MADRID.- El Ministerio de
Consumo ha desaconsejado este jueves en la población general el uso de
mascarillas tipo FFP2, el modelo que la Comunidad de Madrid está distribuyendo
gratuitamente en las farmacias, y ha recordado que éstas sólo están
recomendadas para profesionales en contacto con el virus y colectivos
vulnerables bajo prescripción médica.
La
Asociación de Empresas de Equipos de Protección Individual advirtió ya
ayer en un informe que este dispositivo presenta hasta 19 fallos y no
se adecúa al Reglamento 2016/425 de la Unión Europea.
Para la población general, el Departamento que dirige Alberto Garzón sugiere el uso de las mascarillas higiénicas en el caso de las personas sanas y sin contacto con la COVID-19 y de las quirúrgicas para
las personas que hayan resultado contagiadas, tengan síntomas o sean
positivas asintomáticas, tal y como especificaban en la guía que
facilitaron en la víspera en que el uso de este tipo de protección se
convertía en obligatorio para los viajeros en transporte público.
El tercer grupo de mascarillas, las tipo EPI (equipo
de protección individual), entre las que se encuentran las FFP2, están
recomendadas sólo para personas en contacto con el virus y para grupos
vulnerables, siempre bajo prescripción médica.
Este tipo de mascarillas pueden dificultar la respiración más
que las mascarillas higiénicas o quirúrgicas, "por lo que personal no
especializado puede tender a tocarlas y recolocarlas continuamente, con
el consiguiente riesgo de contaminación", advierte Consumo.
Además, las personas que realizan actividades físicas o algunas personas
con dificultades respiratorias pueden no tolerarlas, por lo que Consumo
insiste en que su uso, por quienes no son profesionales, debe realizarse con prescripción médica.
Además, avisa de que al ser material principalmente destinado a profesionales, puede generar una falsa sensación de seguridad,
que relaje el mantenimiento del resto de medidas de seguridad y
prevención de imprescindible cumplimiento, como son la distancia física y
el lavado de manos.
Desde ayer, este tipo de mascarillas ha dejado de ser dispensada a menores de 4 años
por prescripción de Salud Pública, que advierte de que no es
"recomendable" para esta franja de edad. Solo se entregan actualmente
por orden de la Consejería de Sanidad a los nacidos hasta el 13 de mayo
de 2016
a raíz de la retirada solicitada de los Coordinadores de Pediatría de Atención Primaria.
Correcto etiquetado
El Ministerio de Consumo recuerda que es imprescindible que todas las mascarillas contengan una etiqueta con la información obligatoria según
la legislación aplicable. Esto incluye los datos relativos a su
reutilización y, si procede, los usos permitidos y número de lavados que
pueden hacerse sin que el producto se resienta, así como método de
lavado de la mascarilla.
En el caso de las mascarillas etiquetadas con la norma europea para equipos de protección individual, el etiquetado del embalaje debe contener datos del fabricante,
clase de protección (FFP1, FFP2 o FFP3), la frase "véase la información
suministrada por el fabricante", la indicación R o NR en caso de que
sea reutilizable o no reutilizable, condiciones de almacenamiento, uso,
limpieza, mantenimiento y desinfección.
Consumo advierte de que es obligatorio que toda la información que acompaña al producto esté escrita, al menos, en castellano,
ya que si no puede provocar problemas de seguridad al usuario, como que
personas alérgicas a determinados materiales estén usando mascarillas
con información en inglés y chino.
Las obligaciones relativas a
la seguridad -subraya Consumo- son aplicables "independientemente de que
el producto se ponga a disposición del consumidor a título oneroso o
gratuito, en el marco de una actividad comercial".
Además, la información que acompaña a la mascarilla debe esclarecer al usuario la vida útil del producto y las condiciones en las que usar el producto en ese periodo de tiempo.
En
lo referente a su certificación, el Ministerio de Consumo recuerda que
antes de usar una mascarilla EPI, en caso de que incluya el marcado CE,
hay que comprobar que está acompañado de los cuatro dígitos que indican
la conformidad de un Organismo Notificado reconocido previsto en el
reglamento UE (2016/425).
El Ministerio de Consumo pide a todas
las administraciones que sigan las recomendaciones del Gobierno y que
cumplan la legislación aplicable sobre EPI, los supuestos establecidos
en la Resolución del 23 de abril de 2020 de la Secretaría General de
Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, y la legislación básica de
información y garantías para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
No hay comentarios:
Publicar un comentario