SEVILLA.- Correos ha admitido 178.540 solicitudes de voto por correo de ciudadanos que desean ejercer por este sistema su derecho al voto en las elecciones al Parlamento de Andalucía que se celebrarán el 17 de mayo.
De las 178.540 solicitudes de voto por correo admitidas, 97.829 se han
gestionado en la red de oficinas postales y 80.711 de forma telemática a
través de la web de Correos, mediante firma electrónica y aceptándose
como sistemas de identificación válidos los certificados de persona
física reconocidos por el Ministerio de Industria o el DNI electrónico
(DNI-e).
Según ha informado la entidad en una nota, estas
cifras suponen un 1,11% más respecto a las 176.583 solicitudes
presentadas en las anteriores elecciones autonómicas celebradas en
Andalucía el 19 de junio de 2022.
Tras comprobar la inscripción de los
solicitantes en el Censo, las Delegaciones Provinciales de la Oficina
del Censo Electoral en Andalucía siguen remitiendo los envíos con la
documentación electoral --certificado de inscripción en el censo, sobres
y papeletas de todas las candidaturas-- a la dirección indicada por el
elector en la solicitud, con carácter certificado y urgente.
El Censo tiene de plazo hasta el día 10 de mayo para hacer entrega de
esos envíos a Correos, que seguirá poniéndolos a disposición de los
ciudadanos a medida que los reciba. El cartero de Correos realizará al
menos dos intentos de entrega de esta documentación en mano al propio
destinatario, dejando el aviso para que vaya a recogerla a su oficina en
caso de no haber sido posible realizar esa entrega en mano.
El personal de Correos comprobará la identidad del votante mediante el
DNI, pasaporte o permiso de conducir y anotará el número del documento
identificativo dando fe de la recepción de los sobres y papeletas con la
firma de la entrega por parte del solicitante. A fecha de hoy, Correos
ya ha puesto a disposición de los electores 156.253 documentaciones
electorales para que puedan ejercer su derecho al voto.
En
caso de que el elector no haya recibido su documentación electoral y
vaya a cambiar de dirección respecto a la que indicó en su solicitud,
puede localizar el número de registro de su envío en la página web del
Censo Electoral y solicitar la reexpedición de la documentación en
cualquier oficina de Correos a otra dirección o a otra oficina de
Correos, con plazo suficiente para que Correos se lo pueda hacer llegar
al nuevo destino.
Ese número de registro también permite al
elector comprobar la situación del envío en el localizador de la web de
Correos www.correos.es.
Asimismo, Correos ha explicado que el
solicitante tiene de plazo hasta el miércoles, 13 de mayo, para
depositar el sobre con su voto en cualquier oficina de Correos en toda
España, en su horario de apertura habitual. Se exige que el elector haga
entrega personal en las oficinas de Correos de la documentación
necesaria para ejercer el voto por correo.
Para ello, al
depositar el voto por correo, deberá identificarse mediante la
presentación del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de
conducir o cualquier otro documento válido que permita identificar al
elector, debiendo el personal de Correos proceder a su comprobación.
Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir
personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán
otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra
persona en su nombre.
La autorización deberá ser firmada por
el elector y acompañarse de la fotocopia de su Documento Nacional de
Identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como
de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que
autoriza.
Para facilitar la redacción de ese documento de
autorización con todos los datos necesarios, Correos recomienda utilizar
el modelo de autorización que se puede descargar en la web
www.correos.es.
También ha señalado que el personal de Correos
no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro
elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada por
el elector, que deberá ser conservada, junto a la fotocopia del
documento oficial acreditativo del elector y de quien entrega en su
nombre la documentación electoral, para su remisión a la Junta Electoral
correspondiente.
Por ello, ha recomendado a los ciudadanos
que deseen ejercer su derecho al voto por correo que procuren no esperar
hasta el último día y que aprovechen la amplitud horaria de las
oficinas postales para depositar su voto cuanto antes.
La colaboración de Correos en las elecciones al Parlamento de
Andalucía del 17 de mayo se extiende también al reparto de las tarjetas
de inscripción en el censo y a los envíos de propaganda electoral,
además del envío a los Ayuntamientos de la lista del censo, la recogida
de documentación el día de las elecciones y el envío de las
comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales en los municipios con
los que hay acuerdo.
Correos ya ha distribuido las 6.510.832
tarjetas censales remitidas por el Instituto Nacional de Estadística a
los hogares de los ciudadanos con derecho a voto el 17 de mayo, en las
que figuran los datos de su inscripción en el censo, así como el colegio
y la mesa de votación correspondiente.
Además, Correos está
repartiendo los envíos de propaganda electoral de los diferentes
partidos y coaliciones que concurren a los comicios. Todas ellas son
obligaciones de servicio público que Correos tiene encomendadas por ser
el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal
Universal en España.
Desde la convocatoria de las elecciones
al Parlamento de Andalucía, Correos está adoptando todas las medidas
organizativas necesarias para garantizar el cumplimiento de las
obligaciones que tiene encomendadas durante los procesos electorales y
está poniendo todos sus recursos tecnológicos, logísticos y humanos al
servicio del correcto desarrollo del proceso.
No hay comentarios:
Publicar un comentario