ALMERÍA.- El abogado Francisco Torres, quien ejerció como acusación particular de los padres del niño Gabriel Cruz en la vista con jurado popular contra Ana Julia Quezada, condenada a prisión permanente revisable por el asesinato del menor, ha solicitado la nulidad del juicio y que éste sea repetido.
Así consta en un recurso de apelación contra el fallo presentado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en el que el letrado asegura que "la motivación que
da el jurado no está argumentada" y no lo está porque, "nunca
deliberadamente", fue "directamente inducida por las instrucciones" de
la magistrada que presidió la vista.
Así, ante esta falta de
"argumentos" por la supuesta "inducción" de las instrucciones dadas por la magistrada Alejandra Dodero,
considera que se ha vulnerado el artículo 486 bis de la ley de
enjuiciamiento criminal (Lecrim) y la tutela judicial efectiva,
solicitando por ello la nulidad y repetición del juicio.
El recurso también incide en que el fallo "contiene un clamoroso error al negar los informes médicos"
presentados por los peritos médicos de Torres, quienes incidían en el
supuesto ensañamiento de la condenada con el niño, algo que no fue
tenido en cuenta en el veredicto del jurado.
Asimismo, el abogado
solicita al TSJA la impugnación del recurso de apelación presentado por
el letrado de Ana Julia Quezada, Esteban Hernández Thiel,
quien reclamaba por su parte la nulidad y repetición de la vista oral,
aunque en este caso sin jurado popular y a cargo de un tribunal
profesional.
Esteban Hernández Thiel
se refiere a "defectos en la construcción del objeto del veredicto" que
junto a la "desmedida presión mediática", "vulneran el derecho a un
juicio justo" de su cliente.
"Como puede comprobarse de la lectura del
objeto del veredicto y con la videograbación de la última sesión del
juicio oral -donde se dan las instrucciones al jurado antes de que se
retiren a deliberar- éste se vería, necesariamente, abocado a dar por
probada la existencia de la alevosía "sorpresiva" postulada por las
acusaciones", incide en este sentido el letrado de la defensa.
Opinión de la magistrada Dodero
La acusación particular ejercida por Patricia Ramírez y Ángel Cruz cree que "sobran razones" para repetir el juicio por el asesinato de su hijo de ocho años Gabriel Cruz ya que la magistrada-presidenta, Alejandra Dodero, "entró a dar opinión" cuando instruyó al jurado popular sobre la agravante de ensañamiento, y la prueba pericial que avalaba su existencia.
Opinión de la magistrada Dodero
La acusación particular ejercida por Patricia Ramírez y Ángel Cruz cree que "sobran razones" para repetir el juicio por el asesinato de su hijo de ocho años Gabriel Cruz ya que la magistrada-presidenta, Alejandra Dodero, "entró a dar opinión" cuando instruyó al jurado popular sobre la agravante de ensañamiento, y la prueba pericial que avalaba su existencia.
Apunta, asimismo, que, como consecuencia de
esto, los nueve integrantes del jurado popular "no motivaron
suficientemente su veredicto" al descartar que Ana Julia Quezada se ensañase a la hora de dar muerte al menor.
Así
se recoge en el recurso supeditado de apelación presentado por el
letrado Francisco Torres, quien explica que el análisis del recurso de
la defensa de Ana Julia Quezada revela que "varios de los motivos" que se alegan "abocarían a la celebración de un nuevo juicio".
Indica que por esta razón han decidido recurrir la
sentencia si bien optaron "en un primer momento y muy a nuestro pesar"
por no hacerlo aunque "estábamos convencidos de que contiene un
clamoroso error al negar los informes médicos" que ellos aportaron para acreditar un supuesto ensañamiento.
"Esto ha hecho que estemos en esta tesitura de recurrir
supeditadamente la sentencia", afirma Torres, quien añade que lo habían
descartado inicialmente en una decisión "comprensible" ya que "todos los
pedimentos de esta acusación, incluyendo los dos delitos contra la
integridad moral, habían sido confirmados por unanimidad por el jurado,
salvo el ensañamiento" y no se quería dar "posibilidad alguna a aumentar el dolor de los padres".
