ALMERÍA.- Una juez de lo Social de Almería ha condenado a la Sociedad Estatal de
Correos y Telégrafos por el despido improcedente de una trabajadora que
llegó a encadenar a lo largo de 20 años un total de 177 contratos
temporales al considerar que existió fraude de ley, por lo que obliga a
la entidad o bien a readmitir a la empleada o a pagarle una
indemnización de 34.294,83 euros frente a los 17,33 euros que se le
abonaron al finalizar su último contrato temporal en marzo de 2025.
En su sentencia, contra la que cabe
recurso ante el TSJA, la titular de la Plaza 6 de la Sección de lo
Social del Tribunal de Instancia de Almería da la razón a la recurrente
al entender que las interrupciones entre contratos no rompían la unidad
del vínculo laboral entre la demandante y Correos.
En este
sentido, el fallo reconoce la antigüedad de la empleada desde el año
2005 y subraya que su puesto de trabajo, pese a cubrirse con sucesivos
contratos temporales, respondía a una necesidad estructura de la empresa
pública, defendida también por la Abogacía del Estado.
La
trabajadora, representada por el letrado Jorge Ponce Rodríguez con el
respaldo del Sindicato Independiente Profesional de Correos y Telégrafos
(Sipcte), comenzó a trabajar para la entidad en mayo de 2005 con su
primer contrato temporal a partir de su inscripción en una bolsa de
empleo, si bien desde entonces ha prestado 12 años, siete meses y 28
días de servicios efectivos mediante el encadenamiento de sucesivos
contratos temporales.
La demandante ha desempeñado su labor
con carácter exclusivo, alternando contratos temporales con periodos de
prestación de desempleo sin mantener relación laboral con otra empresas.
En este sentido, entre 2015 y 2025 ha percibido como indemnización por
el fin de sus contratos temporales unos 3.086 euros.
Sin
embargo, la jueza determinó que hubo fraude en la contratación temporal
al considerar que Correos no logró justificar la verdadera causa de
temporalidad en cada contrato, siendo una modalidad que habría empleado
para cubrir una verdadera falta de plantilla estructural, tal y como ha
avanzado también 'La Voz de Almería'.
Asimismo, y pese a que
existieron interrupciones prolongadas entre algunos contratos --de hasta
ocho meses-- la juez rechaza que se produjera una ruptura significativa
de la continuidad en la relación laboral, ya que el periodo más largo
apenas supuso un 3,28 por ciento de los 20 años totales en los que la
afectada estuvo ligada a la empresa pública.
Con ello, tiene en cuenta la reciente jurisprudencia del TJUE y el TS
para tener a la afectada en consideración de empleada fija, puesto que
la misma llegó a presentarse a unas oposiciones en mayo de 2023 que
aprobó aunque sin obtener plaza por falta de vacantes.
Desde
Sipcte se ha destacado en una nota la aplicación de esta reciente
doctrina del Tribunal Supremo sobre el abuso de la temporalidad en el
empleo público para reconocer la condición de personal fijo de la
trabajadora al haber superado el proceso selectivo de ingreso de
Correos, aunque finalmente no obtuviera plaza.
"Este criterio supone un
importante avance en la protección de los trabajadores víctimas del
abuso de la contratación temporal", han valorado.
El
procedimiento, llevado desde la Asesoría Jurídica Aficos, ha dado lugar a
una resolución que, según el responsable de Sipcte en Almería,
Francisco Sabio, "confirma que el abuso de la contratación temporal en
Correos no responde a casos aislados, sino a una práctica mantenida
durante años para cubrir necesidades estructurales de plantilla".
Sabio ha destacado igualmente la importancia de la aplicación de la
nueva doctrina del Tribunal Supremo, "que empieza a reconocer como
personal fijo a trabajadores que superaron los procesos selectivos de
Correos, aunque no obtuvieran plaza, reforzando así la protección frente
al abuso de la temporalidad".
No obstante, la organización ha
criticado que la trabajadora, pese a haber obtenido una sentencia
favorable, será rebaremada en aplicación de la Base 5.1 de las Bolsas de
Empleo de Correos, "perdiendo toda la antigüedad acumulada y viéndose
obligada a volver a competir en las bolsas como si comenzara de nuevo".
"Es una auténtica contradicción. Un juzgado reconoce que Correos ha
cometido un fraude en la contratación durante casi 20 años y, sin
embargo, la consecuencia para la trabajadora es perder toda la
antigüedad acumulada en las bolsas de empleo por aplicación de una base
negociada entre Correos y las organizaciones sindicales presentes en la
Comisión de Empleo Central", se han quejado para pedir la modificación
inmediata de esta regulación.
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