GRANADA.- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha archivado la
pieza de ejecución destinada a dar cumplimiento al fallo dictado en 2016
para declarar como no urbanizable el paraje en el que se asienta el
hotel de 411 habitaciones y una veintena de plantas promovido por Azata
del Sol en la zona bajo la concesión de una licencia cuyo proceso de
revisión se ha iniciado pero que sigue vigente.
En un auto
dictado este lunes, la Sala de lo
Contencioso-administrativo pone fin al procedimiento tras examinar todas
las actuaciones realizadas por el Ayuntamiento de Carboneras para la
"total ejecución de la sentencia" sin que exista actualmente "cuestión
pendiente de decidir" al respecto después de que se publicara en boletín
oficial de la provincia (BOP) los cambios en el plan general.
Con ello, el tribunal ve por fin ejecutado el fallo dictado por la
misma sala el 18 de julio de 2016 a raíz del recurso que impulsaron las
organizaciones ecologistas Salvemos Mojácar, Ecologistas en Acción y
Greenpeace, por el que se revocaba el acuerdo del pleno adoptado el 11
de agosto de 2009 que cambiaba la consideración de los sectores ST-1 y
ST-2, este último referente a El Canillar.
El propio alcalde
de Carboneras, Salvador Hernández (C's), pedía a finales de enero al TSJA
que archivara el procedimiento dirigido contra la administración local
ante la modificación parcial de su plan general de ordenación urbana
conforme a las directrices recibidas para que la norma urbanística
pudiera desplegar todos sus efectos.
Fue el pasado 12 de enero
cuando el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicó todos los
cambios exigidos para ejecutar la sentencia dictada hace una década
"después de una serie de vicisitudes originadas en esta fase de
ejecución".
En este sentido, desde al Ayuntamiento incidía en
que las dificultades para llevar a cabo la ejecución de la sentencia,
que devuelve el nivel de protección a los suelos que se ubican en el
Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, había sido "no imputables a la
corporación local" aunque "alguna de las partes contrarias las tildaron
de maliciosas y abusivas".
"Esta representación ha cumplido
con su obligación derivada de mandato judicial a fin de publicar en el
BOP la aprobación definitiva de la modificación parcial del PGOU de
Carboneras", recalcaba en su escrito para pedir el archivo que, de otro
lado, también había pedido la organización ecologista Greenpeace.
La Sala insistía en la publicación del "contenido íntegro" de las
nuevas normas urbanísticas a fin de dar por cumplida la sentencia que
obligaba a devolver la protección a los terrenos donde se asienta el
hotel inacabado de Azata del Sol conforme a las apreciaciones realizada
por la Junta de Andalucía tras una primera publicación que no fue
satisfactoria.
El Boletín Oficial de la Provincia (BOP)
publicó el pasado 12 de enero la normativa urbanística íntegra de la
modificación parcial del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU)
de Carboneras que reclasificaba el sector ST-1 del paraje de El
Algarrobico como suelo no urbanizable de especial protección así como el
ST-2, correspondiente a El Canillar.
Con esta inserción en el
BOP, el Ayuntamiento formalizaba la adaptación del PGOU a lo ordenado
por los tribunales para devolver al paraje incluido en el Parque Natural
de Cabo de Gata-Níjar su protección ambiental.
Para ello, el
Ayuntamiento ha modificado y rectificado el planeamiento vigente en lo
relativo a la calificación urbanística de ambos ámbitos. Los cambios se
han incorporado a la memoria general, las normas urbanísticas y los
planos del PGOU.
La sentencia dictada por la Sala de lo
Contencioso-administrativo del TSJA en 2016, ratificada por el Tribunal
Supremo en 2018, anulaba la clasificación urbanística de ambos sectores
como urbanizables y ordenaba su inclusión en el planeamiento municipal
como suelo no urbanizable de especial protección, con el grado
correspondiente.
El documento aprobado clasifica el sector
ST-1 como suelo no urbanizable con grado de protección C1,
correspondiente a áreas naturales de interés general, y el sector ST-2
como suelo no urbanizable con grados de protección B1 y B2, vinculado a
áreas naturales de interés general y áreas seminaturales con usos
tradicionales.
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