ALMERÍA.- El Parque Natural Cabo de Gata-Níjar afronta su primer verano
con las motos de agua prohibidas de forma permanente en toda su franja
marítimo-litoral protegida, una medida que ha cambiado ya la imagen de
calas, playas naturales y zonas de reserva marina tras años de quejas
vecinales por la presencia de estas embarcaciones en enclaves sensibles
del espacio natural.
La restricción, recogida en una
resolución de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul en Almería, publicada en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía (BOJA) el 9 de diciembre de 2025, impide la
actividad motonáutica en el litoral protegido del parque con el objetivo
de preservar hábitats marinos y litorales de interés prioritario, zonas
de reserva integral y áreas de especial fragilidad ambiental.
La prohibición culmina una reivindicación de la Coordinadora de
Asociaciones de los Pueblos del Cabo de Gata, integrada por 13
asociaciones vecinales y entidades conservacionistas, que había pedido a
la dirección del parque natural que prohibiera o restringiera "en todo
lo posible" el uso de motos de agua por el riesgo para los bañistas y
por sus efectos sobre la flora y la fauna acuática.
Su
portavoz, José Francisco Cano, ha explicado que la medida
fue "consecuencia directa de una propuesta" elevada por el colectivo en
una reunión sobre la gestión del parque, dentro de un documento más
amplio sobre los problemas del espacio protegido.
Aquella
reclamación se ha traducido ahora en un cambio visible en la costa.
"La
situación ha cambiado sustancialmente, es muy difícil ver una moto de
agua ahora mismo", ha asegurado.
El
contraste con los veranos anteriores es, según Cano, claro.
"Cada año
era peor", ha resumido antes de afirmar que las motos de agua "campaban a
sus anchas por todo el parque natural" en un escenario de "poquísimo
control" sobre la velocidad y sobre el acceso a zonas no permitidas.
Para la Coordinadora, ese contexto explica que la prohibición sea la
respuesta adecuada. Cano ha defendido que la medida ayudará a mejorar la
convivencia en playas y calas y a reforzar el cuidado del espacio
natural.
"El incumplimiento antes era generalizado y por eso se
demuestra que la medida que se ha tomado es la adecuada", ha remarcado.
Uno de los ejemplos más claros de ese cambio se aprecia, según Cano,
en el puerto deportivo de San José, que antes funcionaba como punto de
salida de motos de agua hacia el litoral protegido y en el que ahora ya
no queda ninguna embarcación de este tipo.
Cano ha admitido
que aún puede producirse alguna infracción puntual, aunque ha subrayado
que la realidad que observa ahora el colectivo es que "no se ven motos
de agua" en el litoral del parque, por lo que "parece que hay un
cumplimiento generalizado" de la prohibición.
La resolución del BOJA justifica la prohibición por las afecciones
que esta actividad puede generar en el espacio protegido, entre ellas la
contaminación acústica, las emisiones de gases tóxicos, los vertidos de
combustible y aceite, el riesgo de colisiones con especies que nadan en
superficie o a poca profundidad, la disminución de la calidad del agua y
el aumento del riesgo de accidentes náuticos.
El documento
recoge además que en los últimos años la navegación de motos acuáticas
había proliferado dentro de la milla náutica protegida, con presión
sobre calas o playas naturales no balizadas, zonas de reserva integral
marina de especial fragilidad y formaciones de cuevas marinas de difícil
acceso.
Los datos sancionadores también reflejan la presión
que estas embarcaciones han mantenido en el litoral almeriense, con 45
expedientes abiertos por Capitanía Marítima de Almería durante 2025 por
infracciones relacionadas con el uso y manejo de motos náuticas en la
provincia.
Hasta la fecha, se han resuelto nueve de estos
procedimientos, todos ellos con resolución sancionadora, con multas por
un importe total de 42.500 euros y cuantías de entre 2.000 y 7.000
euros.
Las principales infracciones detectadas están
vinculadas a la navegación en zonas de baño balizadas, tanto con riesgo
como sin riesgo para los bañistas, maniobras temerarias, velocidad
excesiva para las circunstancias de la zona, falta de titulación
suficiente, ausencia del seguro obligatorio de responsabilidad civil en
vigor y navegación durante la noche.
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