martes, 19 de abril de 2022

Ni colegios ni empresas podrán obligar a llevar mascarilla en España a partir de este miércoles



MADRID.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy martes la nueva norma que elimina la obligación de llevar mascarilla en interiores salvo en centros sanitarios y sociosanitarios y en el transporte público. Desde mañana miércoles pasa a ser recomendación en vez de obligación en todos los lugares salvo excepciones que no quedarán concretadas hasta que el Real Decreto se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En un contexto en el que la pandemia ha pasado ya su fase aguda, la inmensa mayoría de países de Europa occidental habían levantando ya la obligación de llevar mascarilla en interiores desde hace semanas. España, Portugal e Italia han sido los más rezagados al respecto en quitarla en interiores.

El nuevo real decreto que ha presentado hoy la ministra de Sanidad, Carolina Darias, al resto del Gobierno para dar el visto bueno, pone fin a dos años de mascarilla obligatoria en lugares cerrados. La ministra de Política Territorial y portavoz del Ejecutivo, Isabel Rodríguez, ha celebrado la medida.

"Es un día muy especial para el Gobierno y el conjunto de los españoles en la lucha contra el virus. Estamos avanzando en la normalidad. Mañana podremos desprendernos en interiores de las mascarillas y mostrar nuestros rostros y nuestras sonrisas", ha señalado hoy tras la reunión de gabinete.

Como norma general, desde mañana, solo será obligatoria en centros, servicios y establecimientos sanitarios -incluyendo las farmacias, centros de salud y centros de transfusión- y sociosanitarios como las residencias de ancianos, aunque no para las personas ingresadas en ninguno de estos lugares a menos que estén usando espacios comunes.

También habrá que llevarla en todos los transportes, sin excepción: transporte aéreo, ferrocarril, cable, autobuses y cualquier tipo de medio público. En los barcos, se deberá llevar cuando "no se pueda mantener la distancia de 1,5 metros".

En el resto de lugares, abiertos o cerrados -comercios, cines, teatros, salas de conciertos, museos, bares, restaurantes, locales de ocio nocturno, reuniones y celebraciones privadas-, la mascarilla será "un elemento de uso responsable", pero en ningún caso obligatorio. Tampoco lo será en aglomeraciones, solo recomendable, así como cuando se trate de personas vulnerables; en general, mayores de 60 años. 

Así, la mascarilla pasará a ser opcional con "recomendación de uso responsable" en oficinas y serán los departamentos de riesgos laborales los que tengan que valorar cómo trasponer la normativa en cada empresa según sus características

En las empresas "no resultará obligatoria con carácter general", ha señalado Darias, aunque que los responsables de prevención de riesgos laborales de las empresas podrán acordar su uso "en función de la evaluación de riesgo del puesto de trabajo".

En centros de enseñanza como colegios o institutos, ya sean públicos, privados o concertados, no se podrá obligar ni recomendar la mascarilla a ningún alumno, siendo su uso optativo en cualquier caso, independientemente de las recomendaciones que puedan dar al respecto las comunidades autónomas siguiendo el criterio de cada consejería autonómica. 

Darias ha enfatizado hoy que la mascarilla "no se usará en ningún caso en ambientes escolares". 

"Ya no era obligatoria en recreos y ahora tampoco lo será en todos los ámbitos de los centros educativos", ha sostenido.

La letra pequeña de la norma se concretará mañana en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El RD legisla en qué situaciones concretas es obligatoria pero no incluye una redacción específica sobre recomendaciones, ya que pasan a formar parte de la responsabilidad individual, la cultura del cuidado y el "sentido común" en lo que se llamará "usos responsables".

En cualquier caso, la nueva normativa revocará el artículo 6 de la Ley 2/2021 de Medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 ahora vigente, que establece su uso obligatorio "en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público", punto con el que colisionaban órdenes regionales que intentaban flexibilizar la norma.

Una vez que se apruebe la norma, salvo en lo estrictamente legislado (centros sociosanitarios y transporte), se podrán dar una serie de orientaciones, pero no serán obligaciones en ningún caso. Será, en definitiva, cuestión de "sentido común", según dijo este domingo el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Una de las salvedades concierne a la vuelta a la oficina: en el trabajo, la regulación del uso de la mascarilla quedará a expensas de los servicios de prevención de riesgos laborales, que serán quienes tengan que valorar cómo han de utilizarse en espacios comunes. 

No obstante, aunque decidirán las empresas, no podrán imponer su uso a los trabajadores por encima de lo que la ley estipule salvo que pertenezcan, en principio, a los sectores de actividad antes mencionados donde sí sigue siendo obligatorio su uso.

Ya se había adelantado que en los centros de trabajo los servicios de prevención de riesgos laborales valorarían la necesidad de llevarlas en espacios comunes. El texto de la Ponencia y la Comisión de Salud Pública, que elabora los dictámenes en los que se se basan las decisiones políticas al respecto, lo aconseja cuando la distancia sea inferior a 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio. 

De hecho, ahora no son obligatorias en las oficinas siempre que se mantenga esta distancia entre puestos laborales o barreras físicas como muros o mamparas, pero sí lo es al trasladarse por pasillos, aseos o cafeterías.

Con la nueva norma, la mascarilla pasaría a ser una recomendación en todos estos casos, aunque los expertos han pedido que se analice la situación de cada empresa. Darias dijo a este respecto el sábado pasado que el RD concretará en qué ámbitos seguirá siendo necesario llevar mascarilla en el trabajo para "que no haya lugar a dudas".

Colegios: en ningún caso podrá exigirse su uso o no uso

En los centros educativos, desde mañana no se podrá exigir su uso a ningún alumno durante el desarrollo de las clases en las aulas, aunque sí se podrá recomendar a los profesores con factores de vulnerabilidad, al igual que otras personas con estas mismas condiciones en las que no puedan mantener 1,5 metros de distancia interpersonal.

La mascarilla ya no era obligatoria en los recreos y demás actividades escolares o extraescolares al aire libre desde el pasado 10 de febrero, pese a que muchos colegios, a fecha de hoy, lo han seguido recomendando. 

Es más, la Ponencia de expertos redactó un documento el pasado 31 de marzo que especificaba que su criterio no era solo levantar la obligación en los colegios, sino que no se recomendaba su uso en entornos escolares, centros de enseñanza de todo tipo y de cualquier naturaleza entre los niños hasta 18 años y de los profesores no vulnerables.

Estas recomendaciones tendrán que traducirse ahora en la normativa: la ministra confirmó ayer que desde el 20 de abril los alumnos ya no tendrán que utilizarla "en todo el ámbito escolar", aunque sí se recomienda a los profesores con factores de vulnerabilidad que sigan usándola, al igual que "otras personas con estas mismas condiciones en las que no puedan mantener 1,5 metros de distancia interpersonal".

Los expertos subrayaban que, "a lo largo de la pandemia, se ha evidenciado que en la población menor de 12 años la transmisión es baja en comparación con la transmisión entre adultos", indica el documento. Sin embargo, "el uso de las mascarillas ha tenido "un impacto negativo importante en el bienestar de esta población, influyendo en el aprendizaje y las relaciones sociales".

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