jueves, 15 de julio de 2010

La Junta mantiene que el hotel en Cabo de Gata es "incompatible" con el "ordenamiento jurídico"

ALMERÍA.- El consejero andaluz de Medio Ambiente, Juan José Díaz Trillo, trasladó este jueves que la Junta de Andalucía "sigue pensando lo mismo" en torno al futuro del proyecto para construir un hotel en un paraje de especial protección dentro del parque natural Cabo de Gata-Níjar, que considera "incompatible" con el ordenamiento jurídico y con las características medioambientales del espacio.

Tras un acto en la Universidad de Almería (UAL), Díaz Trillo aseguró que la administración andaluza expresó "con absoluta claridad" su postura al incoar un expediente sancionar contra la empresa promotora, 'Circulo Agroambiental SL' por entender que vulneró la normativa al dar inicio el 28 de junio a los trabajos previos para la construcción del hotel, que carece de autorización ambiental unificada.

"En este caso hay mucho que hacer y poco que hablar", afirmó tajante para a continuación resaltar que el parque natural Cabo de Gata-Níjar goza de "una excelencia medioambiental" de la que, a su juicio, deriva "un enorme potencial para el desarrollo social, económico y turístico".

El expediente tramitado por la Junta de Andalucía tipifica la actuación de 'Círculo Agroambiental SL' como una falta grave, por lo que, una vez culminada su tramitación, podría derivar en una multa que oscila entre los 240.000 euros y los 2,4 millones de euros pese a que el Tribunal Supremo (TS) avaló mediante una sentencia dictada en mayo la licencia municipal de obras concedida por el Ayuntamiento de Níjar en 2001.

Previamente, la Delegación Provincial de Medio Ambiente había emitido una resolución en la que se advertía tanto a empresa como al Ayuntamiento de Níjar que no podría "ejecutarse ningún trabajo o actividad que pudiese afectar directa o indirectamente" al paraje hasta que no se diera vía libre a la adecuación del proyecto, una posibilidad que desde la administración andaluza tildan de "altamente improbable".

En concreto, la promotora debería adaptar el proyecto de hotel en El Campillo de Gata a lo previsto "en la directiva 92/43/CEE y normativa concordante" ya que la zona, enclavada en el parque natural, es Lugar de Interés Comunitario (LIC) y está sometido, además, a protección a través del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural Cabo de Gata-Níjar, que lo califica como zona B2, o lo que es lo mismo, "área seminatural con usos tradicionales y, por tanto, no urbanizable".

El Tribunal Supremo (TS) archivó el procedimiento incoado tras la demanda de la Junta después de que ésta desistiese de continuar con el recurso de casación interpuesto contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ya desestimó en 2009 otro recurso de la Administración en el mismo sentido por "defectos formales" en la argumentación y ratificó la validez de la licencia municipal.

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