MADRID.- Las inmigrantes víctimas de violencia de género o de trata podrán obtener el permiso de residencia, además de protección policial, según el acuerdo alcanzado en el Congreso que se incorporará a la reforma de la Ley de Extranjería actualmente en tramitación parlamentaria.
Según se informó en fuentes parlamentarias, el acuerdo se ha alcanzado en el seno de la Ponencia encargada de tramitar la Proposición de Ley Orgánica de modificación de los artículos 31 bis y 59 bis de Ley de Extranjería del año 2000.
En el texto de la enmienda transaccional respaldada por todas las formaciones se fomenta la protección de la mujer, tanto víctima de malos tratos como de trata, de tal forma que la expulsión a su situación de irregularidad no sea un "elemento disuasorio" a la hora de denunciar los malos tratos o la explotación sexual.
Es más, se les concederá un periodo de reflexión, que dura un mes, para que puedan poner su denuncia y también, en algunas ocasiones, colaborar con la policía en la lucha contra las mafias que trafican con mujeres.
Asimismo, esta protección a las víctimas se extenderá a su entorno familiar, con el objeto de las mafias no puedan ejercer presiones a la hora de interponer o retirar la denuncia.
De igual forma, la apertura de expediente de expulsión sólo se producirá en el caso de que demuestre que las víctimas han interpuesto la denuncia "con ánimo fraudulento", según el texto.
El Partido Popular fue el que presentó en el mes de febrero la reforma de la Ley de Extranjería del año 2000, que posteriormente fue respaldada por la Cámara para su "tramitación urgente", con el objetivo de modificar la normativa para que no se expulse del territorio nacional a mujeres que estando en situación irregular sean víctimas de violencia de género o de delitos de trata de personas con fines de explotación sexual.
En la actualidad, cuando una mujer acude a las fuerzas policiales a denunciar una situación de violencia de género y se encuentra en situación irregular se le incoa un expediente sancionador, que puede acabar en multa o en expulsión del territorio nacional. No obstante, este expediente, así como el que la víctima pudiera tener abierto previamente, queda suspendido hasta que se resuelve el procedimiento judicial por malos tratos.
Con la ley en vigor, la víctima accede a una autorización temporal de residencia durante el procedimiento si lo avala el Ministerio Fiscal y, una vez el maltratador es condenado o existe una resolución judicial que acredite su condición de víctima de violencia de género, accede a un permiso de residencia de larga duración.
En las propuestas de enmienda, los grupos quieren, además, que en los casos de sobreseimiento por ausencia del acusado la mujer pueda acceder también a la autorización, aunque no se haya producido la sentencia condenatoria necesaria que recoge la legislación actual.
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