ALMERÍA.- La mercantil Azata del Sol ha rechazado la petición efectuada por la
Junta de Andalucía al TSJA para que fije un "plazo final y perentorio"
en el que el Ayuntamiento de Carboneras revise de oficio la
licencia de obras del hotel del paraje de El Algarrobico al entender que
los plazos que han de seguirse ya vienen marcados por la ley de
procedimiento administrativo, por lo que delimitar otro periodo
diferente "infringiría" la legislación vigente.
La promotora
apunta que cualquier "ampliación o matización ajena al fallo" que en
julio de 2021 obligaba al Consistorio carbonero a efectuar de oficio la
revisión de la licencia otorgada en 2003 supondría "quebrantar la cosa
juzgada material", según recoge en su escrito de impugnación contra el
recurso elevado por la Junta de Andalucía.
Cabe recordar que
la Administración andaluza recurrió en reposición la providencia del
pasado 30 de abril por la que la Sala de lo Contencioso-administrativo
de Granada ordenaba al alcalde de Carboneras, Salvador Hernández (C's),
que informara cada diez días de los trámites que se efectuaban para
revisar la licencia de obras que fue declarada nula judicialmente.
En su escrito, la representación letrada de la Junta también
reclamaba al TSJA que obligara al Ayuntamiento de Carboneras a remitir
de forma "inmediata" el expediente revisorio al Consejo Consultivo de
Andalucía (CCA); un aspecto que según Azata, corresponde únicamente al
Ayuntamiento.
"La competencia para iniciar y tramitar el
procedimiento de revisión de oficio le corresponde dicha administración,
quien deberá decidir en el ejercicio de su autonomía y competencia
(...), la necesidad de recabar, en su caso, el informe del Consejo
Consultivo en el citado procedimiento", determina la mercantil.
La Junta de Andalucía recurrió la decisión adoptada por el tribunal,
que resolvió otorgar más plazo al Ayuntamiento de Carboneras para
iniciar el expediente de revisión de la licencia después de que este
apuntara que había solicitado un informe a la Secretaría sobre el
procedimiento a seguir al respecto, lo que la Administración autonómica
entendió como un nuevo paso "dilatorio" para retrasar la anulación del
permiso municipal.
La falta de un plazo concreto y la
obligación únicamente de transmitir una información cada diez días, "sin
fijar actividad alguna" durante dicho tiempo, supone para la Junta "una
regresión en la ejecución" con respecto a su providencia anterior, del 6
de marzo, cuando se le dio un mes para que incoara el expediente que
pueda desembocar en el derribo del inmueble.
El Ayuntamiento
de Carboneras también ha impugnado el recurso de la Junta de Andalucía
ante su "total desacuerdo" con que las acciones municipales seguidas
supongan un "instrumento dilatorio" en el cumplimiento de la sentencia
"Lo que hace la primera autoridad municipal no es poner en duda o
dilatar injustificadamente la ejecución de la resolución judicial
dictada sino solicitar a la Secretaría los trámites obligatorios y
necesarios a realizar, es decir, el cómo de su ejecución", ha despejado
en su escrito el representante del Ayuntamiento, que apunta a la
necesidad de contar con un informe de la secretaria municipal al
respecto.
almeriaconfidencial@gmail.com / 'El poder más peligroso es el del que manda pero no gobierna' (Torrente Ballester) * Newsletter de opinión e influencia, fundado en 2009 sin afán de lucro ni subvencionado con dinero público o privado, por el periodista profesional Francisco Poveda, licenciado en la Universidad Complutense de Madrid desde 1976.
miércoles, 28 de mayo de 2025
Azata rechaza la petición de la Junta al TSJA de fijar plazo para revisar la licencia de Algarrobico
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario