domingo, 7 de junio de 2026

El Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar afronta su primer verano sin motos de agua tras años de quejas en el litoral protegido

 ALMERÍA.- El Parque Natural Cabo de Gata-Níjar afronta su primer verano con las motos de agua prohibidas de forma permanente en toda su franja marítimo-litoral protegida, una medida que ha cambiado ya la imagen de calas, playas naturales y zonas de reserva marina tras años de quejas vecinales por la presencia de estas embarcaciones en enclaves sensibles del espacio natural.

La restricción, recogida en una resolución de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el 9 de diciembre de 2025, impide la actividad motonáutica en el litoral protegido del parque con el objetivo de preservar hábitats marinos y litorales de interés prioritario, zonas de reserva integral y áreas de especial fragilidad ambiental.

La prohibición culmina una reivindicación de la Coordinadora de Asociaciones de los Pueblos del Cabo de Gata, integrada por 13 asociaciones vecinales y entidades conservacionistas, que había pedido a la dirección del parque natural que prohibiera o restringiera "en todo lo posible" el uso de motos de agua por el riesgo para los bañistas y por sus efectos sobre la flora y la fauna acuática.

Su portavoz, José Francisco Cano, ha explicado que la medida fue "consecuencia directa de una propuesta" elevada por el colectivo en una reunión sobre la gestión del parque, dentro de un documento más amplio sobre los problemas del espacio protegido.

Aquella reclamación se ha traducido ahora en un cambio visible en la costa.

 "La situación ha cambiado sustancialmente, es muy difícil ver una moto de agua ahora mismo", ha asegurado.

El contraste con los veranos anteriores es, según Cano, claro. 

"Cada año era peor", ha resumido antes de afirmar que las motos de agua "campaban a sus anchas por todo el parque natural" en un escenario de "poquísimo control" sobre la velocidad y sobre el acceso a zonas no permitidas.

Para la Coordinadora, ese contexto explica que la prohibición sea la respuesta adecuada. Cano ha defendido que la medida ayudará a mejorar la convivencia en playas y calas y a reforzar el cuidado del espacio natural.

 "El incumplimiento antes era generalizado y por eso se demuestra que la medida que se ha tomado es la adecuada", ha remarcado.

Uno de los ejemplos más claros de ese cambio se aprecia, según Cano, en el puerto deportivo de San José, que antes funcionaba como punto de salida de motos de agua hacia el litoral protegido y en el que ahora ya no queda ninguna embarcación de este tipo.

Cano ha admitido que aún puede producirse alguna infracción puntual, aunque ha subrayado que la realidad que observa ahora el colectivo es que "no se ven motos de agua" en el litoral del parque, por lo que "parece que hay un cumplimiento generalizado" de la prohibición.

La resolución del BOJA justifica la prohibición por las afecciones que esta actividad puede generar en el espacio protegido, entre ellas la contaminación acústica, las emisiones de gases tóxicos, los vertidos de combustible y aceite, el riesgo de colisiones con especies que nadan en superficie o a poca profundidad, la disminución de la calidad del agua y el aumento del riesgo de accidentes náuticos.

El documento recoge además que en los últimos años la navegación de motos acuáticas había proliferado dentro de la milla náutica protegida, con presión sobre calas o playas naturales no balizadas, zonas de reserva integral marina de especial fragilidad y formaciones de cuevas marinas de difícil acceso.

Los datos sancionadores también reflejan la presión que estas embarcaciones han mantenido en el litoral almeriense, con 45 expedientes abiertos por Capitanía Marítima de Almería durante 2025 por infracciones relacionadas con el uso y manejo de motos náuticas en la provincia.

Hasta la fecha, se han resuelto nueve de estos procedimientos, todos ellos con resolución sancionadora, con multas por un importe total de 42.500 euros y cuantías de entre 2.000 y 7.000 euros.

Las principales infracciones detectadas están vinculadas a la navegación en zonas de baño balizadas, tanto con riesgo como sin riesgo para los bañistas, maniobras temerarias, velocidad excesiva para las circunstancias de la zona, falta de titulación suficiente, ausencia del seguro obligatorio de responsabilidad civil en vigor y navegación durante la noche.

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