ALMERÍA.- La Abogacía del Estado ha rechazado las pruebas parcialmente admitidas
por la Audiencia Nacional a petición de Ecologistas en Acción para
dirimir el procedimiento que pretende determinar si el Gobierno debe
proceder o no a la descontaminación radiológica de la pedanía de
Palomares a partir de la demanda presentada por la propia
asociación.
En una reciente providencia, la Sala de lo Contencioso-administrativo apunta que estudiará los
recursos de reposición sobre el auto de admisión de pruebas formulado
por la Abogacía del Estado y por la propia asociación conservacionista,
que reclamó que fueran admitidas otras pruebas que considera
"fundamentales" para la resolución del conflicto.
El
tribunal, que da traslado a las partes para que impugnen los escritos
contrarios, admitió una "versión preliminar" del Plan de Rehabilitación
de Palomares aprobado por el pleno del Consejo de Seguridad Nuclear
celebrado el 5 de mayo de 2010 y su desarrollo posterior así como un
informe sobre la limpieza de la zona emitido por la Asociación
Profesional de Técnicos en Seguridad Nuclear y Protección Radiológica,
aunque sin ratificación pericial de sus responsables.
Frente a
ello, la Abogacía del Estado considera que la asociación no habría
logrado identificar los hechos concretos objeto del litigio ni
relacionar los medios de prueba admitidos con esos hechos, por lo que ha
pedido que se revoque el auto de admisión de prueba.
De otro
lado, entra en los informes admitidos como pruebas periciales para, de
forma subsidiaria, pedir que se inadmitan o, en su caso, sean tenidos en
cuenta como una prueba documental, sentido en el que además no cabría
llamar a declarar a sus autores como ha solicitado Ecologistas.
Así, recalca que el Plan de Rehabilitación de Palomares "ni existe"
"ni fue aprobado por el Consejo de Seguridad Nuclear el 5 de mayo de
2010" si bien reconoce que sí hay una "propuesta preliminar" que fue
"informada" pero no aprobada por el órgano.
"El CSN no aprobó
ningún Plan de Rehabilitación de Palomares, sino que informó sobre la
propuesta preliminar de ese plan que, finalmente no sería aprobada
porque el CSN señaló que era necesario completar ese plan y,
posteriormente, decayó al no seguirse la tramitación necesaria para su
aprobación", ha mantenido.
En cuanto a la segunda pericial
propuesta basado en el informe sobre la limpieza de la zona emitido por
la Asociación Profesional de Técnicos en Seguridad Nuclear y Protección
Radiológica en el que se basó una respuesta parlamentaria, la Abogacía
afirma que dicho documento es "privado" y no puede ser considerado como
un informe pericial.
"Estamos ante una mera prueba documental
privada, es decir, un documento anterior al inicio del proceso sobre un
hecho relacionado con el mismo en el que una determinada persona
jurídica corporativa a través de quien la representa, traslada su
respuesta (y opinión) a una pregunta parlamentaria concreta", sostiene
el representante del Estado.
En su recurso ante la decisión sobre las pruebas a estudiar por parte
de la Sala, Ecologistas reclamó que se llamara a una serie de testigos y
peritos así como que se tuviera en cuenta toda la documental solicitada
ya que, de lo contrario, se limitaría su derecho a una tutela judicial
efectiva, según manifestaron.
Según su escrito, la AN no se
pronuncia sobre la petición de prueba documental efectuada por la
asociación conservacionista, que reclamó una "copia completa" del Plan
de Rehabilitación de Palomares aprobado por el Consejo de Seguridad
Nuclear (CSN) así como su desarrollo posterior hasta su completa
finalización.
El objetivo de esta prueba es "acreditar que el
citado plan está totalmente desarrollado" y "cumple con los criterios
radiológicos establecidos en el artículo 15 del Reglamento sobre
protección sanitaria contra radiaciones ionizantes y demás normativa",
han apuntado.
Ecologistas especifica que si bien la AN admite
la documentación que obra en el expediente administrativo remitido para
estudiar el caso, en el mismo solo consta una "versión preliminar" del
plan de rehabilitación "pero no su desarrollo posterior hasta su
completa finalización".
"El no mencionar en el auto la citada prueba,
causa indefensión a esta parte", apuntan antes de recordar que dichos
archivos ya "no están clasificados".
De otro lado, y frente a
la negativa de la Sala de hacer comparecer a los peritos que redactaron
tanto el Plan de Rehabilitación de Palomares como un informe sobre la
limpieza de la zona emitido por la Asociación Profesional de Técnicos en
Seguridad Nuclear y Protección Radiológica, Ecologistas insiste en sus
comparecencias al considerar que pueden aclarar determinados extremos de
unos documentos que datan de 2010 y 2018, respectivamente.
Con ello, estiman que la declaración del ex jefe del programa de
recuperación radiológica y ambiental del Departamento de Medio Ambiente
del Ciemat y a su vez autor del plan puede despejar la "controversia
existente" sobre el citado plan y su desarrollo posterior frente a las
dudas planteadas por la Abogacía del Estado, que se opuso a la demanda
así como a los postulados de los ecologistas.
"La Abogacía del
Estado sostiene que el criterio radiológico que se aplica en Palomares
es el de 0,1 mSv/año --milisieverts por año-- y esta parte sostiene que
es de 1 mSv/año", expone la asociación, que también incide en que el ex
responsable conoce si el desarrollo posterior al plan está finalizado o
no al tiempo que puede ofrecer explicaciones sobre su vigencia y
evolución posterior.
En cuanto al testimonio como perito de la
presidenta de la Asociación Profesional de Técnicos en Seguridad
Nuclear y Protección del CSN (Astecsn) como autora del segundo informe,
que sirvió de respuesta parlamentaria, Ecologistas cree "fundamental"
que ratifique algunos extremos, como que sería "urgente embidonar los
residuos radiactivos y almacenarlos en un almacén temporal."
El informe de la también presidenta del Colegio Oficial de Geólogos data
de diciembre de 2018, de forma que sobre el mismo "han surgido
variaciones, como por ejemplo la posibilidad de que los residuos
radiactivos sean aceptados por Estados Unidos, principal escollo para
limpiar Palomares", han añadido.
En cuanto a los testimonios del ex alcalde de Cuevas del Almanzora y
senador del PP, Jesús Caicedo, y del científico del Ciemat y consejero
del CSN, Francisco Castejón, cuya comparecencia fue rechazada.
Ecologistas insiste en que sean citados para dar cuenta desde sus
respectivas perspectivas los efectos que la contaminación en la zona.
Según Ecologistas, Castejón es "testigo de todo lo ocurrido en
Palomares" y puede determinar "las consecuencias que va a tener la
transformación del plutonio en americio y del motivo por el que no se da
la orden de limpiar Palomares", toda vez que, según recalcan, desde la
Abogacía del Estado plantea la posibilidad de que "sea preferible
abandonar los residuos radiactivos tal como permanecen en la actualidad a
proceder a su almacenamiento", según han indicado.
La entidad
afirma que el experto es "testigo directo de los efectos de la
radiactividad actual sobre los habitantes de Palomares" así como "de los
criterios radiológicos que en la actualidad se están aplicando" en la
zona, de modo que podría determinar si, como creen los ecologistas, los
residentes estarían recibiendo una radiación equivalente a "199
radiografías de tórax al año".
En cuanto al exalcalde cuevano,
en cuyo término municipal se integra Palomares, la asociación valora su
testimonio en cuanto a que es quien puede dar cuenta "del daño que se
está causando a la población y al desarrollo agrícola y turístico de la
zona" así como de "la necesidad de limpiar la radiactividad".
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