ALMERÍA.- Johannes Romes, el marido de la profesora de religión Resurrección Galera,
que no fue renovada para el curso 2001/2002 en un colegio público por
decisión del Obispado tras casarse con un divorciado, ha calificado el
auto que ordena su readmisión solo hasta final de curso de "un chiste de
mal gusto".
Acompañado de su mujer, Romes
ha expresado su "decepción" por el auto de ejecución de la sentencia
dictada hace ya casi un año, tras una larga batalla judicial, que
declaraba el despido nulo y ordenaba la readmisión inmediata de la profesora, así como el pago de los salarios que dejó de percibir durante este tiempo.
El auto del Juzgado de lo Social nº 3 de Almería ha requerido al Ministerio de Educación
para que "en el plazo de cinco días reponga a Resurrección Galera
Navarro en su puesto de trabajo de profesora de moral y religión
católica en el Colegio Público de Educación Infantil y Primaria Ferrer
Guardia" de la capital almeriense "durante el presente curso escolar,
esto es hasta el 31-08-12".
El juez también establece que el Ministerio debe abonar a Galera
42.374,98 euros, una vez descontados los rendimientos obtenidos entre
2003 y 2010 como trabajadora de la Junta de Andalucía a la cifra de
157.287,10 euros que todavía se adeuda a la profesora por los salarios
que dejó de percibir.
Romes ha subrayado que el auto es "bastante decepcionante" tanto por
la cuantía fijada, que según ha dicho no resarce el perjuicio económico
que han sufrido, ni por la decisión del juez de limitar la readmisión al
presente curso escolar.
En línea con la tesis del abogado del Estado que representa al
Ministerio, el juez considera que el pronunciamiento judicial "no puede
alterar" el carácter temporal de la relación laboral que tenía la
profesora en el momento de su despido.
No obstante, Romes ha subrayado que "no existe despido nulo para un
contrato temporal" y ha recordado que fue el propio juzgado el que
declaró la nulidad de acuerdo al criterio del Tribunal Constitucional,
que concedió amparo a la profesora y reconoció su derecho a no sufrir
discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad
ideológica y a la intimidad personal y familiar.
Respecto a la cuantía que debe percibir Resurrección Galera del
Ministerio de Educación por los salarios que dejó de percibir por su
despido nulo, Romes también ha expresado su desacuerdo en que se
descuenten los rendimientos de trabajo obtenidos años después como
trabajadora de la Junta de Andalucía, ya que ha considerado que no tiene
nada que ver con la cuestión juzgada.
El marido de Galera, cuya letrada interpondrá la semana que viene un
recurso de reposición contra el auto del juzgado de lo social, también
ha señalado que el hecho de su mujer esté casada con un divorciado "no
le inhabilita como docente o profesora".
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