La providencia requiere personalmente al alcalde, Felipe Cayuela (PP), para que acredite ante la sala en 30 días que ha iniciado el procedimiento, paso necesario para acometer la demolición y "devolver a su estado originario" el paraje, "que debió mantenerse inalterable", según concluyó el Tribunal Supremo (TS).
La decisión, que fue notificada a las partes el pasado día 14, se adopta después de que Greenpeace solicitara en enero la adopción de las medidas necesarias por parte del tribunal para obligar al Ayuntamiento a revisar de oficio de la licencia de obras, de 2003, alegando que no había mostrado "el más mínimo interés en cumplir" la sentencia que le obliga a ello y no había atendido un primer requerimiento de la sala formulado en el mismo sentido.
El Ayuntamiento de Carboneras respondió a este primer requerimiento, en el que se le daban solo cinco días de plazo, afirmando que iba a incoar el expediente "de la forma más inmediata posible en las próximas fechas", al tiempo que defendió que está llevando a cabo "las actuaciones pertinentes" para la "ejecución" de las sentencias firmes "en relación" al paraje protegido.
Cabe recordar que, en noviembre, se llevó a cabo en noviembre un pleno ordinario en el que no pudo salir adelante una corrección al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que facilitaría declarar nula de pleno derecho la licencia de obras del hotel, según sostienen la Junta y el actual equipo de gobierno carbonero. La modificación de la desclasificación como urbanizable que se hizo del Algarrobico bajo mandato del PSOE no salió adelante, ya que el PP gobierna en minoría.
En su último escrito, y antes de este nuevo requerimiento, el ayuntamiento indicó a la sala que el citado acuerdo adoptado para anular el sector urbanístico ST-1 o Algarrobico y declararlo espacio protegido no urbanizable "muestra" que está "desarrollando" acciones en orden a ejecutar las sentencias, aunque admitió que era "absolutamente cierto" que debía también "proceder" a la incoación del expediente de revisión de oficio.
El TSJA pidió explicaciones el 14 de diciembre y daba un
plazo para contestar de tan solo cinco días, que, no obstante, el
consistorio excedió ampliamente.
El pleno municipal fallido de
noviembre de 2023 ha supuesto un punto de inflexión en este
procedimiento, que se ha acelerado después de que no saliera adelante la
enmienda propuesta por el alcalde, quien advirtió al TSJA de que era
una condición "sine qua non' para poder revisar la licencia de obras con
"garantías".
Por este motivo, la sala acordaba suspender las
actuaciones de ejecución forzosa, ahora reactivadas, a la espera del
resultado del pleno que, finalmente, no aprobó la enmienda.
La
corrección, tal y como la pide el Gobierno andaluz, supone el
reconocimiento implícito de que el paraje es "espacio protegido y no
urbanizable desde 1994", fecha de entrada en vigor de la normativa
ambiental que rige en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar, y casi
una década antes de que se concediera la licencia del hotel.
Cabe recordar que hace una semana, el mismo alto tribunal andaluz
deliberó para decidir si obligaba al Ayuntamiento a modificar la
desclasificación del Algarrobico o, si, por el contrario, avala como se
hizo bajo mandato socialista en abril del pasado año.
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