SEVILLA.- La Junta ha cancelado en el Registro de Turismo de Andalucía más de 9.200 viviendas de uso turístico durante 2024 y el primer semestre de 2025, dentro de las medidas adoptadas para el control, regulación y ordenación de estos alojamientos.
Por provincias, el balance de cancelaciones es de 670 en Almería, 1.064 en Cádiz, 620 en Córdoba, 1.674 en Granada, 389 en Huelva, 283 en Jaén, 3.426 en Málaga y 1.087 en Sevilla, según el balance presentado este miércoles al Consejo de Gobierno.
A estos resultados ha contribuido el Decreto 31/2024, que modifica diversas disposiciones en viviendas de uso turístico, establecimientos de apartamentos turísticos y hoteleros de Andalucía, al introducir la posibilidad de que los ayuntamientos, por razones de interés general, pudieran establecer limitaciones proporcionadas en el número máximo de viviendas de uso turístico por edificio, sector, ámbito, periodos, área o zona.
Además, regula la posibilidad de que la consejería con competencias en materia de turismo pueda celebrar convenios de colaboración con otras administraciones o con entidades privadas para facilitar el intercambio de información, para garantizar el cumplimiento de las exigencias contenidas en la normativa vigente y, en su caso, facilitar la labor inspectora de la Junta de Andalucía o de otras administraciones.
La Junta ha suscrito convenios con los ayuntamientos de Almería, Cádiz, Jerez de la Frontera, Granada, Málaga y Sevilla, encontrándose en vías de formalización con Córdoba, El Puerto de Santa María o Alhaurín el Grande, y tiene intención de suscribiros con dieciocho municipios más.
Además, se han adoptado, con carácter de urgencia, medidas que permiten a los ayuntamientos andaluces adecuar mejor y con mayor seguridad jurídica esta actividad económica al tipo de uso urbanístico más idóneo según su modelo de ciudad, preservando el medio ambiente urbano.
Así, se ha previsto que en los municipios en los que concurran razones imperiosas de interés general, el uso residencial de una parcela no habilitará por sí mismo la posibilidad de destinar las viviendas al alojamiento turístico, siendo necesario que el planeamiento urbanístico tenga previsto la compatibilidad del uso de alojamiento turístico con el residencial y que se obtenga la licencia o se haya presentado la declaración responsable correspondiente.
Asimismo, se ha facultado a los ayuntamientos para que puedan acordar la suspensión, con un plazo máximo de hasta 3 años, de las licencias y declaraciones responsables de viviendas de uso turístico para la totalidad del término municipal o para zonas o tipologías de edificación concretas.
Todo ello siempre que se justifique la necesidad y la proporcionalidad de dicha medida, no sólo con la aprobación inicial de dicha tramitación, como prevé la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, sino incluso antes de la misma, en el propio acuerdo que inicie el procedimiento de elaboración del instrumento de ordenación urbanística.
La habilitación legal ha permitido que ayuntamientos como los de Cádiz, Chiclana de la Frontera, Córdoba, El Puerto de Santa María, Granada, Málaga y Sevilla hayan acordado la suspensión de las licencias y declaraciones responsables de viviendas de uso turístico, mientras se tramita la modificación de sus planes generales de ordenación urbanística.
No hay comentarios:
Publicar un comentario