martes, 17 de agosto de 2010

Seis años sin empleo y sueldo para un funcionario de prisiones por dar masajes

ALMERÍA.- Instituciones Penitenciarias ha suspendido de empleo y sueldo durante seis años a un jefe de servicio del centro provincial almeriense de El Acebuche que desde 2008 se dedicó de forma estable y con carácter profesional a dar masajes y vulneró por tanto varias normativas que dicta el régimen de incompatibilidades para los funcionarios públicos.

La sanción entró en vigor el pasado día 6, deriva de un expediente disciplinario incoado por falta muy grave y supone la suspensión de funciones y la pérdida de su destino en Almería, por lo que, una vez se declare firme, el funcionario, identificado como J.L.C., no podrá reincorporarse a su puesto actual y deberá concursar.

Instituciones Penitenciarias, que inició la investigación en septiembre del pasado año, considera que el empleado público violó el artículo 16 de la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas ya que, por el puesto que desempeñaba, percibía complementos específicos cuya cuantía supera el 30 por ciento de su retribución básica.

La resolución, que cuenta con un mes de plazo para ejercer recurso de reposición aunque puede impugnarse por la vía contencioso-administrativa, se suma a la suspensión cautelar que para el mismo funcionario dictó en abril la Dirección General de Instituciones Penitenciarias después de que quedase acreditado que utilizó "procedimientos inadecuados" en la gestión de su trabajo y a la espera de que concluyese una investigación por una la denuncia que fue interpuesta por uno de los internos de la prisión.

En la citada denuncia, el interno apuntaba a que el jefe de servicio suspendido había intentado practicarle "tocamientos" aunque, de momento, sólo quedó acreditado, entre otras por sus propias manifestaciones, que acudió a la celda del preso "a una hora y en una forma" en que no está permitido, lo que supuso una infracción al contravenir las normas de régimen interior que regulan este tipo de situaciones al poner en "riesgo como mínimo" la seguridad del centro.

El jefe de servicio suspendido, que fue absuelto en un tercer procedimiento anterior en el que estaba acusado de un presunto delito de abuso de autoridad a un compañero, explicó en su declaración que escuchó de madrugada "ruidos sospechosos" procedentes de la celda del denunciante y que decidió actuar dado que se había producido recientemente la evasión de dos presos del centro de Sevilla I. Las normas de régimen interno marcan, no obstante, que debería haber procedido de otra manera y haber acudido "como mínimo" en compañía de un funcionario.

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