MADRID.- El Gobierno ha prorrogado los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes
no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública hasta el próximo 15 de junio.
Así lo recoge una Orden publicada este viernes en el Boletín Oficial
del Estado (BOE), que aboga por extender la aplicación de esta medida de
restricción temporal adoptada el pasado 17 de marzo por los miembros
del Consejo Europeo para limitar la expansión de la pandemia, que se ha
ido prorrogando tras evaluar la situación.
Así, la orden regula el cierre de fronteras durante la desescalada y
también acota las llegadas desde otros países por mar y aire -solo en
los que se permita la entrada- a cinco aeropuertos y ocho puertos
españoles. Los aeropuertos de El Prat (Barcelona), Barajas (Madrid), Gran Canaria, Málaga y Palma de Mallorca; y los puertos de Barcelona, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Málaga, Palma de Mallorca, Tenerife, Valencia y Vigo.
De esta forma, los únicos nacionales de terceros países de la Unión
Europa que podrán viajar son los residentes que se dirijan a su lugar de
residencia, los titulares de un visado de larga duración expedido por
un país miembro al que se dirijan y los trabajadores transfronterizos.
Además, están autorizados a desplazarse los profesionales sanitarios o
del cuidado de mayores que regresen de realizar su labor, el personal
dedicado al transporte de mercancías, el personal militar, diplomático o
consular y aquellas personas que acrediten causas de fuerza mayor o
motivos familiares imperativos.
Así, se permitirá entrar en España, entre otras, a las personas
registradas como residentes que se dirijan directamente a su lugar de
residencia en otro estado miembro, Schengen o Andorra, o al cónyuge de
ciudadano español o pareja con la que mantenga una unión análoga a la
conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y
descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para
reunirse con éste.
Por otro lado, la Orden publicada este viernes en el BOE
también establece que se mantiene el cierre, con carácter temporal, de
los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España
a través de las ciudades de Ceuta y Melilla.
La orden, firmada por el ministro del Interior, Fernando
Grande-Marlsaka, entra en vigor a las 00.00 horas del 16 de mayo y
tendrá vigencia hasta las 24.00 horas del 15 de junio sin perjuicio, en
su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse.
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