ALMERÍA.- Comisiones Obreras Industrial Almería ha celebrado la sentencia favorable en conflicto colectivo contra Agroponiente. Tras la denuncia presentada por el sindicato provincial, la sentencia subraya la importancia de respetar la normativa laboral y la participación de los representantes sindicales en las negociaciones, explica el sindicato en una nota de prensa.
"El sindicato industrial de CCOO de Almería ha acogido con satisfacción la reciente decisión adoptada en el conflicto colectivo contra la empresa Agroponiente Natural Produce S.L. Según esta decisión, el acuerdo adoptado en la reunión del comité de producción y de la dirección de la empresa celebrada en octubre fue declarado inválido. El caso comenzó cuando el sindicato denunció ante la inspección del trabajo una serie de violaciones del derecho de los trabajadores a conciliar trabajo y familia".
Entre estas irregularidades destacaba la limitación arbitraria en el acceso a las reducciones y adaptaciones de jornada por guarda legal, una medida que afectaba gravemente a las condiciones de conciliación y que, según el sindicato, infringía tanto el Estatuto de los Trabajadores como el convenio colectivo del sector.
CCOO Industrial de Almería ha señalado que, "tras presentar la denuncia ante la Inspección de Trabajo se realizaron actuaciones que fundamentaron parcialmente la denuncia y revelaron otras prácticas ilegales por parte de la empresa. Los ejemplos incluyen el incumplimiento del orden de antigüedad en la contratación y despido de trabajadores permanentes y temporales y la mala gestión de los contratos laborales".
A pesar de estas conclusiones, la Inspección concluyó que algunas de las cuestiones planteadas deberían resolverse a través de los tribunales, razón por la cual el sindicato provincial interpuso recurso ante los tribunales. En el juicio quedó acreditado que el acuerdo impugnado no sólo limitaba el número de trabajadores que podían tomar medidas conciliatorias, sino que también fijaba límites temporales y organizativos que no permitían la consideración individual de cada caso, vulnerando los derechos fundamentales reconocidos a los trabajadores por ley.
En este sentido, para el sindicato provincial, la sentencia demuestra que estos convenios exceden las competencias del comité de producción y de la dirección de Agroponiente, estableciendo restricciones generales que sólo pueden pactarse en el marco del convenio colectivo, pero que no se implementan.
Además, quedó acreditado que los representantes de CCOO no fueron invitados a reuniones clave donde se tomaron estas decisiones, lo que no solo vulnera el reglamento interno del Comité, sino que también privó a los representantes del sindicato de la posibilidad de debatir y oponerse a las propuestas, lo que invalida el procedimiento seguido por la empresa y el Comité. Este hecho fue determinante para que el magistrado declarara la nulidad de los acuerdos, considerándolos contrarios a la normativa laboral de carácter obligatorio.
Finalmente, por todo ello CCOO Industrial de Almería valora positivamente esta evolución, destacando el respeto al derecho de mediación y a la participación de los representantes de los trabajadores en el proceso de negociación.
Sin embargo, el sindicato señaló que la decisión deja abierta la posibilidad de recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, lo que podría retrasar el procedimiento, si Agroponiente decide recurrir la decisión
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