SEVILLA.- Centros educativos, residencias de mayores, farmacias, centros de
trabajo, campings, hoteles, oficinas y centros de las Administraciones
públicas así como dependencias de la Policía Local son los nuevos
lugares en los que será obligatorio contar con desfibriladores. Por ello
apuesta la Junta de Andalucía en su proyecto de nuevo decreto para
regular la instalación y utilización de desfibriladores externos
automatizados fuera del ámbito sanitario.
Dicho texto está en exposición pública y apuesta por
"ampliar la relación de espacios y lugares en los que se hace
obligatorio la disponibilidad de desfibriladores con respecto a la
normativa anterior, permitiendo, además, la instalación voluntaria de
estos productos sanitarios en otros espacios, y aborda una nueva
regulación del registro andaluz de desfibriladores externos
Automatizados, como instrumento que garantice, mediante la publicación
en abierto de los datos georreferenciados, la accesibilidad a estos
dispositivos".
La actual legislación fija la obligatoriedad de
contar con desfibriladores en grandes superficies minoristas,
instalaciones de transporte, centros deportivos y establecimientos
públicos con gran afluencia.
La propuesta de la Junta pasa por disponer
de estos aparatos de manera obligatoria en hoteles de más de 200 plazas;
campings con más de 200 plazas; colegios con más de 1.000 plazas
--deberán contar con un sistema de "atenuación de la dosis de la
descarga" para niños en edades comprendidas hasta los ocho años--;
centros de trabajo con más de 200 trabajadores; y residencias de mayores
que dispongan de, al menos, 100 plazas para residentes.
En
las localidades que dispongan de policías locales se dispondrá de al
menos un desfibrilador que deberá ser portado en un vehículo patrulla
operativo. En las localidades de más de 30.000 habitantes, se dispondrá
al menos de un DEA en la mitad de los vehículos patrulla operativos.
Podrá hacer uso del desfibrilador el personal que esté en posesión
de alguna de las siguientes titulaciones: en Medicina y Cirugía o Grado
de Medicina; diplomatura universitaria en Enfermería o Grado de
Enfermería; y técnico en Emergencias sanitarias.
También podrán
utilizarlo todas aquellas personas que estén en posesión de los
conocimientos en Soporte Vital Básico (SVB) y uso del desfibrilador
externo automatizado tras la realización de un programa de formación.
La formación necesaria para usar un desfibrilador por las personas
que no dispongan de los títulos académicos antes citados podrá ser
impartida por unidades de formación de los centros sanitarios del
sistema sanitario público de Andalucía; por centros de prevención de
riesgos laborales dependientes de cualquier Administración pública; por
mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; por
entidades o instituciones que formen parte del Consejo Español de
Resucitación Cardiopulmonar o por personas que estén autorizadas por la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Una vez finalizado y superado el proceso de formación, cada participante
recibirá un certificado que acredite su capacitación para el uso. Esta
acreditación deberá contener "de forma expresa" el período de su
validez, que será de tres años.
La Consejería de Salud y Consumo de la
Junta de Andalucía ha concedido a través del Centro de Emergencias
Sanitarias 061 --perteneciente al Servicio Andaluz de Salud (SAS)-- el
distintivo de 'zona cardioasegurada' a un total de 1.482 instalaciones
de instituciones públicas y privadas en la comunidad andaluza tras
cumplir con los requisitos en materia formativa e instalación de
desfibriladores externos semiautomáticos.
En una parada
cardiorrespiratoria, es fundamental la rapidez con que se inicie la
maniobra de reanimación cardiopulmonar básica, por parte de las personas
presentes, mientras llegan los servicios de emergencia.
Las
enfermedades cardiovasculares son la primera causa de muerte en el mundo
occidental y, entre ellas, ocupa un lugar destacado la muerte súbita
cardíaca que suele ocurrir, de manera mayoritaria, fuera del entorno
hospitalario.
Esto se debe a que la correcta atención a la
parada cardio-rrespiratoria consiste en la aplicación precoz de una serie
de acciones conocidas como cadena de supervivencia que incluye, por
este orden, el reconocimiento de la situación y activación del sistema
de emergencias sanitarias, el inicio inmediato de las maniobras de
soporte vital básico, la desfibrilación eléctrica precoz y la rápida
instauración de las técnicas de soporte vital avanzado.
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