sábado, 9 de noviembre de 2013

Cantoria revoca la paralización del derribo de dos viviendas ilegales tras llevar el caso a Fiscalía la Junta

ALMERÍA.- El Ayuntamiento de Cantoria ha revocado la resolución dictada hace tres semanas en la que ordenaba que se paralizase el derribo de las dos últimas viviendas ilegales propiedad de ciudadanos británicos levantadas en el paraje Las Terreras y por las que tuvo que dejar la Alcaldía el regidor Pedro Llamas tras ser inhabilitado.

   Esta decisión se adoptó después de la Junta andaluza ejecutase subsidiariamente la demolición de otras dos casas en el mismo paraje las que pesaba tanto una sentencia en firme dictada por la Audiencia Provincial de Almería. En ese mismo acuerdo, el Consistorio acordaba incoar expediente administrativo sancionador contra la Consejería por haber, según señalaron, sin los permisos municipales pertinentes.
   Según ha indicado la Junta, el Ayuntamiento de Cantoria remitió el viernes a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio un escrito por la cual comunica una resolución del alcalde, Gaspar Masegosa García, en la que resuelve revocar la resolución, por lo que, según ha señalado, la Consejería "podrá concluir los trabajos de demolición pendientes, así como las tareas de retirada de los escombros que quedaron en la zona tras la paralización de la demolición".
   Cabe recordar que el 21 de octubre, la Junta puso en conocimiento de la Fiscalía de Almería la decisión ahora revocada del Ayuntamiento de Cantoria para la "depuración de las responsabilidades penales en las que pudieran haber incurrido las autoridades locales y las personas implicadas en dichos hechos."
   Según apuntaron en su momento fuentes municipales, la paralización respondía a que en el Consistorio no constaba la existencia de un "documento técnico de derribo" que garantizara la "seguridad" de operarios y transeúntes ni una "declaración de innecesariedad de licencia" municipal para esta actuación. "Cuando la documentación sea presentada, la actuación podrá continuar", indicaron
   Desde el Ayuntamiento de Cantoria sostuvieron, asimismo, para justificar la orden de Alcaldía de incoar expediente que, en el caso de las dos edificaciones que ya no están en pie, "no se sabe si existen o no documentos técnicos de derribo remitidos" al Consistorio "ni tampoco, por tanto, si están conformes o no a la normativa vigente".
   La Junta de Andalucía respondió que la administración local era "conocedora" de que se iba a proceder al derribo de dos de las viviendas ilegales y puntualizó que esta actuación para dar cumplimiento a una sentencia en firme y al procedimiento administrativo "no necesita" de licencia urbanística para su ejecución.
   Aludieron, al hilo de esto, a que el Reglamento de Disciplina Urbanística en desarrollo de la Ley 7/2002, en su artículo 10 respecto de los actos promovidos por las Administraciones Públicas fija que están exceptuados de licencia urbanística cuando se correspondan con "los actos necesarios para la ejecución de las resoluciones administrativa o jurisdiccionales dirigidas al restablecimiento de la legalidad urbanística".

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