SEVILLA.- La Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía va a difundir una
guía práctica de aplicación de la declaración responsable y la
comunicación previa en materia de urbanismo, dirigida fundamentalmente a
entidades locales, colegios y asociaciones profesionales, para
orientarles "en las cuestiones que frecuentemente se pueden presentar en
la práctica acerca del régimen jurídico de estas formas de
intervención".
Así se recoge en un acuerdo del Consejo de Gobierno celebrado el
pasado miércoles, 29 de abril, por el que
se toma conocimiento de la elaboración y difusión de dicha guía que se
publicará "en los próximos días" en la página web de la Consejería de
Fomento, junto con un documento resumen de la misma.
La elaboración de esta guía se enmarca en la aprobación del
Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la
regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, con
el que, "en virtud de un juicio de proporcionalidad, se sustituyen
parcialmente las licencias urbanísticas por declaraciones responsables o
comunicaciones previas, o simplemente comunicaciones".
Así, mediante la incorporación del artículo 169 bis en la Ley
7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el
decreto revisa "los procedimientos de intervención administrativa en los
actos de edificación al objeto de eliminar cargas innecesarias o
desproporcionadas para el desarrollo de las actividades económicas,
priorizando los mecanismos de declaración responsable y comunicación
previa en aquellas actuaciones que, por su alcance y naturaleza, no
tienen un impacto susceptible de control a través de la técnica
autorizatoria".
El Gobierno andaluz de PP-A y Ciudadanos entiende que con ello "se
produce una ganancia de competitividad y productividad que favorece la
creación de empleo en los sectores implicados, y una mejora de la
eficiencia en la administración pública que interviene en estos
procesos".
Para la Consejería de Fomento, "el cambio legislativo operado,
junto a las escasas referencias contenidas en la propia legislación
básica (...), aconsejan la confección de una guía que sirva para
delimitar el ámbito de aplicación y efectos de los supuestos en los que
se ha suprimido la obligación de un previo acto administrativo
habilitante para llevar a cabo una actuación urbanística, que acometa un
desglose de las actuaciones declaradas o comunicadas, la posible
documentación a incorporar y para disipar las potenciales dudas e
incertidumbres que se plantean en orden a su aplicación práctica".
Con este propósito y un "valor meramente orientativo", la
Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio
elabora esta guía como un documento que "sirva de marco de referencia a
las corporaciones locales y les oriente en las cuestiones que
frecuentemente se pueden presentar en la práctica acerca del régimen
jurídico de estas formas de intervención, los diferentes supuestos en
que se pueden utilizar, así como la documentación a presentar, efectos y
potestades de control".
La guía incorpora cinco anexos con un desglose de obras sometidas a
declaración responsable; actuaciones sometidas a declaración
responsable de ocupación o utilización; actuaciones sometidas a
comunicación previa; relación "no exhaustiva" de normativa sectorial que
requiere intervención de la administración competente, y modelos de
impresos para la presentación de declaración responsable y comunicación
previa.
Desde la Consejería de Fomento argumentan en el referido acuerdo
que, en el ámbito de Andalucía, la declaración responsable y la
comunicación previa "no han tenido el desarrollo ni la aplicación
deseados", y aunque la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas
normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas,
"implementó estas figuras en el urbanismo andaluz", su utilización por
las corporaciones locales "podría calificarse como poco regular e
insuficiente, detectándose una especial dificultad en su utilización por
los ayuntamientos de pequeña población".
Además, desde el departamento que dirige Marifrán Carazo señalan
que la implementación de estas figuras en la legislación andaluza
resulta "deficiente e incompleta", y "el sometimiento a licencia previa
de determinadas actuaciones que ya habían sido objeto de un control
previo anterior --caso de la licencia de ocupación necesaria para
utilizar una vivienda que ya había sido objeto de licencia de obras--
provoca retrasos que afectan directamente a la calidad de vida de las
personas y al buen ritmo de las relaciones económicas".
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