Pese a la apelación, la acusación particular impugna el
recurso de la defensa de Quezada y pide a la sala que no atienda el
pedimiento de repetir el juicio "no solo por razón de imagen de la
justicia sino también por el respeto debido a la institución del
jurado".
Solicita, de este modo, que confirme en todos sus
extremos la sentencia que la condenó a prisión permanente revisable como
autora de un delito de asesinato con alevosía y a penas de ocho años y
tres meses de cárcel como autora de dos delitos de lesiones psíquicas y
otros dos contra la integridad moral de los padres del pequeño Gabriel.
El recurso solicita la anulación del juicio y lo hace, en primer lugar, por el hecho de que el jurado negase la existencia de ensañamiento.
Argumenta la acusación particular que la pericial de
parte que presentaron, que apuntaba a que las lesiones que presentaba el
niño se produjeron antes de la asfixia, "tenía bastante más sentido
común" que la pericial médico forense y critica "la falta de respeto" a
los profesionales médicos por parte de la fiscal, cuya actuación con
respecto a ellos tilda de "desaforada".
Añade el letrado Francisco Torres que esta pericial se
encargó al "comprobar" que en el informe de los forenses del Instituto
de Medicina Legal (IML) "no casaban bien los múltiples hematomas y hemorragias" de Gabriel
"con que la causa de muerte fuera simplemente taponar la boca y
orificios nasales para asfixiar" y llama la atención sobre la existencia
de "un edema cerebral producido en vida".
"Todas las lesiones que tienen en la cabeza son en vida",
insiste para volver a la tesis de que "tuvo una larga agonía", a la de
que la intención de Ana Julia Quezada era "desmembrarlo"
y hacer un desglose exhaustivo desglose de las lesiones que tenía el
cuerpo sin vida del pequeño. ¿Cómo pueden integrarse todas estas
lesiones, hematomas y hemorragias en el relato que dan los forenses de
que la muerte simplemente fue por asfixia?", se pregunta para concluir
que "no hace falta ser médico para evidenciar que hay un sufrimiento
importante".
Con respecto a la actuación de la Presidencia del
tribunal, la acusación particular señala, en coincidencia con los
argumentos de la defensa, que las instrucciones dadas a los miembros del
jurado fueron "parciales" y que "consecuentemente se les sugirió que
era lo más adecuado". "Entendemos que se sugirió o se indujo el veredicto", mantiene.
Cuestiona, así, el ejemplo con el que la magistrada Alejandra Dodero
quiso ilustrar a las siete mujeres y dos hombres de jurado popular
sobre qué es ensañamiento "después de advertirles de que solo lo pedía
la acusación y no el fiscal" ya que, según remarca, "subió tanto el
listón que la sensación que le queda al profano en derecho es que si no
te cosen a puñaladas, te cortan el dedo o la lengua y te lo enseñan, no
hay ensañamiento".
El letrado Francisco Torres apunta a que, a continuación,
la presidenta "indicó cómo debían valorarse las dos periciales médicas"
y cómo resolver el hecho de que fueran "contrapuestas". "La motivación que dan los jurados,
dando más veracidad a los informes y declaraciones de los médicos
forenses no es que nos parezcan más o menos convincentes; es que no hay
argumento. No es que sea insuficiente o inapropiada; es que el difícil
cualquier conjetura a la vista de las instrucciones de la presidenta",
remarca.
El recurso concluye afirmando que "hay ensañamiento porque el calado
de las lesiones que sufrió Gabriel añaden un plus de sufrimiento, a
todas luces, innecesario y en vida" y que la motivación que da el jurado
para rechazarla "no está argumentada porque ha sido, aunque no
deliberadamente, directamente inducida por las instrucciones de la
magistrada-presidenta".
"Por eso no pueden argumentar y se limitan a decir que
optamos por la de los forenses, sin argumentos, por inducción en las
instrucciones de la magistrada, lo que supone una vulneración de la tutela judicial efectiva", finaliza.
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