ALMERÍA.- IULV-CA se ha personado este lunes como acusación 'popular' en el
procedimiento penal abierto por la muerte de Cheik T.K., el hombre de 45
años que falleció por ahogamiento al quedar atrapado su vehículo en un
paso subterráneo de la capital durante la 'gota fría' registrada en
septiembre.
El Juzgado de Instrucción nº 5 de Almería requirió el pasado día 14
mediante una providencia a la coalición de izquierdas para que
acreditase documentalmente su "interés legítimo" en la causa antes de
resolver el recurso de reforma interpuesto por la familia de la víctima
contra el auto que acordó el sobreseimiento provisional sin practicar
prueba alguna en torno a las circunstancias de la muerte.
El magistrado Rafael Soriano decretó en un escueto auto el archivo de
las diligencias previas que incoó el 12 de septiembre y tras autorizar
la repatriación a Dakar (Senegal) del cuerpo del fallecido, quien
llevaba casi dos décadas viviendo en España e iba a trabajar acompañado
de su hermano, que si sobrevivió, cuando quedó atrapado en su coche por
el agua.
El sobreseimiento provisional, recurrido en reforma, llegó cinco días
antes de la decisión de la Fiscalía Provincial de remitir al juzgado
instructor las denuncias presentadas por IULV-CA y PSOE en las que
instaba a investigar si hubo "negligencia municipal" o "responsabilidad
por omisión" ya que el acceso al túnel no estaba cortado pese a la
alerta roja activada por fuertes lluvias y apenas con horas de
antelación a la impugnación del abogado de la familia de Cheik T.K.
El juez instructor, de guardia en esos días y que procedió al
levantamiento del cadáver, habría tratado la muerte como "accidente de
tráfico fortuito" al no haber un segundo vehículo implicado.
En el auto se recoge que, de lo actuado, no se estima "debidamente
acreditada" la perpetración de delito "ninguno" si bien el recurso de
reforma destaca que podría haberse producido una vulneración de la
tutela judicial de los deudos del fallecido "al quedar sin realizar
numerosas pruebas que permitirían esclarecer la responsabilidad por
imprudencia de quienes, debiendo haber adoptado medidas de protección
para la vida de las personas, no lo hicieron".
Subraya que sí se tomó testimonio al hermano del fallecido, quien
afirmó "que no existía señalización alguna" cerca del paso subterráneo
que advirtiese del peligro, pero que, sin embargo, no se ha pedido
"explicación" al Ayuntamiento de aspectos como "si existió cuando se
abrió el paso subterráneo valla o barrera de accionamiento automático
para poder cortar el acceso en situaciones de emergencia" y si esta
existía cuando sucedieron los hechos.
Añade que tampoco se ha oficiado para que el consistorio precisase
"fecha y resolución administrativa de la retirada de dicha valla o
barrera" o si estaba previsto "reponerla".
Traslada que el hermano narró que el agua entró en el coche "de
manera extraordinariamente rápida y abrupta" en el paso subterráneo, lo
que es "compatible --remarca-- con la definición municipal de balsa de
tormentas, lo que exigiría el especial celo" del Ayuntamiento "para
evitar situaciones como el acceso de vehículos cuando se ha decretado
situación de alerta meteorológica por lluvia".
En el recurso de reforma se remarca que tan solo consta en las
actuaciones un informe de la Policía Nacional pero no de Bomberos y
Protección Civil, se señala "solo hay un informe preliminar del IML sin
que se haya practicado autopsia" y se cuestiona el porqué "nadie ha
explicado en sede judicial porque solo los buzos de la Guardia Civil
pudieron rescatar el cadáver o porque ante el riesgo de pérdida de una
vida humana, la actuación de la Policía Local se habría limitado a
llamar a los bomberos".
El abogado de la familia de Cheik T.K. ve "sorprendente" que no se
tomase declaración al hombre que conducía el turismo que iba detrás,
"testigo de primerísima mano de lo sucedido" o que no se haya
incorporado "grabación alguna de las varias cámaras de tráfico" que
vigilan el cruce.
Al hilo de esto, apunta que se debía haber requerido a la Junta de
Andalucía un informe sobre la alerta meteorológica declarada por las
lluvias, "hora y fecha exacta de la declaración de la emergencia", así
como evolución de la declaración de los niveles de emergencia, además de
ser "útil" a la causa el conocer el volumen de agua descargado el día
de los hechos.
"Esto no se hace constar en la instrucción" lamenta al tiempo que
apunta la necesidad de pedir informa también al servicio unificado de
emergencias 112, así como que sea aportado a la causa el Plan municipal
de Emergencias "si es que existe" en aras de determinar esa posible
responsabilidad por imprudencia "al no adoptarse las medidas mínimas de
seguridad".
El recurso de reforma indica que, para determinar "qué personas han
tenido participación" en los hechos, resulta "fundamental" determinar la
estructura municipal de protección civil, si hay catálogo de recursos
movilizables o si se creó "el centro de coordinación local".
"Si se constataran deficiencias graves en las medidas prevenidas para
la protección de personas en situaciones de emergencias, o la no
creación del centro de coordinación legalmente previsto, mediante la ley
2/2002 de Andalucía, habría que reputar autora de la imprudencia a la
persona que reviste la máxima autoridad de protección civil, conforme a
la precitada norma", sostiene.
Por último, de cara a la determinación fáctica, estima que se hace
"ineludible" requerir a los trabajadores intervinientes de Protección
Civil y bomberos "para que expliquen con qué medios acudieron al lugar" y
si existían avisos a la población como la suspensión de clases, si se
previó el control de los accesos y si había previstas medidas de
salvamento y cuáles.
Cabe recordar que el mismo día 13 de septiembre, el alcalde de
Almería, Ramón Fernández-Pacheco, aseguró que los hechos se habían
producido a las 5,38 horas "cuando los agentes procedían a balizar el
acceso al túnel", al que entraron "dos vehículos a gran velocidad" y se
refirió a ese túnel como "una balsa de tormentas" que dispone de un
balizamiento de seguridad para restringir el tráfico rodado cuando se
producen fuertes lluvias.
No obstante, días después, el Ayuntamiento trasladó que había
encargado una serie de informes para determinar los motivos que habrían
impedido balizar el túnel.
En concreto, el objetivo era indagar los
motivos por los que no se ejecutó con anterioridad la orden dada "horas
antes" --ya con el preaviso de alerta por temporal-- de cerrar el acceso
al paso subterráneo, y dirimir si el sistema de evacuación con el que
cuenta el túnel respondió correctamente.
Indicó, asimismo, que, a través de los datos que se obtuvieran sobre
la actuación de la Policía Local, Bomberos y Protección Civil, se
pretendía poner coto a las diferentes versiones ofrecidas sobre el
incidente y concretar en el tiempo la secuencia de hechos.
En el último pleno, y a pregunta de la oposición, la concejal de
Seguridad y Movilidad, María del Mar García Lorca, afirmó que el
Ayuntamiento tuvo constancia documental de un aviso por alerta naranja
en la zona de Poniente y la capital "una vez que había pasado la
situación de lluvia" y cuando ese incidente "ya había ocurrido".
En
concreto, según explicó, dicho aviso hacía referencia al "día 13 a las
5,52 de la mañana", según el informe remitido por 112 y Policía Local.
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