jueves, 2 de noviembre de 2023

La Cámara de Cuentas ve "desfavorable" al control económico interno de El Ejido, con hasta 36 incumplimientos


SEVILLA.- La Cámara de Cuentas de Andalucía ha emitido una opinión "desfavorable" en su informe de fiscalización del control interno de la gestión económico-financiera y contable del Ayuntamiento de El Ejido (Almería), correspondiente al ejercicio de 2019 --para el periodo 2019-2021--, tras haber detectado hasta 36 incumplimientos legales "muy significativos" en el desarrollo de su actividad, los cuales "no resultan conformes con el marco normativo aplicable".

Según señala el órgano fiscalizador en su informe del pasado mes de octubre, el control interno realizado sobre las actuaciones del ejercicio 2019 en el municipio de El Ejido "no se ha ajustado, en todos los aspectos significativos, al marco normativo establecido", por lo que ha señalado una serie de "incidencias" con un "efecto muy significativo" ante las que también ha emitido varias recomendaciones.

Así, observan que no se ha remitido a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales (PTCU) la información relativa a la estructura del órgano de control, configuración y ejercicio del control interno, toda vez que tampoco se ha diseñado un sistema de supervisión continua en la prestación de servicios municipales prestados a través de entidades dependientes del Consistorio.

Asimismo, echa en falta una fiscalización previa de los derechos e ingresos de la Tesorería, que se sustituye en este caso por la toma de razón en contabilidad y un "control posterior" pese a que el Pleno del Ayuntamiento "no lo ha acordado".

La entidad andaluza ha comprobado la "falta de acreditación documental de la intervención" en la liquidación y pago de los gastos de nóminas y servicios, sentido en el que incluso se ha constatado que se realizan pagos "sin comprobar la adecuación al Plan de Disposición de Fondos" toda vez que otros se ordenan "con posterioridad a su materialización".

Como resultado de esta última forma de proceder, se determina que hay pagos que "no están debidamente conformados con anterioridad por el alcalde, el tesorero y el interventor", lo que infringe el procedimiento de tramitación de gasto en base a varias normativas y incluso "infringe la normativa propia del Ayuntamiento".

El informe de la CCA también identifica otros incumplimientos derivados de la función interventora del Ayuntamiento ante la falta de remisión a la PTCU de acuerdos y resoluciones adoptadas "en contra de reparos suspensivos formulados por el órgano de control". 

Asimismo, identifica que se tramitaron seis expedientes sobre acuerdos y resoluciones adoptados "con omisión del trámite de fiscalización previa" por un importe de 278.560,81 euros que tampoco se remitieron a la Plataforma de Rendición de Cuentas.

En cuanto al control financiero, el órgano echa en falta la elaboración en 2020 del Plan Anual de Control Financiero (PACF) del ejercicio, que debería incluir hechos económicos financieros acaecidos en el ejercicio 2019.

Del mismo modo, observa que no se realiza una serie de controles entre los que se incluye la auditoría de sistemas de los registros contables de facturas, el control financiero de beneficiarios y en su caso, entidades colaboradoras por razón de las subvenciones; los resultados más significativos del control en la contratación pública, y el control financiero posterior de gestión de derechos e ingresos.

Tampoco se ejerce el control financiero posterior de obligaciones y gastos sometidos a fiscalización previa limitada, el informe anual de cumplimiento de la normativa de morosidad, y la verificación del cumplimiento de obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos para los que no se ha producido su imputación presupuestaria.

El órgano de control municipal no realizó auditorías en la modalidad de cuentas de los organismos autónomos locales Instituto Municipal de Deportes y Radio Ejido, incumpliéndose dos artículos relativos al control de los mismos recogidos en el Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local

De otro lado, tampoco publicó ni remitió a la Intervención General de la Administración del Estado los informes de auditoría de cuentas realizados a las empresas municipales Desarrollo Urbanístico de El Ejido (DUE) y Centro Integral de Mercancías (CIM), en liquidación, lo que también lleva al incumplimiento del mismo Real Decreto.

Con respecto a los informes resumen de los resultados del control interno, se ha detectado que la confección del informe resumen correspondiente al ejercicio 2020 se realizó con posterioridad al plazo establecido en la normativa, toda vez que la remisión al Pleno de los informes correspondientes a los ejercicios 2019 y 2020 fueron realizadas también con posterioridad al plazo establecido.

La remisión a la Intervención General de la Administración del Estado del informe correspondiente al ejercicio 2019 se hizo fuera de plazo y el correspondiente al ejercicio 2020 no se remitió. Del mismo modo, el alcalde no elaboró el plan de acción correspondiente al informe resumen del ejercicio 2020, mientras que el órgano de control no informa al Pleno sobre el plan de acción correspondiente al informe resumen del ejercicio 2019.

Frente a estos incumplimientos, la Cámara de Cuentas de Andalucía recomienda al Ayuntamiento de El Ejido implantar medidas que permitan realizar una adecuada planificación, gestión y control de los plazos legales de remisión de información de control interno al propio órgano de control, al Pleno del Ayuntamiento y a otros órganos, así como establecer un sistema de supervisión continua de sus entidades dependientes.

También aconseja que se proceda a la fiscalización de la gestión de derechos e ingresos, o la sustitución de esta fiscalización por el control financiero posterior de la gestión de derechos e ingresos. 

Insta además a que las ordenaciones de pagos se adecúen al Plan de Disposición de Fondos y que los planes anuales de control financiero sean revisados para que tengan carácter anual e incluyan actuaciones a realizar para cada ejercicio, entre otros aspectos.

Por otra parte, se debe "aumentar la transparencia" en las labores de control con prácticas tales como dejar constancia de la conformidad, en su caso, de los extremos verificados a los que se extiende la función interventora, o la realización de las comprobaciones preceptivas de los requisitos necesarios para el reconocimiento de las obligaciones, dando la conformidad, en su caso, y que estas sean comprobadas antes de la ordenación del pago y del pago.

También se recomienda dejar constancia en todos los informes de omisión del trámite de fiscalización previa del importe de los gastos y si las prestaciones se han llevado a cabo efectivamente, así como publicar en la sede electrónica del Ayuntamiento los informes definitivos de auditoría pública.

Por último, la CCA pide realizar una serie de actuaciones como adaptar los estándares mínimos de control a la realidad del Ayuntamiento, dotar de más recursos humanos y medios técnicos adecuados al órgano de control interno y fomentar mecanismos de colaboración, para las actuaciones de auditoría pública, con otros organismos públicos o con firmas privadas de auditoría.

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