MADRID.- La Coordinadora de Organizaciones de
Agricultores y Ganaderos (COAG), en condición de organización
profesional agraria más representativa, ha firmado un acuerdo con el
Gobierno y los sindicatos de trabajadores, UGT y CCOO, para la
ordenación, coordinación e integración sociolaboral de los flujos
migratorios laborales en campañas agrícolas de temporada.
En concreto, este convenio tiene por objeto establecer la
colaboración entre las entidades firmantes del mismo, con el fin de
asegurar una gestión eficaz de los flujos migratorios laborales,
interiores y exteriores, en el sector agrario para que se disponga en
cada momento y lugar de los trabajadores necesarios, se garantice el
cumplimiento de las normas laborales y de inmigración, de las
condiciones de trabajo y de alojamiento, cuando éste resulte necesario, y
se proporcione la adecuada información y asesoramiento en materia de
derechos y obligaciones sociolaborales.
De esta forma, para cumplir estos objetivos, la organización
agraria se ha comprometido a coordinarse con las diferentes
administraciones para planificar y organizar las campañas agrícolas de
temporada, así como promover el cumplimiento del acuerdo de buenas
prácticas en la contratación de trabajadores para el desarrollo de
labores agrícolas y supervisión de su aplicación en todas las campañas
agrícolas.
Además de realizar un balance del desarrollo de las campañas
agrícolas de temporada y un análisis y cuantificación de las necesidades
de mano de obra de las empresas agrarias, especialmente de las que
deban ser atendidas con personas trabajadoras migrantes, y en
particular, de las que requieran ser contratadas en origen.
También figura la realización de procesos de contratación de
trabajadores en el mercado interno y, en su defecto, solicitud de
autorización para llevar a cabo los procesos de selección en los países
de origen de trabajadores extranjeros y en la organización de los
desplazamientos de los trabajadores migrantes y de las acciones que
aseguren el adecuado asesoramiento en derechos y obligaciones en materia
social y laboral, atendiendo singularmente la idoneidad del alojamiento
de los trabajadores.
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