ALMERÍA.- El Gobierno considera que la desclasificación
del Plan de Rehabilitación aprobado en 2010 para la limpieza de las 40
hectáreas contaminadas con radioactividad en Palomares (Cuevas del
Almanzora) necesita "obtener previamente la conformidad" de
EEUU.
Así lo ha trasladado el Ministerio de Presidencia a la Audiencia
Nacional (AN) en respuesta al segundo requerimiento que el tribunal le
hizo para que le remitiese este documento, entre otros, para decidir si
obliga al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) a fijar plazo para ejecutar
el plan.
El oficio indica que el
documento aprobado el 5 de mayo de 2010 "incluye información contenida
en documentos de terceras partes" y concluye, tras recibir informes al
respecto, que la declasificación "requiere obtener previamente la
conformidad de las autoridades de EEUU".
El Ministerio de Presidencia concreta que, tras recibir la petición
de la Audiencia Nacional, dos veces en febrero y en mayo de 2020,
solicitó informes "a departamentos afectados", entre ellos el Centro de
Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (Ciemat), y
que, de los "recibidos hasta ahora", se desprende que es
preciso el visto bueno del Gobierno estadounidense.
preciso el visto bueno del Gobierno estadounidense.
En el oficio, añade que el ejecutivo español ha consultado al
respecto a las "autoridades de EEUU" y que, "en cuanto se conozca el
resultado", se informará a la sala y, "en su caso", según afirma, se
llevará a cabo la desclasificación requerida" en alusión al plan para la
retirada de la tierra contaminada con plutonio por la caída en 1966 de
cuatro bombas termonucleares tras la colisión en vuelo de dos aviones de
las Fuerzas Aéreas estadounidenses.
La Audiencia Nacional instó en un auto en febrero al Consejo de
Ministros a desclasificar el Plan de Rehabilitación aunque dejó abierta
la posibilidad de que se remitiera a la sala "todas las indicaciones que
sean procedentes" en relación al mantenimiento de la "confidencialidad"
de su contenido.
La resolución pedía también al Gobierno que le precisase "el tiempo
estimado" para finalizar el informe y que aportase "cuanta
documentación" se haya elaborado sobre la situación en la zona desde el 5
de mayo de 2010, fecha en que se aprobó el Plan de Rehabilitación.
Ecologistas en Acción llevó a la vía judicial una resolución del CSN
de enero de 2017 en el que rechazaba proceder a la "clausura de la
instalación nuclear y el área contaminada de Palomares "con fijación de
plazo para llevar a efecto, y a la espera de encontrarles almacenamiento
definitivo, el almacenamiento temporal de la tierra
resultante del tratamiento de los 50.000 metros cúbicos de tierra contaminada" previstos en el citado plan de rehabilitación.
resultante del tratamiento de los 50.000 metros cúbicos de tierra contaminada" previstos en el citado plan de rehabilitación.
La Audiencia Nacional considera que, en dicha resolución recurrida,
el regulador atómico "reconoce que se ha valorado la posibilidad de
diversas soluciones en relación a la liberación de partículas ionizantes
en los alrededores del pueblo de Palomares en 1966" y considera, por
tanto, que "es necesario conocer los planes que se hayan elaborado".
El auto contó con el voto particular del magistrado Helmuth Moya,
quien ya no forma parte del tribunal y para quien la "obligación" de
"descontaminar corresponde" a España que, "como país soberano", no puede
"justificar su inacción" en la "falta de cooperación" de EEUU. En su
lugar, se ha incorporado la magistrada Begoña Fernández Dozagarat.
Al solicitar no solo el Plan de Rehabilitación sino también que
aporte cuanta documentación se haya elaborado después, la Audiencia
Nacional también estaría reclamando el informe que el CSN aprobó en
julio de 2015 sobre la limpieza de los terrenos contaminados y que,
según Ecologistas en Acción, modifica los criterios radiológicos de mayo
de 2010.
En el documento cuestionado por el colectivo, el regulador atómico
admite que se ha rebajado el volumen de tierra contaminada con
radioactividad en Palomares que debe ser retirada en virtud de la
declaración de intenciones firmada entre España y EEUU si bien no
precisa en cuanto con respecto al plan de rehabilitación aprobado en
2010 que preveía la limpieza de 50.000 metros cúbicos de suelo. Esta
modificación se produjo en el pleno de 22 de julio de 2015 del CSN.
En su día, el CSN aportó un documento que no era copia certificada
del informe aprobado en el citado pleno de julio de 2015 y se acogía
para negar el informe completo a la normativa sobre secretos oficiales
que se aplica a "todo el proceso relativo a Palomares" desde acuerdo de
Consejo de Ministros de 15 de octubre de 2010.
Ecologistas en Acción sostiene que ese cambio que admite el regulador
atómico se ha producido "a instancias" del Department of Energy (DOE)
de EEUU. El colectivo asegura que, para ello, se "han aumentado los
criterios radiológicos para considerar necesaria una intervención de 1
mSv/a hasta 4 mSv/a", lo que habría permitido la firma de la declaración
de intenciones con EEUU para la gestión y almacenamiento de los
residuos generados en la limpieza por parte del gobierno estadounidense.
El objetivo, según añade el colectivo, sería que, de la limpieza de
50.000 metros cúbicos de tierra, se pasaría "únicamente a limpiar 28.000
metros cúbicos de tierra contaminada", lo que reduciría de 6.000 a
3.300 metros cúbicos el volumen de tierra que debe almacenarse en EEUU.
Ecologistas en Acción siempre ha pedido que se aporte como prueba al
procedimiento una copia completa del Plan de Rehabilitación de mayo de
2010, el informe del Departamento de Energía de EEUU remitido al CSN en
julio de 2015 y el anexo del acta de la sesión celebrada por el
regulador atómico ese mismo mes en el que se recogen los niveles de
intervención para la restauración.
La Abogacía del Estado siempre lo ha rechazado. En el primer caso,
alegó que se trataba de un documento que "no elaboró" el CSN sino el
Ciemat y que este organismo se lo hizo llegar "con carácter
confidencial", por lo que "no puede realizar la aportación del mismo".
En esta misma línea, señaló que el informe del Departamento de
Energía de EEUU remitido por el Ministerio de Asuntos Exteriores al CNS
en julio de 2015 fue calificado como confidencial de acuerdo a la Ley de
Secretos Oficiales por el propio ministerio y remarcó que el
Departamento de Energía de USA entregó los documentos así, "lo que obligaría
al Estado español a mantener dicha confidencialidad ya que la
procedencia de los documentos es de un estado extranjero".
Por último, con respecto al acta de la sesión celebrada por el CSN el
22 de julio de 2015 señaló que el "tema de los criterios radiológicos",
aseguró que ya se había aportado a la sala "en la parte no afectada por
la Ley de Secretos Oficiales".
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