SEVILLA.- La Junta Electoral de Andalucía (JEA) ha decidido este martes que el
acta de escrutinio de cada mesa electoral, que se fija en la parte
exterior o en la entrada del local, "deberá permanecer expuesto al
público al menos durante las 24 horas siguientes a la jornada de
votación".
Así se recoge en un acuerdo de la Junta Electoral
de Andalucía con fecha de este martes, 14
de abril tras el escrito presentado por la Asociación Observatorio para
la Transparencia Electoral (OPTE) en el que ha solicitado información
sobre la exposición del acta de escrutinio y el carácter público del
escrutinio general. Ambos aspectos recogidos en los artículos 98.1 y
103.2 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (Loreg).
En el documento, la Junta Electoral andaluza ha señalado que el
artículo 98.1 de la Loreg "no concreta el plazo de exposición", un
aspecto que la institución ha "considerado conveniente fijar".
Por otro lado, en relación a la petición referida al artículo 103.2, la
JEA ha remarcado la "claridad" del mismo que recoge que "el escrutinio
general es un acto único y tiene carácter público".
Por ello, la
solicitud realizada por OPTE "no precisa aclaración".
A
finales de marzo, la Junta Electoral Central decidía dejar en suspenso
sus resoluciones autorizando el uso de la versión digital del Documento
Nacional de Identidad (DNI) para acreditarse a la hora de votar en unas
elecciones, permitida desde el pasado septiembre.
Las
elecciones andaluzas serán las primeras en las que se aplique una medida
que estará en vigor mientras no se garantice que el control de
verificación sea "suficientemente seguro", tras la petición realizada
por el PP.
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