MADRID.- La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso interpuesto por la Junta
de Andalucía contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que
se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones
hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla,
Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones
hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y
Ebro.
El Consejo de Gobierno andaluz avaló la interposición
de este recurso ante el TS el 21 de marzo de 2023 con el fin de que el
Estado diera "marcha atrás" en el aumento del caudal ecológico del Tajo
hasta los 8,6 metros cúbicos por segundo, lo que supone un "recorte" del
trasvase Tajo-Segura, según criticaban desde la Junta.
El
Tribunal Supremo ha dado a conocer este lunes, 20 de enero de 2025, que
la Sala que ha estudiado este recurso ha rechazado "todos los motivos de
nulidad alegados por la Junta de Andalucía en su recurso".
Según han informado desde el alto tribunal en una nota, sobre la falta
de informe del Consejo Nacional del Agua, la sentencia "reitera que el
criterio de este organismo, preceptivo, pero no vinculante, ha sido
válidamente emitido, dando así cumplimiento a la función de
participación y consulta que el ordenamiento le encomienda en el
procedimiento de elaboración del proyecto de Real Decreto".
La
sentencia, ponencia del magistrado Fernando Román, considera que
"tampoco se ha omitido el proceso de concertación para la determinación
de los caudales ecológicos, como alegaba la comunidad recurrente".
De igual modo, rechaza la impugnación relativa a la infracción de
principio de jerarquía normativa, puesto que, "por una parte, el régimen
de caudales ecológicos vinculan al resto de aprovechamientos y
explotaciones, conforme a la normativa en vigor ecológicos --con la
salvedad del abastecimiento a poblaciones--, y, por otra, la procedencia
o no de liberar agua para el trasvase se basa en el volumen conjunto de
agua existente en los embalses citados, conforme al Real Decreto en
vigor, y no en las magnitudes invocadas por la Administración
recurrente".
Señala que la parte realiza "una exposición
fragmentada e inexacta de los antecedentes legislativos para llegar a la
equivocada conclusión de que el caudal ecológico previsto vulnera el
caudal mínimo previsto en las normas anteriores reguladoras del
trasvase".
En cuanto a la falta de motivación técnica en la
fijación de los caudales ecológicos, argumentada por la recurrente, la
sentencia subraya que en este caso los elementos de prueba aportados por
la Junta de Andalucía "no permiten desvirtuar la fijación de los
caudales ecológicos conforme a las instrucciones metodológicas y
técnicas contenidas en la Instrucción de Planificación Hidrológica, tras
seguirse un complejo procedimiento promovidos desde las demarcaciones
hidrográficas y que tiene sobre la base los estudios pertinentes
referidos en la MAIN".
Con este recurso, que la Junta defendió
también señalando que la modificación que planteaba el decreto objeto
de polémica se había acordado sin contar "con informes técnicos ni
jurídicos que la respalden" y "de forma unilateral" por parte del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Andalucía
se sumó a las medidas judiciales de los ejecutivos de la Comunidad
Valenciana y de la Región de Murcia que también iban en contra de una
decisión "injustificada" del Estado que, en opinión del Gobierno
andaluz, conlleva "un gran perjuicio para el Levante español en general y
para el almeriense en particular".
almeriaconfidencial@gmail.com / 'El poder más peligroso es el del que manda pero no gobierna' (Torrente Ballester) * Newsletter de opinión e influencia, fundado en 2009 sin afán de lucro ni subvencionado con dinero público o privado, por el periodista profesional Francisco Poveda, licenciado en la Universidad Complutense de Madrid desde 1976.
lunes, 20 de enero de 2025
El Tribunal Supremo desestima el recurso de la Junta contra la revisión del plan hidrológico Tajo-Segura
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