viernes, 27 de marzo de 2020

Así quedan los ERTE en estado de alarma

MADRID.- La crisis económica derivada de la emergencia sanitaria del coronavirus está teniendo un reflejo evidente en el empleo. Miles de trabajadores se han visto ya afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE, por sus siglas), una herramienta ya existente que el Gobierno ha facilitado para que las empresas no se vean abocadas al despido. Este viernes, de hecho, el Consejo de Ministros prohibió despedir por causas económicas, técnicas, de producción o de fuerza mayor derivadas de la crisis.

¿Qué empresas pueden hacer un ERTE?

Todas las compañías podrán acogerse a un despido temporal de la totalidad o parte de sus trabajadores en un plazo de días siempre que demuestren que se su facturación se ha visto perjudicada sensiblemente por el parón económico causado por el coronavirus. 
Eso incluye a las pymes y los autónomos que tengan empleados a cargo, y también a las empresas que siguen pudiendo abrir porque ofrecen productos o servicios de primera necesidad, pero que han visto rebajados sus ingresos de tal forma que no pueden hacerse cargo de algunos sueldos. Y también a las cooperativas, cuyo consejo rector podrá aprobar un ERTE si la asamblea no puede reunirse por el confinamiento.

¿Puede tumbarlos Trabajo?

El espíritu de la medida es el contrario: facilitar los despidos temporales para evitar que se las empresas que pierdan ingresos con la crisis sobrevenida despidan gente definitivamente o quiebren. Pero el Ministerio de Trabajo puede rechazar los ERTE (al menos en parte) si entiende que no responden a una pérdida sensible de ingresos por el coronavirus.
De hecho, este viernes la ministra del ramo, Yolanda Díaz, aseguró que todos los expedientes serán revisados por la Inspección de Trabajo "de oficio" para impedir los abusos. "Si existe cualquier fraude, las empresas afectadas tendrán que devolver cada céntimo, incluida la prestación por desempleo" de los trabajadores despedidos, avisó Díaz.

¿Qué tienen que hacer los empleados?

Absolutamente nada. La prestación por desempleo que corresponde a los trabajadores tendrá que tramitarla la empresa y no el empleado afectado. Y todos los afectados por un ERTE tendrán derecho a ella incluso aunque no tuvieran suficientes horas cotizadas.

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