SEVILLA.- La Consejería de Empleo, Formación y
Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha dirigido esta semana una
carta a la Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, con una serie de
sugerencias y peticiones que incluían la demanda expresa para que se
traten por igual, con el máximo nivel de protección posible, todos los
casos de trabajadores fijos discontinuos afectados por la crisis del
Covid-19, evitando "tratos desiguales y mermas en los derechos
únicamente por la fecha en la que deberían ser llamados", y entendiendo
que los periodos de inactividad entre trabajos de temporada tienen la
consideración de situación asimilada al alta.
En la carta a la ministra, la consejera, Rocío Blanco ha explicado
que "el contenido establecido en el art. 25.6 del Real Decreto Ley
8/2020, de 17 de marzo no puede llevar a una situación de cobertura
social diferente para los trabajadores fijos discontinuos que no han
sido llamados en la fecha de entrada en vigor del estado de alarma,
respecto de los trabajadores fijos discontinuos que sí lo han sido,
puesto que tanto unos como otros tienen sus contratos suspendidos por
motivo del Covid-19", según ha informado en una nota de prensa.
Se explica que esta diferencia en el tratamiento de unos y otros
con respecto al derecho a la prestación por desempleo "no es razonable",
ya que "los períodos de inactividad entre trabajos de temporada tienen
la consideración de situación asimilada al alta, de conformidad con el
art. 36.1.7ª del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se
aprueba el Reglamento general sobre inscripción de empresas y
afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la
Seguridad Social".
La consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, atendiendo a
las consultas en torno a la aplicación de las medidas recogidas en el
RDL 8/2020, de 17 de marzo del decreto de alarma y relacionadas con la
aplicación de ERTE por parte de las empresas afectadas, en su gran
mayoría pymes y micropymes, ha dictado instrucción que ha sido
comunicada a los agentes económicos y sociales sobre lo que se
interpreta legalmente del RDL 8/2020 para varias situaciones.
Así, aquellas situaciones en las que pueden encontrarse los
trabajadores fijos discontinuos son trabajadores dados de alta y
llamados por las empresas, que ven interrumpida su actividad como
consecuencia de la incidencia del Covid-19. Habrán de ser incluidos en
los ERTE que se presenten por las empresas, acreditando la situación
legal de desempleo mediante el correspondiente certificado de empresa.
Del mismo modo, todos aquellos cuyo llamamiento debió producirse con
antelación a la suspensión de la actividad empresarial habrán de ser
incluidos en los correspondientes ERTE, en cumplimiento de las normas
que regulen el orden y modo de llamamiento en la actividad.
También se incluyen a aquellos trabajadores en periodo de
inactividad, y que no pueden incorporarse al trabajo en la fecha
prevista a consecuencia del impacto del Covid-19. En estos supuestos,
constituye situación legal de desempleo la comunicación empresarial de
imposibilidad de reincorporación. Se acreditará mediante certificado de
empresa, a efectos del acceso a las prestaciones o subsidios que
correspondan en cada caso.
Se contempla igualmente a los trabajadores con la relación laboral
suspendida por cualquier otro motivo distinto (incapacidad temporal,
maternidad, paternidad, excedencia por cuidado de hijos, suspensión por
violencia de género, u otros), que no puedan reincorporarse a su puesto
de trabajo una vez finalizada la causa de suspensión como consecuencia
del Covid-19. En este caso, constituye situación legal de desempleo la
comunicación empresarial de imposibilidad de reincorporación. Se
acreditará mediante certificado de empresa, a efectos del acceso a las
prestaciones o subsidios que procedan.
En la carta de la consejera de Empleo de la Junta de Andalucía
también se plantean a la ministra otras cuestiones como la emisión de
nóminas semanales en vez de mensuales para que puedan cobrar el mayor
número de afectados conforme se resuelven sus ERTE sin tener que esperar
al próximo mes.
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