MADRID.- Desde el pasado 14 de marzo, fecha en la que se declaró el estado de alarma,
España vive una situación de excepcionalidad. La población está
confinada con el objetivo de romper la cadena de contagios por la
Covid-19. Y esta restricción de movimientos, establecida en el artículo 7
del Real Decreto 463/2020, ha generado numerosas dudas entre los
ciudadanos por lo que se refiere a la movilidad personal, la
circulación de vehículos y la realización de trámites vinculados con
Tráfico. Con el objetivo de disiparlas, la DGT ha elaborado un listado de las preguntas más frecuentes y las ha contestado de forma clara y concisa.
¿Cuándo está permitido realizar desplazamientos en coche?
En general, está prohibido circular por las vías públicas mientras
dure el estado de alarma. Sólo se puede salir de casa para comprar
alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; ir a centros,
servicios y establecimientos sanitarios; acudir al lugar de trabajo;
regresar al domicilio; asistir al cuidado a mayores, menores,
dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente
vulnerables; ir a entidades financieras y de seguros; por una causa de
fuerza mayor o situación de necesidad. Asimismo, se puede ir a una
gasolinera para repostar del coche si se utiliza en los casos antes
citados.
¿Qué vehículos están exentos de la limitación de movimientos?
Durante el estado de alarma podrán circular libremente los
vehículos sanitarios y de emergencias; cuerpos de seguridad del estado;
auxilio en carretera; distribución de medicamentos, alimentación,
combustibles, equipamientos sanitarios, productos de limpieza e higiene,
materiales fundentes, mercancías perecederas; recogida de residuos
sólidos urbanos; conservación y mantenimiento de carreteras; fúnebres;
seguridad privada; pertenecientes a la Sociedad Estatal Correos y
Telégrafos, S.A; y otros vehículos que, no estando incluidos entre los
anteriores, los agentes encargados del control y disciplina del tráfico
consideren, en cada caso concreto, que contribuyen a garantizar el
suministro de bienes o la prestación de servicios esenciales para la
población.
¿Cuántas personas pueden ir en un vehículo?
Los desplazamientos autorizados deben realizarse de forma individual,
salvo que se acompañe a personas dependientes o por otra causa
justificada. En el caso que se deba viajar acompañado, puede viajar más de una persona en
vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, siempre y
cuando vaya un ocupante por fila, manteniéndose la mayor distancia
posible entre ellos.
¿Puedes llevar el coche al taller?
Sí, está permitida la apertura de los talleres
de reparación y mantenimiento de vehículos a motor así como las
actividades complementarias para los vehículos autorizados a circular.
No obstante, es recomendable contactar primero con el mecánico elegido
para comprobar que permanece abierto.
¿Puedes alquilar un vehículo?
Sí, los establecimientos dedicados al arrendamiento de vehículos sin conductor están
abiertos. Cabe recordar que solo se puede alquilar un coche para
realizar alguno de los desplazamientos permitidos en el Real Decreto del
estado de alarma (son los enumerados en el primer punto de este
artículo).
¿Qué pasa si te caduca la ITV durante el estado de alarma?
Si la ITV de tu vehículo ha caducado durante
el periodo del estado de alarma, éste se considerará prorrogado
temporalmente, pudiendo conducir sin ningún problema mientras dure este
periodo excepcional. Y es que, de hecho, los centros que realizan estas
inspecciones estarán cerrados mientras dure el estado de alarma.
¿Puedes conducir con el carnet caducado?
Los permisos cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de
alarma quedan automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta
sesenta días después de su finalización.
¿Cómo te afecta esta situación si eres un conductor extranjero?
Podrás seguir conduciendo en las mismas condiciones que antes de que
se declarase la situación de alarma. Además, el tiempo que dure la
situación de alarma no cuenta para el plazo de seis meses en el que
puedes conducir en España con tu permiso extranjero. De tal manera que
el cómputo de los seis meses de plazo se paraliza, reanudándose tan
pronto como acabe el estado de alarma.
¿Qué sucede si te estabas sacando un permiso de conducción y el
plazo para presentarte a examen termina durante el estado de alarma?
El plazo de vigencia que tuvieras para presentarte se verá
incrementado por el tiempo en que dure el estado de alarma, por lo que
no pierdes la convocatoria.
¿Están abiertas las jefaturas de Tráfico?
Las oficinas de Tráfico permanecerá temporalmente cerradas al público
mientras dure el estado de alarma, cancelándose las citas que
estuvieran previamente asignadas. De todos modos, la DGT ofrece la
posibilidad de acceder a prácticamente todos sus trámites de manera telemática a través de su web o con la app MiDGT.
No hay comentarios:
Publicar un comentario