SEVILLA.- El Gobierno andaluz abrió 516 expedientes de reintegro por un importe de
1,1 millones a la mitad de las residencias beneficiarias de las ayudas
que concedió a este sector como consecuencia de la pandemia de
coronavirus durante los ejercicios 2020 y 2021, según figura en el
informe de fiscalización de la Cámara de Cuentas de esos incentivos
concedidos a centros de atención residencial y centro de día a las
personas mayores y a personas con discapacidad.
El total de centros beneficiarios de las ayudas fueron 1.035, la Junta
de Andalucía concedió 40,33 millones en esos incentivos, y las
reclamaciones de devolución de recursos no justificados se dirigieron a
516 centros.
El trabajo de la Cámara de Cuentas revela que "de los 516 centros
que tienen abierto expediente de reintegro, 129 centros, el 25% del
total, han ingresado las cantidades percibidas indebidamente durante el
plazo otorgado en el acuerdo de inicio de expediente", una suma que
asciende a 107.604,65 euros, una décima parte del dinero total que
reclama la Junta de Andalucía.
Sobre las causas que originan
los expedientes de devolución de los fondos percibidos, el informe del
organismo de fiscalización externa apunta conceptos como "acreditación
inferior al importe recibido, diferencia en el nivel de ocupación, no
acredita el gasto".
De los 1.035 centros que recibieron fondos,
fueron 965 los que justificaron el gasto, mientras que hay 76 con
incidencia, de las cuales ocho lo hicieron fuera de plazo, 44 no
acreditaron el gasto y otros 24 están pendientes de revisión.
Las ayudas las concedió la Administración autonómica a través de los
decretos-leyes 31/20, 15/21 y 23/21. El desglose provincial apunta que
esos 40,33 millones se distribuyeron así: Almería (3,97 millones, el 10%
de las ayudas); Cádiz (6,01 millones, 15%); Córdoba (5,86 millones,
15%); Granada (4,77 millones, el 12%); Huelva (2,64 millones, 7%); Jaén
(4,13 millones, 10%); Málaga (5,5 millones, 14%); y Sevilla (7,36
millones, 18%).
El organismo de fiscalización externa
describe que "el procedimiento de reintegro de las cantidades
indebidamente percibidas se regula en el Decreto 197/2021, que aprueba
el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General
de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria", a la vez que
precisa que "a la fecha de redacción de este informe, únicamente consta
iniciado el expediente de reintegro correspondiente a las medidas de
apoyo económico reguladas en el Decreto Ley 31/20".
Este trabajo forma parte del Plan de Actuaciones para 2022 de la Cámara de Cuentas.
En una nota de prensa sobre el informe, la Cámara de Cuentas ha
indicado, sobre el resultado de la fiscalización, que "ha emitido una
opinión favorable con salvedades", conclusión que fundamenta en aspectos
como que "el procedimiento de gestión de las medidas de apoyo económico
no exige la documentación que acredita la realización del proceso de
instrucción sobre las solicitudes presentadas y del seguimiento y
control de la documentación justificativa de los gastos incurridos",
hecho que supone un incumplimiento de la Ley 39/2015 del Procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP).
Prosigue explicando la nota sobre el trabajo del organismo
fiscalizador que "de la revisión efectuada a 283 expedientes, que
corresponden a la muestra seleccionada, se ha detectado incidencias2
como que "4 expedientes incumplen el artículo 4 del Decreto Ley 15/21,
que regula que los abonos serán concedidos atendiendo a las
manifestaciones contenidas en las declaraciones responsables en la que
se acredita el cumplimiento de los requisitos para constituirse como
beneficiario".
De igual forma prosigue explicando que "en
cinco expedientes se incumple el artículo 7 del Decreto Ley 15/21, que
establece que la solicitud ha de presentarse antes del 30/09/2021", a lo
que suma como "recomendación con una prioridad media, hacer uso de la
prerrogativa de comprobar el contenido de las declaraciones responsables
y exigir la documentación que acredite los procesos que se realicen y
la documentación que ha de aportar".
"En relación con el
proceso de ejecución del procedimiento, en 5 expedientes no consta la
aportación de la documentación justificativa de los gastos y en 46
expedientes se han justificado gastos por cuantía inferior a la abonada,
incumpliendo los artículos 7.e) y 9.6 del Decreto Ley 31/20, 2.e) y 5
del Decreto Ley 15/21 y 4 del Decreto Ley 23/21", así como que "en 7
expedientes consta la presentación de la documentación justificativa
fuera del plazo preceptivo que se determina en los Art.9 del DL31/20,
Art.5 del DL 15/21 y Art.4 del DL23/21, respectivamente".
"En
17 expedientes constan incidencias relacionadas con la documentación que
ha de aportar por las entidades beneficiarias para la acreditación de
los gastos objeto de las medidas económicas, determinadas en las
instrucciones que desarrollan el proceso", entre ellas apunta un
expediente con 4.000 euros más del importe realmente justificado por el
centro, junto con otro expediente con dos facturas, por un importe total
de 2.858,61 euros que no corresponden al periodo elegible de la medida,
"lo cual supone que le han otorgado validez a un importe no
justificado, cuando procede el reintegro por este importe".
También señala la Cámara de Cuentas que "en otro expediente no consta la
documentación del pago de las nóminas, cuando es un requisito explícito
para la acreditación de los gastos de contratación de personal
refuerzo".
El organismo de fiscalización externa indica como
"recomendación con una prioridad media: delimitar, mediante directrices
definidas, las funciones a realizar por los Servicios Territoriales con
el fin de otorgar homogeneización en las actuaciones que desarrollan los
procedimientos administrativos".
A esto suma "realizar, por
Servicios Centrales, una revisión a la documentación integrante de los
expedientes con la finalidad de homogeneizar la idoneidad de la
documentación y aunar criterios para el pago de las medidas de apoyo
económico y para el procedimiento de reintegro".