ALMERÍA.- El Tribunal Superior de Justicia de Granada (TSJA) ha ratificado la cesión ilegal de los trabajadores de las subcontratas Arborimar y Maviroad a la empresa mixta de servicios municipales Elsur, de El Ejido, desde el comienzo de los contratos de ejecución de obra entre ambas empresas y Elsur desde el 1 de enero de 2008.
La sentencia dictada por la Sala de lo Social del Alto Tribunal, sobre la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, señala que tanto Arborimar y Maviroad, pertenecientes al mismo grupo familiar encabezado por José Amate, imputado de hasta cinco delitos en el marco de la operación 'Poniente', proporcionaba a Elsur trabajadores pese a no ser empresas de trabajo temporal.
El texto ahonda además en el cargo que ocupaba Amate hasta octubre de 2008 como director de explotación de la empresa mixta Elsur y en que pese a que ambas subcontratadas poseían una plantilla de en torno a medio centenar de trabajadores "no disponen de estructura organizativa que las permitiera operar en el libre mercado en búsqueda de nuevos clientes u oportunidades de negocio".
Los razonamientos jurídicos abundan además en que ninguna de éstas empresas aporta maquinaria, vehículos ni otros útiles que son "imprescindibles" para el desempeño de su actividad productiva, entre los que tampoco se encuentran herramientas manuales o teléfonos móviles que son aportados por Elsur.
La sentencia ratifica el texto del Juzgado de lo Social 2 de Almería en la que se consideró que no se había probado que las subcontratas "se constituyan como empresas reales independientes" de forma que "su actividad "real se limitó al suministro de la mano de obra".
Así, se refiere también a que durantel la vista oral no se probó que las subcontratas "pusieran en juego una organización ni medios propios, ni tan siquiera que dispusiera de estos medios propios", un aspecto que, según puntualiza, estaban "obligados" según los contratos acordados con la empresa matriz.
Este primer texto judicial ratificado mantiene además las consideraciones indicadas en el acta de infracción elaborada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en la que, entre otros aspectos, se examinan las cuentas de las subcontratas.
En este sentido, el juez apunta que, sin que se haya contradicho mediante una pericial económica, se observa con claridad un "enorme desfase entre los gastos de ambas empresas y sus ingresos, y unos beneficios económicos superiores al 80 por ciento del volumen de negocio".
Este aspecto en torno a la relación de corrientes activos y pasivos de las subcontratas, señala el texto, "sólo es explicable si se trata de empresas realmente no dedicadas a la actividad para la que fueron contratadas, sino a la intermediación del contrato de trabajo", tal y como concluye además el informe de la Inspección de Trabajo.
Según se desprende de la sentencia, en el caso de Arborimar el volumen de negocio alcanzó el 60,52 por ciento mientras que en el caso de Maviroad, éste llegaba al 63 por ciento, de forma que ambas entidades superaban el 80 por ciento del canon pactado en octubre de 2008.
De esta manera, la prueba documental presentada por la defensa de las subcontratas, que llegó a alcanzar los 9.000 folios, no llegó a acreditar que las compras de las compañías fueran más allá de los consumibles, indumentarias y señales de tráfico. "Es claro que, sí se sumasen los gastos de personal con unos gastos similares destinados a productos --maquinaria--, el resultado económico no podría resultar tan ventajoso para la empresa".
La sentencia, que también da cuenta de los "abundantes lazos familiares" que existen entre los socios de las empresas de las subcontratas, pone de manifiesto además las declaraciones obtenidas a través de la prueba testifical en la que empleados de las subcontratas explican la funciones que realizaban venían ordenadas desde mandos de Elsur, así como que la maquinaria y herramientas utilizados también procedían de la sociedad matriz.
No hay comentarios:
Publicar un comentario