viernes, 5 de diciembre de 2025

Carboneras envía al Consejo Consultivo de Andalucía el expediente de revisión de la licencia del Algarrobico tras la orden del TSJA



ALMERÍA.- El Ayuntamiento de Carboneras ha remitido al Consejo Consultivo de Andalucía el expediente para la revisión de la licencia de obras del hotel de El Algarrobico después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) le ordenara en un auto "culminar" de una vez este trámite iniciado el pasado mes de julio ante las "meras excusas" dadas para tratar de justificar "el incumplimiento de lo acordado".

En un auto dictado el pasado 24 de noviembre, la Sala de lo Contencioso-administrativo de Granada daba un plazo de diez días al Ayuntamiento para que enviara el expediente por el que se revisa de oficio la concesión de licencia de obras otorgada a Azata del Sol el 13 de enero de 2003 por "incurrir en causa de nulidad de pleno derecho".

El trámite, completado este mismo viernes según se ha podido conocer de fuentes municipales, llega después de que el TSJA avisara de que, de no cumplir con este extremo y acreditarlo ante la Sala, se podría "incurrir en la responsabilidad a que haya lugar" por parte del primer edil carbonero, Salvador Hernández (C's).

Para los miembros del tribunal, la remisión del expediente al Consejo Consultivo como paso administrativo "no ha de tener especial dificultad, ni requerir especiales conocimientos", por lo que rechaza las alegaciones del Ayuntamiento de Carboneras sobre la falta de secretario municipal para realizar dicho trabajo, ya que se trata de una tarea que también puede asumir "quien haga las funciones de este".

"Tras la emisión del dictamen por parte del Consejo Consultivo de la que se dará cuenta inmediata a la Sala, se procederá a dictar la resolución de terminación del procedimiento de revisión de oficio, dándose cuenta también de forma inmediata a la Sala", atajaba el tribunal ante el expediente con el que se pretende de facto la nulidad del permiso municipal, el cual muestra "vicios de nulidad", según declaró el Tribunal Supremo.

En este punto, el tribunal aclara que la revisión de oficio de la licencia se realiza "en ejecución de sentencia que así lo ordena", toda vez que el mandato judicial obliga a tramitar el expediente y finalizarlo "de forma inmediata", por lo que rechaza "de plano" las peticiones realizadas por el Ayuntamiento de Carboneras y de la promotora Azata del Sol para archivar el caso una vez cumplido el inicio del expediente.

"Consta de forma evidente que no ha sido culminada la ejecución de la sentencia dictada", aseveraba el tribunal, para el que las alegaciones realizadas por Azata del Sol durante la tramitación de esta pieza separada al posicionamiento de la Junta resultan "intrascendentes" para el cumplimiento de la misma.

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