ALMERÍA.- El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de dos años y tres
meses de cárcel impuesta a un vecino de Almería por maltratar durante 17
años a su esposa y abofetear a una de sus hijas menor de edad por un
comentario "que no fue de su agrado".
El Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la
defensa y ratifica en todos sus pronunciamiento el fallo de instancia
que le condenó como autor de un delito de maltrato habitual agravado en
el ámbito de la violencia de género y otro delito de maltrato familiar.
Según indica la sentencia, acusado y
víctima estuvieron casados 17 años tras lo que, "debido a la crisis de
su relación", ambos dejaron de convivir en el domicilio, separándose de
hecho.
Remarca que, en el curso de la relación matrimonial de ambos, con
"agravación tras la separación", sometió de forma continuada a su esposa
"a una situación de dominio y control, en presencia de las hijas
menores de ambos y en el domicilio familiar, al que también acudía tras
la separación".
Así, detalla la resolución agresiones físicas, tales como empujones,
puñetazos en las piernas o en los brazos y pisotones, y psicológicas con
las que la "degradaba y menospreciaba" a la víctima, controlando su
vida diaria "hasta el punto de encerrarla en la cocina para olfatearla y
comprobar si tenía marcas en la cara que reflejaran supuestas
relaciones con otro hombres".
También la amedrentaba "espetándole te voy a arruinar la vida,
tienes hasta el 31 de diciembre para confesar los adulterios o te busco
la ruina, si se te ocurre denunciarme o abres la boca, te mato", lo que
generó en su excompañera "miedo y temor, con sintomatología depresiva
leve".
"Harta de la situación", según remarca el tribunal, la mujer denunció
los hechos en febrero de 2016 ya que, durante la Cabalgata de Reyes,
estando presente la hermana de ella, el acusado, ante un comentario
realizado por una de sus hijas menores, "que no fue de su agrado, le dio
un guantazo en la boca, sin lastimarla".
La sentencia le impone alejamiento de su exmujer e hija por periodo
de cuatro y dos años, respectivamente, y le obliga al pago de una
indemnización de 3.000 euros.
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