ALMERÍA.- El Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería ha condenado a un año y seis meses de prisión al ex presidente de la Asociación Provincial de Empresas Cosecheras-Exportadoras de Productos Hortofrutícolas de Almería (Coexphal) y de la cooperativa agrícola 'Vicasol', Francisco Rivas Martín, por comercializar entre sus asociados fitosanitarios no autorizados ni en España ni en la Unión Europea.
Según la sentencia, que firma el magistrado Luis Columna, existen “pruebas contundentes” de que Rivas “aconsejó y comercializó” durante las campañas agrícolas 2004,2005 y 2006 un producto denominado 'Thiosultap' conocido entre los agricultores como “Tango”, y que está prohibido en España y en Europa, por lo que le considera responsable de un delito contra la salud pública y le condena a una multa de ocho meses de prisión eludible con el pago de cinco euros diarios durante ese tiempo. El propio juez destaca que la pena es "bastante prudente" si se atiende "a la gravedad de los hechos enjuiciados".
El otro acusado es un perito de la cooperativa, a quien considera el juez conocedor de que la sustancia era usada en la finca de uno de los cooperativistas, pero no tuvo participación en su distribución. El magistrado detalla que si bien conocía que esos productos se estaban utilizando y que no consta que lo pusiese en conocimiento de la cooperativa o las autoridades sanitarias, su conducta no es punible ya que el delito contra la salud pública sólo pena la elaboración, el despacho, el suministro o el comercio de las sustancias ilegales.
La impunidad con la que actuaba Rivas era tal que ofrecía el producto en las asambleas en las que participaba, y que luego vendía lo que denominaba “productillos biológicos” en su propio despacho en bolsas de 250 miligramos a 75 euros cada una. Además, cuando el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil le detuvo, encontró en ese lugar esta sustancia y un listado de clientes.
En el relato de hechos probados de la sentencia, el magistrado descarta que como sostenía la defensa de Rivas, todo fuera un montaje de agricultores enemistados con él, y afirma que los testimonios acusadores no ofrecen dudas de que realmente la comercializaba.
Para el juez, esta sustancia, "por su composición y presentación sin etiquetar conlleva un riesgo muy elevado para la salud del consumidor que adquiere las hortalizas con ella tratadas".
Según la sentencia, que firma el magistrado Luis Columna, existen “pruebas contundentes” de que Rivas “aconsejó y comercializó” durante las campañas agrícolas 2004,2005 y 2006 un producto denominado 'Thiosultap' conocido entre los agricultores como “Tango”, y que está prohibido en España y en Europa, por lo que le considera responsable de un delito contra la salud pública y le condena a una multa de ocho meses de prisión eludible con el pago de cinco euros diarios durante ese tiempo. El propio juez destaca que la pena es "bastante prudente" si se atiende "a la gravedad de los hechos enjuiciados".
El otro acusado es un perito de la cooperativa, a quien considera el juez conocedor de que la sustancia era usada en la finca de uno de los cooperativistas, pero no tuvo participación en su distribución. El magistrado detalla que si bien conocía que esos productos se estaban utilizando y que no consta que lo pusiese en conocimiento de la cooperativa o las autoridades sanitarias, su conducta no es punible ya que el delito contra la salud pública sólo pena la elaboración, el despacho, el suministro o el comercio de las sustancias ilegales.
La impunidad con la que actuaba Rivas era tal que ofrecía el producto en las asambleas en las que participaba, y que luego vendía lo que denominaba “productillos biológicos” en su propio despacho en bolsas de 250 miligramos a 75 euros cada una. Además, cuando el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil le detuvo, encontró en ese lugar esta sustancia y un listado de clientes.
En el relato de hechos probados de la sentencia, el magistrado descarta que como sostenía la defensa de Rivas, todo fuera un montaje de agricultores enemistados con él, y afirma que los testimonios acusadores no ofrecen dudas de que realmente la comercializaba.
Para el juez, esta sustancia, "por su composición y presentación sin etiquetar conlleva un riesgo muy elevado para la salud del consumidor que adquiere las hortalizas con ella tratadas".
De hecho la operación de la Guardia Civil tuvo lugar tras nueve alertas sanitarias de países de la UE por pimiento almeriense con residuos de la materia activa no autorizada isofenfus metilo y que generó la llamada "crisis del pimiento", y provocó sanciones a 25 agricultores con multas de entre 50.000 y 100.000 euros y a 24 comercializadoras con 120.000 euros.
Hay que recordar que en marzo de 2007 Coexphal apartó de su cargo a Rivas hasta tanto no se resolviese el proceso judicial que ahora ha quedado sustanciado.
Hay que recordar que en marzo de 2007 Coexphal apartó de su cargo a Rivas hasta tanto no se resolviese el proceso judicial que ahora ha quedado sustanciado.
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