SEVILLA.- El vicepresidente de la Junta y consejero
de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, Juan Marín,
ha apuntado que hay unos 1.100 millones euros en inversiones directas de
cara a nuevos establecimientos hoteleros, entre este año y el
siguiente, esperando la nueva regulación de este ámbito aprobada este
lunes por el Consejo de Gobierno, y otros 500 millones que derivarán de
la adecuación de otros hoteles para aumentar su categoría.
Así lo ha señalado en la rueda de prensa posterior a la reunión
del Consejo de Gobierno, en la que ha apuntado que esta nueva regulación
tiene como objeto la ordenación de este tipo de estancias, la
regulación de sus condiciones técnicas y de prestación de servicios y el
establecimiento de un nuevo sistema de clasificación hotelera más
acorde con el entorno nacional e internacional.
Esta regulación se incluye dentro de un decreto ley por el que se
establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a
establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la
telematización y reactivación del sector cultural y flexibilización en
diversos ámbitos ante la situación generada por el Covid-19.
La nueva clasificación hotelera favorecerá la competitividad del
sector y dará mejor respuesta a las expectativas de las personas
usuarias sobre la calidad de los alojamientos. Además, alentará la
inversión al clarificar las categorías y permitir la distinción en
función de sus características, servicios y especialidades.
Se trata de un decreto ley "más flexible y adaptado a las demandas
de un mercado turístico que difiere sustancialmente del existente en el
año 2004, fecha del decreto que actualmente regula los establecimientos
hoteleros". Han pasado 16 años y ésta es la tercera legislatura desde
que el sector empezará a solicitar el cambio de decreto.
Reorganizar y adaptar los establecimientos hoteleros con el fin de
recuperar un sector que es estratégico y tractor de la economía
andaluza es clave. Volver a crecer y reposicionar a Andalucía como
destino pasa necesariamente por implementar actuaciones y nuevas medidas
desde la perspectiva de la seguridad y la gestión de riesgos, la
sostenibilidad, la responsabilidad y el compromiso de los
establecimientos hoteleros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Una de las principales novedades del decreto es la creación de la
clasificación de los establecimientos hoteleros de Gran Lujo,
calificativo al que podrán optar hoteles y hoteles-apartamentos de cinco
estrellas si alcanzan la puntuación requerida.
El Gran Lujo no estaba incorporado en las normas actuales, lo que
daba lugar a la pérdida de importantes inversiones empresariales ante el
vacío legal existente en la comunidad autónoma. Esta falta de
clasificación suponía un grave perjuicio para aquellos establecimientos
hoteleros que llevaban a cabo esfuerzos inversores de modernización y de
mejora de la cantidad y calidad de los servicios prestados, al no poder
obtener en la actualidad una clasificación superior a cinco estrellas.
Esta categoría se considera una necesidad esencial para la
recuperación de la actividad de los establecimientos hoteleros ya
existentes y para fomentar nuevas inversiones empresariales en este
sector.
En el nuevo decreto se renuevan los parámetros de clasificación,
de forma que la obtención de las estrellas será en función de una
clasificación por puntos. El nuevo sistema ofrece un conjunto de
requisitos y servicios a los que se otorga una puntuación concreta, y
deberá el establecimiento hotelero alcanzar una determinada puntuación
en función de la clasificación pretendida.
Entre los requisitos y servicios determinados se encuentran no
sólo los referidos a medidas físicas de carácter obligatorio, sino
también a sistemas de calidad de índole social y medioambiental, así
como una amplia oferta de servicios complementarios.
Se prevé un plazo de cinco años para la adaptación de los
establecimientos hoteleros a la nueva regulación. La Consejería de
Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local pondrá a
disposición de las personas titulares de establecimientos hoteleros los
mecanismos adecuados para realizar la autoevaluación de sus
instalaciones.
El decreto también diferencia como nuevo grupo los albergues, para
distinguirlos así de las pensiones. Los albergues se distinguen de
éstas en que contemplan el alojamiento compartido por plaza en lugar de
por unidad de alojamiento. Por tanto, la nueva regulación contemplará
cinco grupos de establecimientos: hoteles, hoteles-apartamentos,
hostales, pensiones y albergues.
Por otra parte, la norma regulará, igualmente, el contrato de
alojamiento turístico, el documento de admisión, los precios, reservas y
cancelaciones de las mismas, el contenido de las facturas, la
sobrecontratación, el reglamento de régimen interior de los
establecimientos hoteleros, el periodo de ocupación de las unidades de
alojamiento y las funciones de control de los servicios de inspección y el régimen sancionador.
Por otro lado, el decreto ley incluye por parte de la Consejería
de la Presidencia, Administración Pública e Interior una serie de
recomendaciones de protección de la salud para la apertura de zonas y
aguas de baño en Andalucía, que han sido dialogadas con los
ayuntamientos costeros para el plan de contingencia frente al Covid-19
que tendrán que elaborar estas administraciones.
En este punto, el consejero de Presidencia y portavoz del
Gobierno, Elías Bendodo, ha indicado que el Gobierno ha autorizado la
apertura de las playas al baño el próximo 25 de mayo, en la que sería la
fase 2 en la desescalada del coronavirus, pero ha señalado que
corresponde a cada ayuntamiento establecer cuando abren la temporada de
playas.
Entre las recomendaciones, se encuentran cuestiones referidas al
aforo, a la apertura y cierre de playas, los accesos, la estancia en la
playa y en el agua, el servicio de baño asistido, el tratamiento de los
residuos generados, los aseos y vestuarios, las duchas y lavapiés
exteriores, las sombrillas y hamacas de alquiler, los locales de
primeros auxilios y torres de vigilancia de socorrismo o los espacios
ocupados por actividades de alquiler, entre otras.
En relación al aforo, en el correspondiente plan de contingencia,
las entidades locales deberían establecer el máximo aforo permitido en
las playas de su municipio de acuerdo a las disposiciones que se vayan
dictando por la autoridad sanitaria competente.
Asimismo, sería conveniente recoger en el plan las directrices
necesarias para mantener el equilibrio entre la previsión de bajamar y
pleamar y el aforo máximo permitido.
En las zonas de estancia de los usuarios, se debe establecer una
distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al
menos dos metros entre ellas, mediante señales en el suelo limitando los
espacios. Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer
dentro del perímetro de seguridad de dos metros establecido, evitando el
contacto con el resto de personas.
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