No obstante,
admite también parcialmente la impugnación de la UTE demandada y rebaja a
la mitad la indemnización de 90.743,70 euros que fijó para Antonio
Belmonte.
La resolución subraya que
los demandantes "no tenían el deber de soportar el daño que las obras
podían provocar" y añade que esos "daños o molestias no se pueden
incluir en aquellos que debe soportar cualquier persona por el
funcionamiento de los servicios que se prestan".
"Lo único cierto es que se han ejecutado unas obras que han podido
provocar daños a terceros, sin que estos tengan la obligación de
soportarlos", remarca.
El Alto Tribunal no entra, sin embargo, a fijar la cuantía que
deben percibir como indemnización tanto Guillermo Blanes como Juan Mañas
y emplaza al momento de ejecución de sentencia para concretarla. El
primero cifró el lucro cesante en las tiendas de su propiedad en un
máximo de 787.954.86 euros mientras que el segundo lo cuantificó en
70.000 euros.
Para la sala de lo contencioso-administrativo resulta evidente que
la ejecución del aparcamiento provocó "graves dificultades de
circulación, incluso por la acera" y produjo una "disminución sensible
del flujo de viandantes potenciales, que utilizaban vías alternativas,
habiendo observado --añade-- una disminución de la cifra de negocios de
todos los que se encontraban en la zona".
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