HUÉRCAL-OVERA.- Un juez de Huércal-Overa ha ordenado el sobreseimiento
provisional y archivo de las actuaciones que se dirigía contra la
alcaldesa de Cantoria, Purificación Sánchez, y su marido y secretario
general del PSOE en el municipio, Antonio Cerrillo, por los delitos
coacciones, acoso, amenazas y prevaricación tras una denuncia del PP en
la que se les achacaba haber dado órdenes para el corte de agua en
varias viviendas.
La resolución judicial apunta que "no resulta posible acreditar siquiera
indiciariamente la perpetración de ningún ilícito penal" ante los hechos
denunciados, al tiempo que se asegura que ambos cargos se limitaron a
"desempeñar las obligaciones propias" de sus puestos.
"No
constando acreditado siquiera indiciariamente que los investigados, con
la intención de impedir el acceso al suministro del agua de los
denunciantes, cambiaran, manipularan u ordenaran intencionadamente el
corte del suministro del agua en las viviendas de los denunciantes",
resume la instructora.
El auto dictado por la juez de la
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia 1 de
Huércal-Overa, Paloma Carmen Montero, descarta la existencia de indicios
o datos objetivos que indiquen que la alcaldesa o su marido ordenaran
el corte deliberado de agua durante 18 días de la vivienda de cargos del
PP.
En este sentido, atiende la declaración de la primer
edil, quien explicó que se efectuaron obras a los efectos del
mantenimiento de una potabilizadora sin haber dado orden alguna de corte
de agua.
Su marido también apuntó que la actuación respondía
a la renovación, modificación y sustitución de redes, proyecto global
de municipio que se inició en el núcleo de población y que se extendió
posteriormente a las barriadas.
A ello se suma la declaración
del peón del Ayuntamiento que en su momento realizó las obras, quien
como testigo afirmó que "no recibió instrucción alguna de la alcaldesa"
sino "de su encargado", quien a su vez defendió los trabajos realizados
para anular el depósito municipal que se encontraba en mal estado y así
establecer el agua potable directamente a la red.
El corte de dicho
depósito sería la causa por la que los denunciantes habrían dejado de
recibir agua.
La causa, que ya había sido archivada
provisionalmente con anterioridad, vuelve a sobreseerse al no ver la
instructora la concurrencia de ninguno de los elementos necesarios para
configurar el tipo penal sino, en todo caso, un "conflicto entre las
partes implicadas que deberá, en su caso, dirimirse en la vía
correspondiente".
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