SEVILLA.- El Pleno del Parlamento Andaluz ha convalidado este
miércoles, con los votos a favor de PSOE-A e IULV-CA y el rechazo del
PP-A, el decreto-ley sobre medidas urgentes para adecuar la
planificación urbanística de los ayuntamientos a la realidad actual y a
las exigencias de sostenibilidad fijadas por el Plan de Ordenación del
Territorio de Andalucía (POTA) en el ámbito litoral. PSOE-A e IU-CA han
rechazado la tramitación del decreto como proyecto de ley, algo que
había solicitado el PP-A.
Entre las medidas, se incluye la suspensión cautelarmente de la
tramitación urbanística de los suelos urbanizables no desarrollados de
aquellos municipios litorales no adaptados al POTA y que, por tanto, no
garantizan su adecuación a las previsiones de crecimiento contenidas en
el mismo.
El consejero de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, Luis Planas,
que ha intervenido ante el Pleno del Parlamento, ha indicado que
Andalucía ha sido una comunidad pionera en todos los procesos de
ordenación y conservación del territorio, apuntando que el desarrollo
ordenado y sostenible del suelo es un activo económico de primera
magnitud y que la creación de riqueza pasa hoy por la calidad y la
sostenibilidad.
Como principal novedad, el decreto-ley dispone la elaboración del
Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, que permitirá
proteger los espacios no urbanizados y evitar el deterioro del paisaje y
la pérdida de ecosistemas valiosos, así como incrementar la calidad de
la franja costera.
Para garantizar las previsiones del plan durante su proceso de
elaboración, el decreto-ley suspende cautelarmente la tramitación
urbanística de los suelos urbanizables no desarrollados de aquellos
municipios litorales no adaptados al POTA y que, por tanto, no
garantizan su adecuación a las previsiones de crecimiento contenidas en
el mismo. Esta suspensión, de carácter inmediato, afectará a 52
municipios costeros y estará en vigor hasta que el plan se someta al
trámite de información pública, en el plazo de seis meses.
Posteriormente, y hasta su aprobación definitiva en un plazo de dos
años, la medida cautelar se mantendrá sólo en los terrenos identificados
expresamente en el documento.
El objetivo del Gobierno andaluz es frenar previsiones de
crecimiento elaboradas hace años (fundamentalmente en las décadas de los
80 y 90) y no acordes con las exigencias actuales. Durante las últimas
cinco décadas, la intensa actividad económica ha dado lugar a que ya se
encuentren ocupados casi el 40 por ciento de los terrenos situados en
los primeros 500 metros de costa, frente al 7 por ciento de mediados del
siglo pasado.
Al intervenir sobre la zona de influencia del litoral,
caracterizada por ser la de mayor actividad urbanística, el plan
contribuirá también de forma indirecta a la defensa del propio dominio
público marítimo-terrestre. En este sentido, el reforzamiento de las
condiciones para garantizar la sostenibilidad contrasta con la
desregularización que para dicho dominio --de competencia estatal-- ha
primado en la reciente reforma de la Ley de Costas aprobada por el
Gobierno central.
Por su jerarquía, el futuro documento será vinculante tanto para
el planeamiento urbanístico municipal como para los planes de ordenación
del territorio de ámbito subregional. Asimismo, permitirá adoptar
decisiones tanto en los suelos urbanizables como en los no urbanizables,
adecuándolos a las condiciones de sostenibilidad establecidas en la
legislación y en la planificación autonómicas.
Una vez elaborado por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio
Ambiente, el Plan de Protección del Corredor Litoral se expondrá a
información pública durante un plazo no inferior a dos meses, con el fin
de incorporar las aportaciones de las administraciones y de los agentes
económicos y sociales.
Más allá del ámbito litoral, el Decreto-ley introduce diversas
medidas para incentivar y acelerar la adecuación de los planes
urbanísticos municipales al POTA.
Con esta finalidad, el Decreto-ley establece que la adaptación
debe realizarse a través de la revisión las normas de planeamiento
municipal en los plazos fijados por las mismas, o en ocho años desde su
entrada en vigor en los casos en que no se haya establecido. La falta de
adaptación conllevará la imposibilidad de aprobar instrumentos de
desarrollo que supongan crecimientos urbanísticos por encima de los
límites regulados en el POTA.
Por último, el decreto-ley modifica diversas normas con el
objetivo de agilizar la tramitación de los procesos de planeamiento
urbano y facilitar la coordinación entre las administraciones.
En el primero de estos aspectos destaca el establecimiento de un
plazo único de tres meses, frente a los 1-6 actuales, para la emisión de
los informes preceptivos sectoriales por parte de la Administración
autonómica.
Respecto a la mejora de la coordinación, el decreto-ley supone
acelerar la puesta en funcionamiento del órgano colegiado que actuará en
cada provincia como 'ventanilla única' para facilitar a los
ayuntamientos la tramitación de estos informes sectoriales, que hasta
ahora han emitido por separado las diferentes consejerías de la Junta.
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